La abogada Eva Gimbernat Díaz, en nombre de Íñigo Errejón, ha presentado, ante el magistrado Arturo Zarriego, plaza 9 del Tribunal de Instancia de Madrid, Sección de Instrucción, un escrito de oposición a la petición de suspensión formulada por la representación de Elisa Mouliaá Ruiz de Elvira, quien había solicitado aplazar su declaración como investigada prevista para el próximo viernes 27 de marzo, alegando encontrarse de «baja médica».
El magistrado Zamarriego Martín ha citado a ambas partes para ese día en el marco de la querella por presunto delito de calumnias con publicidad interpuesta por el exportavoz de Sumar en el Congreso contra la actriz.
El instructor admitió la querella a trámite al considerar que los hechos descritos «presentan características que hacen presumir la posible existencia de delito» y ordenó la práctica de diligencias.
Sin documentación médica y sin concretar la dolencia
Según el escrito, al que ha tenido acceso Confilegal, la defensa de Mouliaá no ha aportado ningún soporte documental médico que respalde la baja alegada, ni ha especificado el tipo de dolencia que le impediría comparecer ante el magistrado instructor.
La representación procesal de Errejón ya había anticipado, un día antes, mediante escrito del 24 de marzo, que la querellada no tenía intención de acudir a la cita judicial.
Para la abogada de Errejón, esta maniobra constituye «un fraude procesal» destinado exclusivamente a dilatar la tramitación de la causa y evitar la declaración ante el instructor.
El podcast como prueba de contradicción
El escrito incorpora como elemento de prueba una entrevista que Mouliaá habría concedido esta misma semana al podcast Descaradas, publicado en YouTube, en la que —según destaca la defensa de Errejón— aparece «muy animada y en perfectas condiciones» durante más de una hora de grabación.
La pieza, datada el 23 de marzo, contradice, a juicio de la parte querellante, la existencia de un impedimento médico real para acudir al tribunal.
Reconocimiento forense como solución
Ante esta situación, la letrada Gimbernat solicita al magistrado que, por aplicación analógica del artículo 746.5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal —precepto que regula la suspensión de juicios orales por enfermedad del acusado—, ordene que el médico forense adscrito al tribunal se persone ante Mouliaá el propio viernes 27 de marzo para verificar tres extremos: si existe documentación médica suficiente que acredite una imposibilidad real para comparecer, cuál es su estado de salud actual y si su capacidad para prestar declaración está comprometida.
La petición tiene como objetivo que sea un profesional independiente, y no la propia interesada, quien determine si concurre o no causa médica bastante para justificar la incomparecencia. Y si se encuentra en condiciones, que declare.
Origen del conflicto
El enfrentamiento judicial entre ambos arranca de la denuncia por agresión sexual que Mouliaá presentó el 24 de octubre de 2024 ante la Unidad de Familia y Mujer de la Policía Nacional (UFAM), en la que imputaba al entonces diputado un supuesto delito contra la libertad sexual ocurrido en septiembre de 2021.
Las diligencias previas, registradas con el número 2838/2024, fueron instruidas en un primer momento por el magistrado Adolfo Carretero, quien imputó a Errejón antes de que la Audiencia Provincial de Madrid revisara parcialmente la causa.
El conflicto tomó un nuevo giro el 20 de junio de 2025, cuando prestaron declaración como testigos, por videoconferencia, Borja V. y Soraya G., una pareja residente en Australia que organizó la fiesta en la que, según la denuncia de Mouliaá, se produjeron los hechos.
Tras sus testificales, la actriz publicó en la red social X varios mensajes en los que acusaba a Errejón de haber extorsionado a ambos testigos, extremo que el político niega tajantemente.
El contenido de la querella
El escrito de la querella interpuesta por la abogada Gimbernat, sostiene que Mouliaá actuó «a sabiendas de la falsedad» de sus afirmaciones, requisito indispensable para la comisión del delito de calumnias con publicidad tipificado en los artículos 205 y 206 del Código Penal.
Entre las publicaciones recogidas en el acta notarial aportada al juzgado figura el mensaje: «Errejón se negó a entregar su móvil porque había extorsionado a dos de mis testigos. No inventéis la realidad».
La querella incorpora además un informe de la Policía Judicial con las conversaciones de WhatsApp mantenidas entre Mouliaá y la testigo Soraya, en las que esta última afirmaba que declararía «la verdad» y negaba haber recibido presiones por parte del político o de su defensa.
Ambos testigos negaron también ante el juez cualquier intento de manipulación o influencia por parte del exdiputado.
En cuanto al teléfono personal de Errejón, la querella precisa que su negativa a entregarlo no obedeció a un propósito de ocultar pruebas: fue la Audiencia Provincial quien estimó el recurso de su defensa y dejó sin efecto el auto que autorizaba el análisis del dispositivo.
Sin acuerdo extrajudicial
Antes de acudir a los tribunales, la defensa de Errejón intentó el preceptivo acto de conciliación, en el que reclamó a la actriz una indemnización de 10.000 euros a cambio de no interponer la querella, condicionada a una retractación pública.
Mouliaá rechazó la propuesta, lo que dejó abierta la vía penal y condujo a la presentación de la querella ahora admitida a trámite por el magistrado Zamarriego.
La decisión sobre si Mouliaá deberá comparecer el viernes o si el forense verificará previamente su estado de salud recae ahora en el instructor.