La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado al juez Juan Carlos Peinado, quien continuará investigando a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y a su asesora, Cristina Álvarez, por presunta malversación.
¿El motivo? El tribunal provincial en un auto ha emitido este viernes 19 en el que desestima los recursos de ambas investigadas que se oponían a declarar como investigadas por ese supuesto delito tras la decisión del titular del Juzgado de Instrucción nº41.
La Audiencia de Madrid señala que las conductas que trata el juez de instrucción en el auto recurrido por las defensas de Gómez y Álvarez «parecen encajar en la figura delictiva de la malversación».
«En la causa constan indicios del posible exceso en sus funciones de la asistente de la recurrente», indica, «sin que por el momento se pueda llegar a ninguna conclusión relativa a la continuación por los trámites de la fase intermedia o el sobreseimiento de la causa, en cuanto que la instrucción sigue viva».
Los magistrados inciden en que «probablemente la actividad de Álvarez podría desarrollarse durante las veinticuatro horas, los siete días de la semana, lo que desde luego parece excesivo, más propio de una amiga interesada en los asuntos lucrativos de la ahora recurrente, que en la fría labor de la encargada de la agenda y demás asuntos protocolarios».
«Posible extralimitación en sus funciones»
A pesar de que los magistrados no objetan nada al respecto del nombramiento de Álvarez como asesora ni dudan del procedimiento de contratación, sí que insisten en «posible extralimitación en sus funciones».
Para ellos «resulta dudoso» y puede ser un indicio de malversación que el nombramiento de Álvarez como asesora «haya recaído en una amiga íntima de Gómez, pues sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo, para el mejor ejercicio de la función, sino que se hace recaer en una persona de su máxima confianza».
«No para que dirigiese sus pasos por un complicado mundo de formalidades, de ceremonias y actos oficiales, sino para asegurarse del fiel cumplimiento del fin supuestamente propuesto, atendiendo a sus intereses particulares, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio público, lo que supondría un acto dispositivo que se podría incardinar en el tipo penal de malversación», ahonda el auto.
Los magistrados precisan que tampoco es objeto de la investigación el cumplimiento que desempeña en su trabajo la asesora: «Sino todo lo contrario, determinar la desviación de sus funciones en el interés particular de ambas investigadas, entendiéndolo no en el desarrollo de una actividad privada, sino en aquella que sirve para montar un entramado de beneficios personales»., puntualizan.
Fue el pasado 18 de agosto cuando el juez Peinado acordó imputar a la esposa de Pedro Sánchez y a Álvarez por un presunto delito de malversación de caudales públicos por la contratación de la asesora en Moncloa.