La actriz Elisa Mouliaá ha anunciado que volverá a acusar al exdiputado de Podemos Íñigo Errejón por la supuesta agresión sexual que asegura haber sufrido por parte del expolítico. Una decisión anunciada por la actriz que, sin embargo, podría tener un obstáculo insalvable: el hecho de que la propia Mouliaá renunció a la acusación hace apenas unos días, el 4 de febrero.
«Que por medio del presente escrito, desiste de forma total, libre, consciente e irrevocable de la acusación particular ejercitada en las presentes diligencias, renunciando expresamente a continuar el procedimiento, a formular escritos, recursos o peticiones, y solicitando que se tenga por retirada su personación con todos los efectos legales».
Así reza el documento que, el pasado 4 de febrero, firmaba la actriz Elisa Mouliaá en el caso contra Íñigo Errejón. Un escrito de desestimiento definitivo que firmaba Mouliaá, dirigido al Juzgado de Instrucción nº47 de Madrid, en el que aseguraba que la decisión la adoptaba «por razones estrictamente personales y de salud».
Especialmente, lamentando la actriz que el resto de presuntas víctimas de Errejón no decidiesen alzar la voz junto a ella.
«Ninguna de las demás personas afectadas decidió personarse ni ejercer acción penal, lo que ha incrementado su sensación de exposición y desgaste personal», exponía el escrito, al que ha tenido acceso Confilegal.
«Soledad» en la denuncia por agresión sexual que llevaba a Mouliaá a desistir de toda acción legal contra Errejón. Pero ante la que, ahora, la actriz parece haber cambiado de opinión.
Así pues, ahora, Mouliaá daba a conocer que volverá a acusar al exdiputado podemita. Algo que, sin embargo, no será tan sencillo para la actriz como ella parece plantear.
Mouliaá no puede «jugar con la Justicia»
Y es que, después del escrito firmado y presentado en Plaza de Castilla el pasado 4 de febrero, queda plasmada la renuncia absoluta de Mouliaá a cualquier acción contra Errejón. Un desistimiento expreso que, tal y como recuerda la abogada del exdiputado, Eva Gimbernat Díaz, es válido, independientemente de si firmó el documento sin compañía de su abogado.
«Al ser un acto y decisión personalísimos adoptados por la denunciante, el mismo no requeriría de firma de abogado ni de procurador para desplegar plenos efectos jurídicos», recuerda la abogada en un escrito presentado ante el magistrado Carretero.
Escrito de la letrada en el que también se hace referencia a la jurisprudencia existente entorno al artículo 6.2 del Código Civil. Especialmente, de cara a recordar que «la retirada de la acusación equivale a una renuncia del ejercicio de la acción penal […] renuncia que alcanza a la pretensión de fondo, pues no se trata de un mero desistimiento, y en este sentido, su alcance no puede ser otro que el que se deduce de la renuncia a los derechos».
Una denuncia que es «un acto irrevocable».
Así, recuerda Gimbernat el auto de la Audiencia Provincial de Salamanca, 227/2023 de 19 de junio, además, es más preciso: “la irrevocabilidad de la renuncia, como acto unilateral que es, viene exigida por el principio de la buena fe que prohíbe actuar en contra de los actos propios”.
Una posición de la abogada de Errejón ante la renuncia de Mouliaá, entendiendo ésta como irrevocable y firme, que también sostiene el abogado y socio director de la firma Arroyo & Asociados, Gregorio Arroyo Hernansanz.
«No se puede estar jugando con la Justicia. Ni con otras personas», asegura el abogado a Confilegal.