La magistrada, en una sentencia muy dura y rotunda, impuso las costas a la eléctrica Xenara, distribuidora de la antigua Unión Fenosa, ahora perteneciente al grupo Gas Natural.

Facturas fantasma: una eléctrica reclama 8.767 euros, luego 7.595, después 3.605… y la magistrada dice basta

11 / 02 / 2026 02:00

Actualizado el 11 / 02 / 2026 02:19

«Caos absoluto de facturación». Así define la magistrada María Belén Martínez Pato el descontrol de Xenera Compañía Eléctrica, que durante tres años bombardeó a un restaurante con facturas contradictorias, rectificadas hasta cuatro veces y emitidas con dos años de retraso.

El resultado: demanda desestimada, costas para la eléctrica y condena por temeridad procesal.

No es habitual que un tribunal califique de «temeraria» la actuación de una empresa que acude a los tribunales. Pero tampoco es habitual que una compañía cambie tres veces la cantidad reclamada, modifique sus propias facturas después de demandar y sea incapaz de acreditar si realmente existe una deuda.

La titular de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Vigo. Plaza nº 2 (antes Juzgado de Primera Instancia nº 2) ha dicho lo que muchos clientes piensan pero pocos tribunales verbalizan: cuando una eléctrica no sabe ni lo que factura, no puede pretender que lo pague un juez.

El conflicto: un contrato claro, una facturación incomprensible

En septiembre de 2021, El Portal del Jamón SLU, un restaurante de Vigo, firmó un contrato con Xenera (distribuidora de la antigua Unión Fenosa, ahora perteneciente al grupo Gas Natural) para el suministro eléctrico de su local.

Las condiciones eran claras: tarifa de precio fijo. Lo que vino después fue cualquier cosa menos claro. La eléctrica comenzó a facturar aplicando tarifas variables, emitiendo cargos desproporcionados y generando un reguero de documentos contradictorios que se prolongó hasta 2024.

El colmo llegó en marzo de 2023, cuando Xenera emitió de golpe todas las facturas correspondientes a consumos de 2021 y 2022. Facturas con retrasos de hasta dos años.

Luego vinieron las rectificaciones: unas anuladas, otras refacturadas, algunas compensadas con abonos. Incluso después de haber demandado al restaurante, la eléctrica siguió emitiendo facturas de abono a su favor, sin integrarlas en la reclamación judicial.

El restaurante se plantó. Negó la deuda, cuestionó los consumos reflejados (que no encajaban con el histórico del local) y denunció que había pagado cantidades superiores a las realmente consumidas.

Su defensa, articulada por Antonio Heredero, de la firma BGI-LAW, fue sencilla: si ni vosotros sabéis cuánto os debo, ¿cómo voy a pagarlo yo?

La resolución: tres reclamaciones distintas, ninguna válida

La sentencia número 12/2026, de 23, radiografía el desastre.

Xenera reclamó inicialmente 8.767 euros en un procedimiento monitorio. Después, en la demanda ordinaria, la cifra bajó a 7.595 euros.

Y finalmente, en pleno juicio, tras recibir nuevas lecturas de la distribuidora, la redujo a 3.605 euros. Para la magistrada, esto no es una simple corrección: es una reformulación completa de la reclamación, algo procesalmente inadmisible.

Pero lo que hundió definitivamente a Xenera fue la prueba testifical. El agente comercial que gestionó el contrato reconoció ante el juez que las facturas aplicaban precios variables cuando debían ser fijos, que los importes «no eran normales» para un local de esas características y que él mismo aconsejó al cliente que reclamara.

También admitió que existieron «excesos de facturación» en facturas ya rectificadas.

La magistrada lo resume así: documentos contradictorios, anulados, rectificados varias veces, sin secuencia clara ni estable. Imposible determinar si existe realmente una deuda.

Y esa incertidumbre, añade, no puede perjudicar al demandado, sino a quien reclama sin haber ordenado sus propios números.

Relevancia: cuando demandar sin razón sale caro

La sentencia no solo desestima la demanda. Va más allá: declara que Xenera actuó con temeridad procesal. Es decir, que llevó al restaurante a juicio sabiendo que su facturación era incorrecta, trasladando al juzgado las consecuencias de su propio descontrol interno.

Consecuencia: costas íntegras para la eléctrica.

El fallo sienta un precedente importante: las empresas de suministros no pueden usar los tribunales como herramienta de presión si no tienen sus cuentas claras. Si reclamas, debes probar. Y si no puedes probar, pagas tú las costas del lío que has montado.

Para el representante legal de El Portal del Jamón SLU, el abogado Heredero, se trata de una muestra más del abuso que algunas empresas llevan a cabo a la hora de facturar a sus clientes y se mostró satisfecho “por haber podido ayudar a una jamonería de toda la vida que, además de hacer frente a todos los problemas habituales, ha tenido que enfrentarse al abuso de una empresa eléctrica sin escrúpulos a la hora de tratar de aprovecharse del trabajo de los demás”.

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