El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se ha pronunciado sobre la posibilidad de «solapar» dos permisos de paternidad a la vez. Ello, después de que se diera el caso de un hombre que se convirtió en padre de dos bebés con apenas unas semanas de diferencia, y con dos mujeres distintas.
Un caso a través del que el INSS ha determinado qué opciones y cómo debe disfrutarse esta paternidad doble.
Un trabajador, disfrutando de su permiso por nacimiento y cuidado de su hijo menor. Seis semanas obligatorias. Y durante este periodo, se produce un nuevo nacimiento. Un segundo hijo menor, de otra mujer. Y dos paternidades distintas que se solapan.
Una realidad de la sociedad actual ante la que el INSS ha decidido pronunciarse. Ello, defendiendo el derecho y el deber de este progenitor ante el cuidado del recién nacido en sus primeras semanas.
Así pues, a través de su criterio de gestión 4/2026, con fecha de este 9 de febrero de 2026, la Seguridad Social deja claro cómo se puede «disfrutar» de este periodo de paternidad doble.
Ello, basándose en la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado del menor, así como el incremento de este periodo y la flexibilización de su disfrute.
«Puesto que el periodo de descanso obligatorio ha de disfrutarse durante las seis semanas inmediatamente posteriores al hecho causante (el nacimiento), si durante el disfrute de la primera prestación se produce un segundo hecho causante, finalizará el tramo coincidente de la primera, dando paso al reconocimiento y disfrute el periodo obligatorio de la segunda prestación«, explica el INSS.
Una paternidad que no es «múltiple»
Un periodo obligatorio de descanso por paternidad, en este caso doble, al que posteriormente se sumará el periodo voluntario.
«El beneficiario podrá disfrutar del periodo voluntario de las dos prestaciones, siempre que no se superpongan, y se respete los plazos máximos establecidos por la normativa: doce meses desde el hecho causante, o hasta que el menor cumpla ocho años, según corresponda«, expone el INSS.
Una decisión con la que la Seguridad Social garantiza que, en el caso de una doble paternidad, de dos mujeres distintas, el progenitor pueda ser beneficiaron de las dos prestaciones completas, «que son independientes» entre sí.
«Un nuevo hecho causante de la prestación por nacimiento no supondrá la extinción automática y pérdida de las semanas que aún no hayan sido disfrutadas correspondientes a una prestación anterior», expone en este sentido el INSS. Ello, poniendo como límite los descansos obligatorios, que sí pueden sumarse al solaparse.
Situación de doble paternidad ante la que, sin embargo, el INSS sí pone un límite económico. En concreto, en relación al abono del subsidio especial diseñado para partos o adopciones múltiples.
«No procederá el abono del subsidio especial por parto o adopción múltiple, ya que se trata del reconocimiento de dos prestaciones individuales derivadas de hechos causantes independientes», determina el INSS.