La magistrada titular de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia, plaza 15, Ana María Lillo ha acordado la apertura de juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana y exconsellera de Igualdad, Mónica Oltra, y parte de su antiguo equipo en la Conselleria, en el marco de la investigación sobre el supuesto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada cometidos por quien entonces era su marido entre 2016 y 2017.
La decisión llega después de que la Audiencia Provincial de Valencia ordenara reabrir el procedimiento y permitir que la causa avance hacia el juicio, pese a que tanto el propio juzgado instructor como la Fiscalía se habían mostrado previamente contrarios a continuar con el proceso.
En un auto emitido el pasado 3 de marzo, la jueza sustituta del juzgado acuerda llevar el caso a juicio tras la solicitud de las acusaciones ejercidas por Vox, el partido Gobierna-te y la representación legal de la víctima, así como en cumplimiento de lo dictado por la Audiencia.
Trece acusados en el banquillo
Junto a Oltra, deberán sentarse en el banquillo otras doce personas que formaban parte de la estructura de la Conselleria de Igualdad durante los hechos investigados. Entre ellas figuran psicólogas, jefes de sección y de servicio, responsables administrativos, una directora territorial, una directora general y una subdirectora general.
A los acusados se les atribuyen distintos delitos en función de su presunta participación en los hechos: prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos, delito contra la integridad moral, omisión del deber de perseguir delitos, encubrimiento y abandono de menores.
El auto también fija para los trece investigados una fianza conjunta y solidaria de 120.000 euros. En caso de que no se deposite en el plazo establecido, la magistrada ordena el embargo de bienes suficientes para cubrir esa cantidad. Además, se declara la responsabilidad civil subsidiaria de la Generalitat Valenciana.
Asimismo, el juzgado concede un plazo de diez días a las defensas para presentar sus escritos frente a las acusaciones formuladas.
Un procedimiento marcado por recursos
La causa ha atravesado varios giros procesales desde que se inició la investigación. En 2024, el propio juzgado archivó las actuaciones al considerar que no existían indicios de delito, una postura que también respaldó la Fiscalía.
Sin embargo, la Audiencia Provincial estimó los recursos presentados por las acusaciones populares —Vox y Gobierna-te— y ordenó reabrir el procedimiento. El instructor continuó entonces la tramitación del caso por “imperativo legal”.
Posteriormente, en 2025, el juzgado volvió a rechazar la apertura de juicio oral y acordó el sobreseimiento provisional de la causa. En diciembre de ese mismo año reiteró esa decisión al desestimar nuevos recursos de las acusaciones.
Estas volvieron a acudir a la Audiencia de Valencia, que finalmente ha ordenado abrir juicio. En su resolución, el tribunal recuerda que el instructor no puede impedir que las acusaciones ejerzan su derecho a solicitar juicio oral cuando exista una probabilidad razonable de que los hechos investigados puedan encajar en un delito.
La Audiencia también reprochó al juzgado que el razonamiento utilizado para justificar el archivo “contradice su propio auto”, lo que, según el tribunal, supone incurrir en una “manifiesta incongruencia”.
Con esta decisión, el procedimiento entra ya en su fase previa al juicio, en el que será un tribunal quien determine si existió o no encubrimiento en la gestión de los abusos denunciados.