El Tribunal Supremo ha denegado la solicitud del exministro José Luis Ábalos y de su exasesor Koldo García para quedar en libertad provisional antes del inicio del juicio por las presuntas irregularidades en la contratación de mascarillas durante la pandemia, cuya vista oral está prevista para el próximo 7 de abril.
En un auto, la Sala considera que la cercanía de la fecha del juicio refuerza los argumentos ya expuestos en relación con el riesgo de fuga, lo que justifica el mantenimiento de la medida cautelar de prisión provisional.
Este riesgo fue uno de los elementos que tuvo en cuenta el magistrado instructor Leopoldo Puente cuando acordó el ingreso en prisión de ambos investigados el pasado 27 de noviembre.
A ello se sumaban, según el instructor, la gravedad de las penas solicitadas —que pueden alcanzar hasta 30 años de cárcel— y la existencia de indicios consistentes en su contra.
Los testigos deberán acudir al Supremo
Asimismo, el alto tribunal ha rechazado que diversos testigos puedan declarar por escrito o mediante videoconferencia, entre ellos la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano; el director general de la Policía, Francisco Pardo; el expresidente de Renfe Isaías Táboas; y Víctor Francos, exjefe de Gabinete del exministro de Sanidad.
En una providencia, el tribunal encargado de enjuiciar la causa descarta estas solicitudes al no apreciar “razones de utilidad, seguridad u orden público” que justifiquen excepcionar la comparecencia presencial, ni entender que la asistencia al juicio interfiera en el adecuado ejercicio de los cargos profesionales de los testigos.