Ya son varias las advertencias de los tribunales sobre el uso fraudulento de las tecnologías y, en concreto de la Inteligencia Artificial (IA).
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) también tuvo que abrir su pieza separada para estudiar si una letrada que incluyó párrafos de hasta 8 sentencias que no correspondían con el texto real de las mismas podía se sancionable económicamente por mala fe procesal.
En este caso, la Sala formada por Miguel Azagra Solano, presidente, Carlos González González y María José Ramo Herrando (magistrada suplente), ponente, ha archivado la propuesta de sanción porque se apresuró a pedir disculpas, además de manifestar que lo hizo sin mala intención y que su error se produjo por la falta de revisión.
La falta de revisión lleva a la abogada a pedir disculpas
Una abogada presentó un recurso de queja (núm. 392/25) ante el TSJN. En dicho escrito «se incluían párrafos de algunas sentencias que decían ser del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del TSJ de Navarra y del TSJ de Madrid; párrafos y datos de las sentencias que ni se corresponden con el texto real de las mismas, ni guardan relación alguna con el caso, ni concuerda la fecha de la sentencia con el número de recurso, siendo en definitiva, sentencias cuya cita es inventada y no dicen lo que la letrada transcribía en su escrito», señaló el Tribunal.
Esta actuación de la letrada fue considerada por el Tribunal «además de una vulneración de la buena fe procesal, una falta de respeto a los magistrados, un desprecio de la función jurisdiccional que desempeñan y una perturbación del trabajo de este Tribunal», señaló
Lo que propició que el tribunal abriese una pieza sancionadora el pasado 20 de febrero para estudiar si esta falta de diligencia de la letrada merecía ser castigada económicamente y así depurar las responsabilidades en las que hubiera podido incurrir la abogada.
La abogada respondió
Archivo de la pieza sancionadora por la inmediata respuesta de la letrada
Así, en el auto 1/2026, de cinco de marzo, los magistrados recuerdan que en el sistema judicial no es que se prohíba el «el uso de las tecnologías emergentes y de los materiales generados por inteligencia artificial».
Sin embargo, en caso de hacer uso de algún tipo de estas herramientas, en dicha estructura se impone «una verificación adicional, puesto que la revisión y validación de los documentos legales seguirá siendo responsabilidad de los abogados para garantizar la precisión y el cumplimiento normativo», subraya la Sala.
«No nos cabe duda que el uso descuidado de estas tecnologías en los procedimientos judiciales plantea importantes implicaciones deontológicas y, desde luego, es susceptible de integrar un claro ejemplo de mala fe procesal y de abuso del proceso», incide la Sala.
Pero, para suerte de la abogada, esta falta de verificación y diligencia ha acabado archivada, pues la Sala entiende que la inmediata reacción de la letrada, excusando el error y pidiendo perdón tanto a los magistrados de forma tan apresurada.
En resumen, esta abogada solo se lleva el susto, sin embargo, otros compañeros de profesión no han tenido tanta suerte. El tribunal aprovecha el caso para fijar un aviso claro a la abogacía: esta resolución debe entenderse como una advertencia expresa sobre las consecuencias que puede acarrear el uso no verificado de herramientas de inteligencia artificial en un procedimiento judicial.
«la Sala se incline por el archivo de la presente pieza separada sin imponer la correspondiente sanción pecuniaria, sirviendo la presente -quizá- de advertencia de las implicaciones legales, deontológicas y éticas que puede plantear el uso descuidado de las nuevas tecnologías».