«Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que, por la disposición de las cosas, el poder frene al poder» — Montesquieu, Del espíritu de las leyes, 1748.
Para nombrar al jurista que España aportará al Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante los próximos nueve años, en el mandato que abarca de 2027 a 2036 y que ha de relevar al de María Elósegui, se ha constituido un comité de cinco personas.
Tres de ellas son altos cargos del Gobierno: el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, Diego Martínez Belío, que lo preside; el secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo; y el subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera.
Los otros dos miembros son Gema Espinosa Conde, designada por el CGPJ, y Paz Andrés Sáenz de Santa María, consejera permanente del Consejo de Estado, incorporada formalmente al comité como jurista de reconocida competencia. Pero no alteran la aritmética: quien decide qué tres juristas figurarán en la terna que viaja a Estrasburgo es, en lo esencial, el Gobierno.
El comité propuso la terna el 18 de mayo de 2026 y el Consejo de Ministros la aprobó el 26: Luis Jimena Quesada, Ana María Salinas de Frías y Daniel Sarmiento Ramírez-Escudero. Esa terna debe evaluarla ahora la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.
No hay en los nombres nada que objetar; el reproche no es de personas, sino de procedimiento. Y el procedimiento ha sido impugnado en sede contenciosa: primero por Carlos Hugo Preciado frente a las bases del proceso, y después, aprobada ya la terna por Orden PJC/513/2026, por Preciado y Leonardo Cervera ante el Tribunal Supremo.
La cautelarísima que se solicitó en la primera fase fue denegada; la Sala Tercera debe ahora decidir si suspende la designación y, en su defecto, si traslada al Consejo de Europa la existencia del litigio.
Conviene subrayar de entrada un detalle que desactiva la lectura partidista del asunto: quien denuncia la captura gubernamental del comité no procede de la oposición conservadora, sino de un vocal situado en el bloque progresista, aunque de perfil independiente.
La objeción es transversal, y por eso pesa.
No es una susceptibilidad doméstica. La comisión competente de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó el 17 de marzo de 2026 el informe que desembocó, el 21 de abril, en la Resolución 2648.
El mensaje de fondo era claro: reforzar la equidad, transparencia e independencia de los procedimientos nacionales de selección de jueces del TEDH, evitando que el Ejecutivo domine el órgano de selección. España, justo cuando Estrasburgo se lo pedía, ha hecho exactamente lo contrario.
Visto así, parece una reyerta institucional más, de esas que el lector ha aprendido a archivar sin alarma. Lo que la convierte en algo distinto es lo que ese mismo tribunal tuvo que hacer hace tres años.
Estrasburgo ya tuvo que juzgarnos
El 22 de junio de 2023, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España. Lo hizo por un margen estrechísimo —cuatro votos contra tres— y por primera vez en relación con la parálisis del Consejo General del Poder Judicial.
Seis magistrados de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, candidatos a vocales desde 2018, habían visto cómo las Cortes Generales se negaban año tras año a examinar las candidaturas que la propia carrera judicial había remitido.
El Tribunal Constitucional había inadmitido su recurso de amparo sin motivar las razones, y Estrasburgo consideró que esa inadmisión inmotivada vulneraba su derecho de acceso a un tribunal.
El razonamiento de fondo fue todavía más incómodo: poner en la agenda parlamentaria la lista de candidatos ya seleccionados no es —dijo la Corte— un acto legislativo discrecional, sino una actuación instrumental y obligada.
La lectura institucional era incómoda: aquello ya no podía despacharse como una simple controversia política. En términos materiales, el bloqueo dejaba de parecer política y empezaba a parecer incumplimiento.
La Corte fue aún más lejos y advirtió de que las consecuencias de aquella disfunción para el funcionamiento ordinario del Poder Judicial resultaban enormes, hasta el punto de describir una cadena de interrupciones que recorría el sistema entero. No hablaba de una anomalía menor, sino de una avería de raíz.
La sentencia no traía consigo resarcimiento alguno más allá del propio fallo a favor de los seis jueces. Y lo que vino después es la parte que conviene no olvidar, porque retrata mejor que ningún análisis el estado de nuestras costuras institucionales.
El Constitucional no ejecutó la sentencia. Dejó pasar los meses, ignoró la demanda de ejecución presentada por los afectados y, en octubre de 2024, declaró sencillamente extinguido el recurso.
Para entonces, el pacto entre el Partido Socialista y el Partido Popular había renovado ya el Consejo, y el problema que Estrasburgo había señalado se había disuelto por su cuenta. No hubo cumplimiento: hubo desaparición del objeto.
El contrapeso europeo había diagnosticado la avería con precisión, pero no pudo —o no se le dejó— repararla. La muleta sostuvo al enfermo hasta que el enfermo se las arregló por otra vía, y entonces la muleta se arrinconó sin gratitud. Quien quiera entender cómo funciona hoy la garantía europea de nuestros derechos haría bien en retener esa secuencia: diagnostica con autoridad, y se incumple sin coste hasta que deja de estorbar.
La subsidiariedad al revés
Reúnanse ahora las dos escenas. En 2023, el tribunal de Estrasburgo tuvo que juzgar la disfunción interna de la justicia española. En 2026, España es acusada de querer controlar el procedimiento que designa, precisamente, al juez español de ese mismo tribunal.
El árbitro al que hubo que acudir cuando la cancha propia estaba bloqueada es el árbitro cuyo nombramiento se intenta ahora administrar desde el Ejecutivo.
La simetría no necesita adjetivos: el equipo que fue juzgado aspira a designar al juez.
La integración europea se construyó sobre la idea de subsidiariedad: Europa actúa allí donde el Estado no alcanza.
En materia de Estado de Derecho, ese principio estaba pensado para dormir; un contrapeso de reserva, una garantía de último recurso que solo debería despertar en la emergencia. Lo que se observa en España es la inversión de ese diseño.
La garantía de último recurso ha pasado a hacer el trabajo cotidiano, porque las garantías de primer recurso se han vaciado. Las mayorías reforzadas de tres quintos, concebidas para forzar el acuerdo entre los grandes partidos, se convirtieron en coartada para el bloqueo.
El Consejo, ideado como garantía de la independencia judicial, lleva demasiado tiempo tratado como botín. Y la lealtad institucional mínima entre adversarios —ese pacto no escrito de no usar las instituciones como arma arrojadiza— hace años que se evaporó.
Cuando los frenos internos no frenan, el único freno que queda es el externo. Y ese freno externo posee algo de lo que ningún actor interno dispone ya: la autoridad para describir el fallo sin que se le pueda atribuir interés de parte.
Cuando todos los árbitros nacionales están recusados de antemano por sospecha de bando, la única voz que todavía se escucha es la que habla desde fuera de la contienda.
Aquí encaja, sin necesidad de moralina, la trampa que perpetúa el problema. En España la reforma del gobierno de los jueces solo se propone cuando conviene a quien la propone, y por eso no se hace nunca: el otro lado lee —con acierto— la intención táctica y la bloquea.
El Partido Popular acaba de registrar en el Senado, donde tiene mayoría absoluta, una proposición para que los doce vocales judiciales del Consejo los elijan directamente los jueces, sin intervención del Parlamento; la iniciativa se admitió a trámite el 10 de junio.
Sus propios autores reconocen que carece de votos en el Congreso y que sirve, sobre todo, para marcar posición. Cuesta olvidar, además, que ese mismo partido fue quien durante casi seis años, entre 2018 y 2024, mantuvo bloqueada la renovación que Estrasburgo terminó censurando.
Quien hoy invoca la despolitización fue ayer el principal usufructuario de la política. Cada bando reforma cuando pierde la máquina de nombrar y la defiende cuando la controla; mientras esa simetría se mantenga, el contrapeso seguirá teniendo que venir de fuera.
Ya advertí, hace unos meses, que la cooperación judicial internacional seguía rehén del Ministerio de Justicia en lugar de residir donde debe, en el Consejo General del Poder Judicial.
La designación del juez de Estrasburgo es el mismo patrón llevado un paso más allá: el Ejecutivo no solo administra la justicia que España proyecta hacia el exterior, sino que aspira a seleccionar a quien, desde ese exterior, habrá de juzgarla. La pinza se cierra por los dos lados a la vez.
La incomodidad de aplaudir al rescatador
Llegados aquí, conviene resistir la tentación de celebrar. Si Europa es el contrapeso que de verdad funciona, eso no es solo un alivio: es también un problema, y de los serios.
Un control ejercido sobre la organización judicial nacional desde Estrasburgo, desde la Comisión Europea en sus informes sobre el Estado de Derecho o desde el GRECO del Consejo de Europa, que repite sus recomendaciones sin que casi nadie las atienda, es —para una parte legítima del espectro político— una merma de soberanía antes que una victoria democrática.
Quien recele de la tutela europea tiene aquí su mejor argumento, y sería deshonesto escamotearlo: depender del freno externo demuestra que el interno se ha roto. No es un triunfo del europeísmo; es el certificado de una incapacidad nacional.
El argumento puede afinarse aún más, y conviene hacerlo antes de responderlo.
La Asamblea que elige al juez de Estrasburgo la integran más de trescientos parlamentarios de las cuatro decenas de Estados del Consejo de Europa; ninguno de ellos responde ante el electorado español.
Que un órgano así module la organización de nuestra justicia encierra, en efecto, una asimetría de legitimidad democrática que no se disuelve invocando los valores europeos.
La respuesta seria no consiste en negar esa asimetría, sino en situarla en su sitio: el Estado que cede ese margen no lo cede porque Europa se lo arrebate, sino porque ha renunciado a ejercerlo por dentro.
La soberanía no se pierde en Estrasburgo; se abandona en Madrid, y Estrasburgo se limita a ocupar el hueco que nadie defiende. Recuperar el margen, por tanto, no exige menos Europa: exige más Estado.
Sostengo las dos cosas a la vez, porque las dos son ciertas. El contrapeso europeo es hoy necesario, y su necesidad es una derrota.
Quien me lea como un entusiasta de la tutela de Estrasburgo no me ha leído bien: defiendo que esa tutela funcione mientras haga falta, y aspiro a que deje de hacer falta cuanto antes.
El europeísta que se conforma con que Europa supla indefinidamente lo que el Estado no se da a sí mismo no defiende Europa: administra una dependencia, y la confunde con una convicción.
La factura estratégica
Y la dependencia tiene una factura que no se paga en el plano interno, sino en aquel que, a la postre, más debería importarnos: el de la posición de España en Europa.
Vengo defendiendo, columna tras columna, que el continente necesita una autonomía estratégica real, capaz de hablar de igual a igual con Washington y de sostener su propio peso en un mundo que ha dejado de ser amable. Pero la autonomía es indivisible. No se sostiene hacia fuera lo que se ha rendido hacia dentro.
Un Estado que necesita que Estrasburgo le ordene la casa, que recibe cada año la corrección de la Comisión Europea sobre el modo en que nombra a sus jueces, que no logra renovar su órgano de gobierno judicial sin que un tribunal internacional le recuerde sus obligaciones, carece de la estatura para sentarse como igual en la mesa donde se decide la soberanía europea.
La credibilidad exterior no se declara: se acredita en casa. Y se acredita, justamente, en lo que aquí estamos suspendiendo.
Quien aspire a coescribir la autonomía de Europa no puede ser, en sus propios asuntos constitucionales, un país tutelado por ella; la contradicción se paga en influencia, que es la única moneda que de verdad circula en Bruselas.
El andamiaje, fuera del edificio
Conviene, para terminar, nombrar con exactitud lo que ocurre, porque no es lo que el lenguaje del alarmismo sugiere.
No hay golpe, no hay ruptura, no hay un día señalado en el calendario en que la democracia se desplome. Hay algo más lento y más difícil de combatir: la normalización gradual de que el Ejecutivo influya sobre los órganos llamados a frenarlo —y esto vale para todos los gobiernos, sin excepción de color—, hasta que la independencia judicial acaba siendo una función de qué partido controló por última vez la máquina de nombrar.
Erosión, no derrumbe. Y por eso mismo, más difícil de ver y más temible que cualquier asonada.
El resultado es una paradoja de arquitecto. El andamiaje que sostiene el edificio constitucional se ha mudado fuera del edificio.
España ha terminado por subcontratar su propia conciencia institucional, y la ha subcontratado al mismo tribunal cuyo juez nacional discute hoy cómo elegir.
El día en que ese contrato externo se rescinda —porque Europa se canse, porque la propia España deje de cumplir, porque el viento sople en otra dirección— sabremos por fin si queda algo dentro de los muros capaz de aguantar el peso. De momento, lo que aguanta el peso está fuera.o la separación de poderes se busca fuera de casa