Opinión | Pilar Rahola, víctima de antisemitismo

Pilar Rahola, periodista y comunicadora. La denuncia presentada contra ella por sus manifestaciones sobre el conflicto de Oriente Próximo centra la reflexión de Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, en esta columna de opinión. Foto: Cuatro.

21 / 06 / 2026 05:44

Hace unos días tuvimos conocimiento, a través de medios de comunicación, de la apertura de diligencias preprocesales a la periodista y comunicadora Pilar Rahola, persona de gran referencia internacional en la lucha contra el antisemitismo en todas sus manifestaciones.

La noticia ha impactado de sobremanera no solo en las comunidades judías, también en sus afines o amigos y en defensores de los derechos humanos que tienen muy claro lo que representa este mensaje.

Este hecho se produce tras presentar una denuncia dos personas que presuntamente tienen relación con una agresión que sufrió Pilar Rahola en 2024, cuando le arrojaron tinta roja a la cara mientras participaba en un acto público, por la que fueron detenidos y encausados.

La agresión fue reivindicada por el grupo Organización Juvenil Socialista (OJS) de Catalunya, conocido por su participación en protestas violentas, ocupación ilegal de inmuebles, desobediencia civil y por promover la denominada “acción directa”, por la que varios de sus miembros han sido detenidos y encausados por desórdenes públicos, atentado contra la autoridad y lesiones.

En verdad llama la atención que, siendo presentada la denuncia el 26 de febrero (como toda denuncia se ha de investigar), después de cuatro meses aún continúe sin archivo y la persona afectada se entere por algunos medios de comunicación a los que alguien transfiere la información.4

«La libertad de expresión, no confundir con libertad de agresión, constituye uno de los pilares esenciales de las sociedades democráticas, especialmente cuando se proyecta sobre asuntos de interés público o de relevancia política objeto de debate controvertido».

En general, crece la interpretación de que esta denuncia se proyecta en clara inversión de signo, donde es la víctima de una agresión antisemita, Pilar Rahola, quien recurre a la justicia para proteger sus libertades y derechos fundamentales, y sufre una revictimización a través de una acusación, esencialmente política, que carece de toda razón jurídica.

Según la información que se va conociendo, los denunciantes señalan la comisión de un delito de incitación al odio del artículo 510.1.c y de complicidad con el delito de genocidio del Código Penal, convirtiendo una opinión política y social sobre un conflicto, que es anterior al año 1948 y que ahora se ha recrudecido con otros actores tras la matanza terrorista de Hamas el 7 de octubre y la posterior respuesta militar del Gobierno de Israel en el contexto de una guerra que alcanza a toda la región.

La interpretación de los delitos de odio

Parece que los denunciantes, en su memorándum sobre las opiniones en conferencias e intervenciones de Pilar Rahola, señalan que sus comentarios tienen vinculación con la ideología sionista (ideología que reivindica el derecho de autodeterminación del pueblo judío, concretada en la creación del Estado de Israel, asumido por la ONU en su Resolución 181, de 1947) y que niega, banaliza y justifica el genocidio.

Recordemos que, respecto a este delito, la Fiscalía General, en su Circular 7/2019, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 CP (negación, trivialización grave o enaltecimiento de crímenes contra la humanidad), exige que esta conducta “promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra el colectivo, grupo o integrante del mismo”. Y no parece, desde luego, que Pilar Rahola, al emitir una opinión política y de controversia jurídica, tenga por objeto esta consideración.

Y a este respecto añade la Circular: “se trata de valorar si las conductas analizadas en cada caso son susceptibles de generar o no una situación objetiva de peligro o riesgo de que se puedan cometer actos de violencia, hostilidad, discriminación u odio contra un determinado colectivo o una parte o individuo del mismo”.

De lo contrario, y siguiendo la posible interpretación de los denunciantes, se podrían abrir diligencias al propio fiscal Khan, de la Corte Penal Internacional, por sus manifestaciones recientes donde expresa que “para las actuaciones presentadas por la CPI las pruebas disponibles no alcanzan el umbral necesario para formular cargos por genocidio”.

Las opiniones de Pilar Rahola al respecto pueden gustar más o menos, pueden ser interpretadas por unos como mensajes odiosos y por otros como mensajes razonables, pero está fuera de duda que disentir con la campaña que afirma “Israel genocida” es un derecho de libertad de expresión y opinión protegido por los estándares del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que son altos y rigurosos; y, claro, acusarla con presumibles afirmaciones que faltan a la realidad de los hechos solo puede ser interpretado como una acción de naturaleza antisemita.

Por cierto, aún esperamos una actuación de oficio sobre esas campañas de “Israel genocida”, calificativo que no se ha llegado ni siquiera a aplicar a Alemania en referencia al Holocausto.

Señalar a Israel es señalar a todo un país, más allá de un gobierno; es señalar a sus trabajadores, jueces, diputados, estudiantes y policías; es a todo el país a quien se criminaliza, y tiene consecuencias discriminatorias en España, como es el caso de ciudadanos israelíes en nuestro país que son turistas, deportistas, trabajadores o estudiantes y que sufren estigmatización, hostilidad, odio y violencia.

Libertad de expresión y debate público

Ni siquiera la CPI o la CIJ, que están sobre el tema, van más allá de imputar a un primer ministro y a dos miembros más del Gobierno de Israel, al igual que a los tres máximos dirigentes de Hamas, de los que no se habla, por crímenes de guerra y contra la humanidad.

Las expresiones que dañan a todo un pueblo incurren en un daño colectivo. Ni se debe decir Palestina terrorista ni tampoco se ha de decir Israel genocida.

Finalmente, no podemos descartar que esta denuncia sea un intento de silenciar la opinión creciente de sectores de la sociedad que interpretan que no existe un genocidio en Gaza, un disenso social señalado de “cómplice de genocidio”, como ya apuntó el controvertido acto del denominado Tribunal de los Pueblos sobre la Complicidad con el Genocidio Palestino en el Estado Español (TPCGP-25), un tribunal de opinión/señalamiento impulsado por la UCM-Red Complutense por Palestina, cuyo objetivo fue denunciar la colaboración institucional y empresarial española. Todo muy relacionado con las campañas de boicot. Y que, si tiene carácter de tribunal de excepción, debemos recordar su prohibición constitucional.

Transformar la expresión de opiniones polémicas o críticas en un acto de complicidad con un genocidio, no acreditado por resolución judicial alguna, opiniones que no dañan la dignidad humana ni las condiciones de seguridad existencial de los colectivos objeto del mensaje, supone un auténtico ataque a las libertades de opinión y de expresión por las que tanto hemos luchado los demócratas en todo el mundo frente a los regímenes autoritarios, dictatoriales y totalitarios, sean fascistas, comunistas o integristas.

Las opiniones y valoraciones realizadas por Pilar Rahola se inscriben en un debate político, mediático, social y jurídico abierto, con pluralidad interpretativa sobre la naturaleza de unos hechos, en el marco de una realidad internacional compleja.

A su vez, coinciden con muchos organismos jurídicos y políticos, y con una ciudadanía preocupada por la instauración de un intento inquisitorial vinculado al desarrollo de un estigma, hoy calificante y relativo de genocida, mañana de racista y, en paralelo, de fascista, junto con muchos otros calificativos que pretenden acabar con el disenso de la opinión dominante construida desde la propaganda ideológica.

La libertad de expresión, no confundir con libertad de agresión, constituye uno de los pilares esenciales de las sociedades democráticas, especialmente cuando se proyecta sobre asuntos de interés público o de relevancia política objeto de debate controvertido, salvo que haya quien se empeñe en ir alcanzando los umbrales de un retroceso significativo de las libertades, lo que sin duda requerirá volver a luchar por recuperarlas.

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