Hace una semana el Consejo General del Poder Judicial decidió que era urgente reunir a su Comisión Permanente un domingo para decidir si remitía al Promotor de la Acción Disciplinaria un auto judicial.
Ha pasado una semana. El ruido ha disminuido y quizá precisamente por eso sea el momento de preguntarse si aquella urgencia existía realmente.
Más que el contenido de la decisión, interesa aquello que revela sobre las prioridades del propio Consejo. Porque las instituciones también se definen por aquello que consideran urgente.
Las reuniones extraordinarias existen para responder a situaciones extraordinarias. Esa es su razón de ser. Por eso cuesta entender qué hacía imposible esperar apenas unos días para tratar este asunto en una sesión ordinaria.
Más aún cuando el propio Consejo debería ser el primero en transmitir serenidad institucional, especialmente cuando la presión política y mediática alcanza su punto más alto.
La convocatoria extraordinaria se produjo pocas horas después de que el ministro del Interior solicitara formalmente la actuación del Consejo.
Precisamente por eso cabía esperar un plus de prudencia. Cuanto mayor es la presión exterior, mayor debe ser la prudencia institucional.
Prudencia institucional
No basta con ser independiente; también hay que actuar de forma que esa independencia resulte visible para los ciudadanos. Y eso obliga, muchas veces, a resistirse a la tentación de responder con la misma velocidad que exige la actualidad política.
Pero el problema no es que el Consejo actuara un domingo. El problema es aquello para lo que considera urgente actuar un domingo. Ahí está la verdadera cuestión. Porque esa misma diligencia rara vez aparece cuando los problemas afectan al funcionamiento diario de la Justicia.
Quienes llevamos años ejerciendo la función jurisdiccional aprendemos muy pronto que no todo lo urgente es importante y que no todo lo importante admite demora.
Gestionar correctamente las prioridades forma parte del oficio. Precisamente por eso cuesta entender que el Consejo considerara urgente este asunto mientras otros problemas llevan años esperando una respuesta.
Mientras esa urgencia aparecía para convocar una Comisión Permanente un domingo, los jueces llevamos años esperando una solución a la insuficiencia de la planta judicial, reclamando cargas de trabajo objetivas y compatibles con la salud de la carrera judicial, denunciando la falta de medios personales y materiales y asistiendo a una modernización tecnológica que sigue avanzando muy por detrás de las necesidades reales de los juzgados.
Ésas son las verdaderas urgencias de la Justicia. Para ellas nunca parece haber un domingo.
La primera lectura pública no fue jurídica. Fue política. Bloques. Otra vez bloques. Esa fue la imagen que volvió a proyectarse. Y esa es precisamente la imagen que el Consejo debería evitar por encima de cualquier otra consideración.
El Consejo General del Poder Judicial no administra justicia ni dicta sentencias. Su misión constitucional es garantizar que quienes las dictan puedan hacerlo con plena independencia. Esa función exige prudencia, autoridad y una escala de prioridades que refuerce la confianza en la institución.
Lógica de bloques
A lo largo de los años han cambiado gobiernos, mayorías parlamentarias, vocales y Consejos. Lo que permanece es la percepción de que el órgano sigue funcionando bajo una lógica de bloques. Esa continuidad debería preocupar mucho más que cualquier decisión concreta.
Muchos confiábamos en que este Consejo inaugurara una etapa distinta. No porque fueran a desaparecer las discrepancias, sino porque tenía la oportunidad de demostrar una manera diferente de ejercer el gobierno del Poder Judicial.
Esa expectativa, lamentablemente, no se ha visto confirmada.
Quienes creemos en la independencia judicial necesitamos un Consejo que contribuya a fortalecerla y no uno que siga alimentando debates sobre su propia independencia.
Porque cuando una institución encargada de proteger la confianza termina convirtiéndose ella misma en objeto permanente de discusión, le resulta mucho más difícil cumplir la misión para la que fue creada.
Cuando una misma crítica sobrevive a gobiernos, mayorías parlamentarias y distintos Consejos, quizá haya llegado el momento de admitir que el problema ya no puede explicarse únicamente por las personas que los integran.
Hay algo en el propio modelo que merece ser revisado.
Por eso resulta inaplazable abordar la reforma del sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial. No como una reivindicación de la carrera judicial ni como un debate corporativo.
Sino porque el órgano llamado a proteger la independencia judicial debe inspirar la misma confianza que está llamado a garantizar.
Los doce vocales de procedencia judicial deben ser elegidos directamente por los propios jueces. No porque ese sistema garantice la perfección, sino porque reforzaría la legitimidad de origen del órgano y ayudaría a recuperar una confianza que ningún Consejo ha conseguido consolidar plenamente.
La independencia judicial no es un privilegio de los jueces. Es una garantía de los ciudadanos.
Y precisamente por eso el órgano encargado de protegerla debe ser el primero en cuidar no solo su independencia, sino también la confianza que inspira.
Quizá esa sea la verdadera decepción. No la reunión de un domingo. Sino comprobar que el Consejo sigue distinguiendo entre lo urgente para la institución y lo urgente para la Justicia.
Y hace demasiado tiempo que ambas cosas dejaron de ser lo mismo.