La Fiscalía y la Abogacía del Estado rechazan la petición del expresidente de expulsar a la acusación popular de la pieza separada del ‘caso Plus Ultra’. Foto: EP.

Anticorrupción y Hacienda rechazan apartar la acusación popular de la investigación a Zapatero por las joyas

13 / 07 / 2026 15:51

Actualizado el 13 / 07 / 2026 15:51

La Fiscalía Anticorrupción y la Agencia Tributaria, representada por la Abogacía del Estado, han cerrado filas en defensa de la continuidad de la acusación popular en la investigación abierta contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por las joyas intervenidas por la Policía en su despacho, valoradas inicialmente en 1,3 millones de euros y cuyo origen continúa sin esclarecerse.

Ambas instituciones han remitido escritos al titular del Juzgado Central de Instrucción que investiga el denominado caso Plus Ultra, el magistrado José Luis Calama, en los que se oponen a la pretensión de la defensa de Zapatero de impedir la participación de la acusación popular en esta pieza separada, en la que el expresidente figura investigado por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando.

La investigación sobre las joyas discurre de forma paralela a la pieza principal del procedimiento, centrada en el supuesto tráfico de influencias relacionado con el rescate de la aerolínea Plus Ultra.

Anticorrupción: la petición de Zapatero es prematura

En su escrito, la Fiscalía Anticorrupción sostiene que la solicitud planteada por la defensa pretende excluir a la acusación popular cuando la causa se encuentra todavía en una fase embrionaria.

Según el Ministerio Público, Zapatero pretende «cerrar el paso al ejercicio de la acción popular antes de llegar siquiera a conocer con certeza la calificación jurídica» de los hechos investigados y, además, antes de que tanto la Fiscalía como la acusación particular puedan fijar su posición respecto a una eventual apertura de juicio oral.

La Fiscalía recuerda que esta pieza separada nació por razones de organización procesal tras el registro practicado el pasado 19 de mayo de 2026 en el despacho del expresidente, diligencia durante la cual fueron localizadas unas joyas de «altísimo valor».

No obstante, subraya que la atribución inicial de los posibles delitos tiene un carácter estrictamente provisional. La calificación jurídica, explica, podrá modificarse conforme avancen las diligencias, tanto en función de la documentación o explicaciones que aporte la defensa como de las nuevas investigaciones que acuerde el juzgado.

La Fiscalía también distingue entre el alcance que pueda tener la acusación popular en fases posteriores del procedimiento y su legitimación para intervenir durante la instrucción.

Recuerda que, cuando existe un perjudicado concreto —como sucede en este caso con la Agencia Tributaria respecto al presunto delito fiscal—, el margen de actuación de la acusación popular puede verse condicionado si tanto el fiscal como la acusación particular solicitan el sobreseimiento.

Sin embargo, considera que esa eventual limitación procesal no puede trasladarse a la fase actual de investigación.

Por ello, rechaza la tesis de la defensa y mantiene que la acusación popular está plenamente legitimada para participar en la instrucción mientras continúe la práctica de diligencias.

La Abogacía del Estado reivindica el modelo de acusación plural

En la misma línea se pronuncia la Agencia Tributaria a través de la Abogacía del Estado.

Su escrito recuerda que el proceso penal español responde a un modelo de acusación plural en el que conviven el Ministerio Fiscal, la acusación particular y la acusación popular, figuras que cumplen funciones distintas y compatibles entre sí.

La Abogacía del Estado destaca que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) reconoce expresamente el derecho de los ciudadanos a ejercer la acción penal incluso cuando no hayan sido directamente perjudicados por el delito investigado.

Por ello, sostiene que la existencia de un perjudicado concreto no excluye, por sí sola, la intervención de la acusación popular.

A su juicio, la diferencia entre acusación particular y acusación popular no reside en una incompatibilidad funcional, sino en el fundamento de su legitimación.

Mientras la acusación particular actúa para proteger un interés propio derivado de la condición de perjudicado, la acusación popular interviene en defensa del interés general y de la correcta aplicación de la ley penal.

La representación jurídica de la Agencia Tributaria añade que los presuntos delitos contra la Hacienda Pública presentan una clara dimensión pública del bien jurídico protegido.

Precisamente por ello considera que ciudadanos o entidades legitimadas pueden promover la acción penal desde la perspectiva del interés general, sin que dicha facultad desaparezca por el hecho de que exista un perjudicado directo.

La Abogacía del Estado concluye que la acción popular constituye un mecanismo constitucional de participación ciudadana en la Administración de Justicia y un instrumento complementario de la actuación del Ministerio Fiscal y del resto de las acusaciones.

Sobre esa base, también solicita al juez instructor que desestime la petición formulada por la defensa de José Luis Rodríguez Zapatero y mantenga a la acusación popular personada en esta pieza separada de la investigación.

Noticias relacionadas:

El juez del caso Plus Ultra rectifica y tramitará parte del recurso de nulidad presentado por Zapatero

Calama rechaza paralizar las inspecciones de la Agencia Tributaria a Zapatero y su familia

El magistrado Calama autoriza a investigar 57 cuentas bancarias de Zapatero, su esposa, sus dos hijas, Julito Martínez y 32 mercantiles

El juicio de la ‘Operación Kitchen’ afronta esta semana los informes finales antes de quedar visto para sentencia

El magistrado de la AN rechaza la nulidad planteada por Zapatero en el caso Plus Ultra al considerar que se presentó fuera de plazo

Calama cita a declarar al CEO de Plus Ultra y a otro directivo de la aerolínea los días 7 y 8 de septiembre

Lo último en Tribunales

CONCIERTO

Los tribunales dan la razón a una asociación que se negó a pagar la mitad de un concierto porque fue una «chapuza»

ABOGADO Y CLIENTE

Un abogado, sancionado con un mes de suspensión por no informar claramente a su cliente de los honorarios

funeraria despido

Una profesional de funeraria, despedida por hacer de «guía turística» en la morgue para sus amigas

KFC pagará 25.000 euros por no tener Delegado de Protección de Datos y por irregularidades en la política de privacidad 

La Audiencia Nacional confirma la sanción de 25.000 euros a KFC por la protección de datos

25/03/2024 FILED - 01 May 2023, Hamburg: The logo of the US technology company Apple can be seen at night at the Apple Store Jungfernstieg in the city center. Photo: Christian Charisius/dpa
ECONOMIA INTERNACIONAL
Christian Charisius/dpa

Los tribunales confirman el despido de un trabajador de Apple por decir que se iba a «sacar la chorra» en la tienda