Opinión | Cuando el mercado es un campo de fútbol: lo que la final del Mundial puede sugerir acerca de lo que significa competir mal

Jesús Alfonso Soto Pineda, profesor de Derecho Internacional Privado en la Universidad Complutense de Madrid y profesor colaborador en la Universidad Externado de Colombia, analiza la final de la Copa del Mundo de 2026, que ganó España, desde la perspectiva del derecho de la competencia y los principios de mérito, lealtad y juego limpio. Sobre estas líneas, una imagen que refleja el mal perder de los argentinos. No solo no le hicieron el pasillo a los vencedores, como los vencedores habían hecho antes con ellos al recoger sus medallas de subcampeones, sino que dieron la espalda cuando les fue entregada la copa a los españoles. Foto: RRSS.

28 / 07 / 2026 05:38

Tengo la suerte de haber estudiado e impartido en mi ejercicio docente, durante ya bastantes años, cómo el derecho de la competencia ordena la forma en que las empresas concurren en el mercado.

Y el domingo de la final del Mundial de fútbol sentí una desazón que no me abandona. Y es que, si ni siquiera en el deporte, que es el laboratorio más puro de la competencia, somos capaces de competir con lealtad, ¿qué podemos esperar de los mercados?

Permítanme explicarlo con las herramientas de mi oficio.

En derecho de la competencia hablamos del level playing field. Esto es, un terreno de juego nivelado donde todos los operadores parten de las mismas condiciones y en el cual, ganan quienes ofrecen lo mejor.

Una final de un Mundial es exactamente eso. El mismo césped, el mismo árbitro, el mismo reglamento, el mismo calendario agotador para los veintidós que saltan al campo.

Nadie compite con ventajas regulatorias ni con subvenciones encubiertas. Lo que ocurra allí es, en estado químicamente puro, competencia.

Por eso resulta tan revelador, y si se me permite, tan decepcionante, observar cómo se compite en algunos contextos, cuando el marcador aprieta.

La teoría concurrencial distingue entre la competencia basada en los méritos —ganar porque tu producto es mejor, porque innovaste, porque planificaste— y las conductas de obstaculización.

Estas son, aquellas conductas que no buscan superar al rival, sino impedirle desplegar su actividad. La Ley de competencia desleal española, por ejemplo, en consonancia con los estándares internacionales, considera contrarias a la buena fe las prácticas agresivas, precisamente porque sustituyen el mérito por la interferencia.

Lo que vimos en la final, con la selección argentina, cuando esta fue consciente —a los pocos minutos del inicio de la primera parte en atención a la asimetría en la calidad futbolística— de que el partido solo podía inclinarse a su favor mediante el barullo y el embrollo, fue el equivalente futbolístico de la obstaculización.

La dureza como estrategia, la interrupción como método, la provocación como sistema. Una expulsión en una final no es mala suerte; es el resultado natural de un modelo de competencia que apuesta por frenar al otro antes que por superarlo.

En los mercados llamamos a eso foreclosure, cerrarle el paso al competidor eficiente porque ya no puedes vencerlo con tus propios méritos.

Pero la obstaculización no fue una improvisación de 90 minutos. Fue la conducta previsible de quien ocupa, en términos concurrenciales, una posición de dominio.

Lo que vino después del pitido final

El campeón defensor suele gozar de reputación, de cuota de mercado emocional, de la deferencia del entorno. Y aquello no está prohibido, ni mucho menos. La posición dominante no está proscrita pues muchas veces se conquista legítimamente, como se conquistó por parte de Argentina en 2022.

Eso sí, impone lo que la jurisprudencia europea llama una responsabilidad especial, pues quien domina no puede permitirse conductas que a otros se les tolerarían.

Vivir de las rentas del prestigio, confiar en que la marca —o la garra— gana partidos por sí sola, es la versión deportiva del dominante acomodado que deja de innovar. Los mercados —y los Mundiales— castigan tarde o temprano esa complacencia.

Causa desazón. Eso seguro. Aunque mi mayor malestar, a decir verdad, no nació solo de lo ya descrito, sino de lo que vino después del pitido final.

Porque la agresividad no fue patrimonio exclusivo de los futbolistas en los 120 minutos del partido, sino que se desplegó en otros niveles del operador, involucrando a miembros del cuerpo técnico que entendieron que golpear a futbolistas, era lo que se esperaba de ellos.

Y cuando el laudo del marcador ya era firme, quedó claro que tampoco supieron perder. Las justificaciones posteriores así lo demostraron.

En derecho de la competencia, cuando una empresa incurre en una conducta reprochable, puede intentar una justificación objetiva o una defensa de eficiencias.

Ahora bien, esas defensas se someten a un test estricto toda vez que deben ser reales, verificables y, sobre todo, no pueden invocar circunstancias que afectaban por igual a todos los operadores.

“La competición ha sido larga”. “Los jugadores no llegaron en su mejor momento”. Son defensas que no superarían el filtro de ninguna autoridad de competencia, porque el calendario de clubes y selecciones fue análogo para el campeón.

España jugó en la competición los mismos partidos, viajó también muchísimos kilómetros, soportó el mismo calor.

La diferencia no estuvo en las condiciones del mercado, sino en la planificación del operador. Alegar como causa de la derrota lo que el rival gestionó mejor no es una explicación.

Por el contrario es, en términos procesales, venire contra factum proprium —ir contra los propios actos—, una distorsión de la narrativa que el ordenamiento y el sistema, jamás amparan.

Y hay algo peor, pues esas excusas deshonran silenciosamente al vencedor, porque insinúan que no ganó por mérito sino por circunstancia. También eso tiene nombre en la ley.

Quienes tenemos la suerte de vivir cerca al arbitraje sabemos que la grandeza del sistema no está en ganar, sino en acatar.

Las partes eligen un foro neutral, un tercero imparcial, unas reglas conocidas; y cuando llega el laudo, este es definitivo e inapelable.

Se cumple de buena fe, aunque duela.

En el catálogo de recursos no figura el de «es que llegamos cansados», ni cabe articular una acción de anulación fundada en supuestos “movimientos antinosotros”. Ningún tribunal del mundo admitiría a trámite semejantes motivos.

Una final es exactamente un laudo. La decisión última de un procedimiento largo, dictada en terreno neutral, conforme a reglas aceptadas por ambas partes.

Negarse a asumirlo, buscar en la letra pequeña de las circunstancias un motivo de anulación imaginario, es tan estéril en el deporte como en el arbitraje. La cultura del cumplimiento —el Compliance, si quieren el tecnicismo— empieza por aceptar la responsabilidad de los fallos propios.

Frente a ello, el campeón del Mundial de fútbol compitió como enseñan los buenos manuales. Planificó, innovó, cuidó su estilo hasta el final y, sobre todo, entendió que la honorabilidad y la educación en valores no son adornos, sino ventajas competitivas.

Las teorías concurrenciales modernas insisten en esto. La tensión competitiva es deseable cuando es sana, porque entonces no solo selecciona al mejor, sino que construye sociedades con mayor calidad de vida.

Competir bien —sin afugias y ansiedad— nos hace mejores a todos, también a quien pierde.

Esa es la lección que me habría gustado ver el domingo de la final en ambos lados, pero que vi con claridad en el del campeón.

Porque la competencia leal y abierta no es solo un principio jurídico que debe ser explicado en la Facultad de Derecho. No, es pieza fundamental de la amalgama de la ética.

Y cuando falta en una cancha, ante los ojos del mundo entero, temo que estemos normalizando que falte también en todo lo demás.

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