La Audiencia de Vizcaya confirma que el contrato de una ‘revolving’ de BBVA es nulo por falta de transparencia
El magistrado será juzgado por su etapa como directivo del BBVA, solicitando Anticorrupción una pena de 26 años y seis meses de prisión. Foto: EP

El CGPJ suspende de forma provisional al magistrado Eduardo Ortega tras la apertura de juicio oral en el caso BBVA

18 / 08 / 2026 16:47

Actualizado el 18 / 08 / 2026 16:48

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado suspender provisionalmente de sus funciones al magistrado Eduardo Ortega, que será juzgado por su etapa como exdirectivo del BBVA en la causa que investiga los encargos presuntamente ilegales realizados por la entidad bancaria al comisario José Manuel Villarejo entre 2004 y 2016.

La Comisión Permanente adoptó este martes la medida, según han confirmado fuentes jurídicas a EFE, en aplicación del reglamento de la Carrera Judicial tras la firmeza del auto de apertura de juicio oral dictado el pasado 9 de julio.

Ortega, que fue director de Servicios Jurídicos Contenciosos del BBVA y expresidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se reincorporó a la carrera judicial en febrero. Anteriormente había solicitado una excedencia en 2014 para incorporarse a la entidad bancaria, y seis años después fue imputado en esta causa.

Juicio oral contra BBVA y antiguos directivos

El pasado mes de julio, el juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña acordó la apertura de juicio oral contra el BBVA, su expresidente Francisco González y otras catorce personas, entre antiguos directivos de la entidad y mandos policiales, por los contratos presuntamente irregulares encargados a Villarejo durante más de una década.

En el caso de Ortega, la Fiscalía Anticorrupción solicita una pena de 26 años y seis meses de prisión por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, revelación de secretos de particulares con difusión a terceros y cohecho activo.

La decisión del CGPJ se ampara en el artículo 190 del Reglamento de la Carrera Judicial, que establece la suspensión provisional de funciones cuando un juez o magistrado afronta un procedimiento por un delito doloso y ya existe un auto firme de prisión, libertad bajo fianza, procesamiento o apertura de juicio oral.

La suspensión permanecerá vigente hasta que el procedimiento penal concluya mediante sentencia o auto de sobreseimiento.

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