Opinión | Un mundo que se divide ante la pena de muerte

Sylvia Córdoba, abogada penalista, en este día en el que se conmemora el Día Mundial contra la Pena de Muerte, reflexiona sobre la persistencia de la pena de muerte en el mundo, el aumento de las ejecuciones y la importancia de avanzar hacia su abolición definitiva como garantía de los derechos humanos. Foto: Confilegal.

10 / 10 / 2026 05:38

Me gusta saber qué día se celebra en el mundo cada día; no sé por qué, simplemente me da curiosidad y suelo consultarlo a diario. Por eso sé que hoy, 10 de octubre, se celebra mundialmente el Día contra la Pena de Muerte.

Debido a ello, me ha parecido oportuno hacer un breve repaso a nuestra historia y a la situación internacional en cuanto a la pena capital: ver en cuántos países se sigue aplicando, si existen estadísticas fiables (en el caso de China, adelanto que no, por el secreto de Estado que impera) y si en Europa hay algún país que aún la mantenga en su legislación penal. Como me parece un tema preocupante y digno de atención, he decidido compartirlo.

Ayer, una nota de prensa destacaba que la Unión Europea y el Consejo de Europa reiteraban este año, en declaración conjunta, su oposición a la pena capital «en todos los casos y en todas las circunstancias».

Después hacía un breve repaso internacional, recordando, por ejemplo, que el Líbano la abolió en agosto de 2026; que Gambia y Vietnam redujeron el número de delitos castigados con la pena de muerte; que Sierra Leona ratificó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que excluye la ejecución dentro de la jurisdicción del Estado parte; y que Camboya, la República Centroafricana y Chad adoptaron medidas para ratificarlo.

Todo ello, para recordar que el cambio siempre es posible.

La nota también recogía los datos negativos: las ejecuciones aumentaron de forma alarmante durante 2025, especialmente en Irán, pero también en Egipto, Kuwait, Arabia Saudí, Singapur y Yemen. Y sin olvidar a Estados Unidos, que, según Amnistía Internacional, ocupa el quinto lugar en ejecuciones.

Pero no pensemos que todo esto nos queda lejos. La nota recordaba algo que puede chocar: en Europa hay un país que todavía mantiene la pena de muerte en su legislación, Bielorrusia.

Parece increíble que, en 2026, existan aún decenas de países que la mantengan. El derecho internacional la reserva, en los Estados que la conservan, para los delitos más graves, los que implican homicidio intencional.

Aun así, es evidente que la justicia se ha equivocado a lo largo de la historia y que seguirá equivocándose, y en la aplicación de una pena como esta el error es irreparable. También es evidente que, con esta pena, nunca cabría la rehabilitación.

Una fotografía global

Según Amnistía Internacional, en 2025 se documentaron al menos 2.707 ejecuciones en 17 países, un 78 % más que el año anterior y la cifra más alta desde 1981.

Esta cifra no incluye a China, donde se estima que se ejecuta a miles de personas al año bajo secreto de Estado, ni a Vietnam y Corea del Norte. Solo en Irán se contabilizaron al menos 2.159 ejecuciones.

En sentido contrario, 113 países eran abolicionistas para todos los delitos a finales de 2025, y 145 lo eran en la ley o en la práctica. Esta cifra deberá actualizarse, pues el Líbano abolió la pena capital en agosto de 2026.

Además, cuatro países retomaron las ejecuciones en 2025: Japón, Sudán del Sur, Taiwán y los Emiratos Árabes Unidos.

Según las fuentes consultadas, 86 países mantienen la pena de muerte en su legislación penal de alguna forma, y 17 la aplicaron realmente en 2025. En ese recuento figuran China, Vietnam y Corea del Norte, aunque, por lo ya explicado, no se conocen sus cifras de ejecuciones.

El caso español

¿Y qué pasa con la pena capital en España? España es un buen ejemplo de abolición gradual, pues se hizo en dos fases:

• 1978. El artículo 15 de la Constitución abolió la pena de muerte, salvo lo que dispusieran las leyes penales militares para tiempos de guerra. Ese mismo año, el Real Decreto-ley 45/1978, de 21 de diciembre, sustituyó la pena capital por treinta años de reclusión en varias normas, salvo en tiempo de guerra.

• 1995. La Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, de abolición de la pena de muerte en tiempo de guerra, eliminó la excepción bélica del Código Penal Militar (BOE de 28 de noviembre de 1995).

La abolición plena data, por tanto, de 1995 y no de 1978. España ha asumido, además, los principales instrumentos internacionales: el Segundo Protocolo Facultativo del PIDCP (1991) y los Protocolos n.º 6 y 13 al CEDH (el instrumento de ratificación del n.º 13 se publicó en el BOE n.º 77, de 30 de marzo de 2010).

Es un antecedente relevante hoy en materia de cooperación judicial internacional, pues la ausencia de pena capital en nuestro ordenamiento condiciona las extradiciones, es decir, la entrega de personas reclamadas por Estados que la mantienen. Esta cuestión se conecta con la jurisprudencia del TEDH desde Soering c. Reino Unido (1989) y con la exigencia de garantías en los procedimientos de extradición.

A modo de conclusión

Es evidente que existe una contradicción importante en el mundo: por un lado, un consenso abolicionista que se va ampliando; por otro, un grupo reducido de Estados que intensifica las ejecuciones al margen de los tratados que las limitan o prohíben, lo que pone a prueba la eficacia del sistema internacional de protección de los derechos humanos.

La UE y el Consejo de Europa reclaman una moratoria inmediata de las ejecuciones como primer paso hacia la abolición y anuncian que Marruecos acogerá el 10.º Congreso Mundial contra la Pena de Muerte en 2029. Veremos qué ocurre en los próximos años. Ojalá pronto no haga falta celebrar este día.

Más de 6.000 niñas, en riesgo de mutilación genital en Cataluña: «la respuesta no está siendo suficiente»

Abogacía Española busca a los referentes en la defensa de la igualdad para sus XXVIII Premios de Derechos Humanos

Muere Ratko Mladic, el «carnicero de Bosnia», condenado a cadena perpetua por el genocidio de Srebrenica

Opinión | El fin del individuo: lo único en lo que coinciden todos los que quieren enterrar el orden de 1945

Opinión | León XIV y la verdad incómoda sobre los derechos humanos

Una juez frena la ejecución con nitrógeno en Alabama: «Hay un pelotón de fusilamiento disponible»

Lo último en Firmas

deuda francesa(1)

Opinión | La deuda no se impaga, se legisla: El Estado es el único deudor que redacta la ley que rige su propia obligación

Instrucción

Opinión | Ni ley, ni solo de nietos: Una instrucción nula de pleno derecho (III)

Huelga

Opinión | El mundo al revés: El Gobierno secunda una huelga general contra la oposición

Trump

Opinión | El nombre que no figura: Trump pide votar como si estuviera en la papeleta; Wilson hizo lo mismo en 1918, en plena guerra, y perdió ambas cámaras

TRIBUNAL-CONSTITUCIONAL

Opinión | Aún hay jueces en el Tribunal Constitucional