Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es un órgano colegiado compuesto por veintiún miembros: veinte vocales, nombrados por el rey y elegidos por las Cortes Generales, y un presidente, que a su vez también es Presidente del Tribunal Supremo.
El Presidente es designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva, y elegido por miembros de la Carrera Judicial o juristas de reconocida competencia.
A fecha de septiembre de 2024, la presidente del CGPJ es D.ª María Isabel Perelló Doménech, a la que corresponde el cargo tras la votación del 3 de septiembre de 2024.
Los miembros del CGPJ se renovaron en 25 de junio de 2024, tras más de cinco años y medio de bloqueo político. Los Vocales, por tanto, son los siguientes:
- D. Ángel Ramón Arozamena Laso
Dª. María Esther Erice Martínez
D. José María Fernández Seijo
D. Carlos Hugo Preciado
Dª. Lucía Avilés Palacios
D. José María Páez Martínez-Virel
D. José Carlos Orga Larré
D. José Antonio Montero Fernández
D. José Eduardo Martínez Mediavilla
Dª. María Pilar Esther Rojo Beltrán
D. Alejandro Abascal Junquer
Dª. María Gema Espinosa Conde
Dª. Inés María Herreros Hernández
Dª. Argelia Queralt Jiménez
D. Ricardo Bodas Martín
D. Bernardo Fernández
D. Luis Martín Contreras Fernández
D. José Luis Costa Pillado
Dª. Pilar Jiménez Bados
Dª. Isabel Revuelta
FUNCIONES
La misión prevalente del Consejo consiste en gestionar la administración de Justicia, junto a la protección y garantía, de la independencia de los Jueces y Tribunales durante el ejercicio de sus funciones judiciales (respecto al resto de poderes del Estado) incluyendo los del propio gobierno del Poder Judicial.
Las funciones y competencias del Consejo se distribuyen en nueve áreas:
- Formación judicial
- Función consultiva
- Inspección de los Juzgados y Tribunales
- Mejora de la calidad de la Justicia
- Nombramientos reglados y discrecionales
- Potestad reglamentaria
- Publicación de las sentencias
- Régimen disciplinario judicial
- Relaciones Internacionales
RENOVACIÓN DEL CGPJ
Los vocales son nombrados por un período de mandato de cinco años, a partir de la fecha de la sesión constitutiva. El CGPJ se renueva en su totalidad, una vez transcurridos los cinco años de mandato, aunque el Consejo saliente continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
Sobre los vocales, no pueden ser reelegidos en el nuevo Consejo. El mandato del presidente se vincula al del Consejo que lo propuso; pero el presidente puede ser reelegido y nombrado (por una sola vez) para un nuevo mandato.