La Audiencia a 35 acusados en el mayor juicio contra el narcotráfico en Baleares
Juicio contra el narcotráfico en la Audiencia Provincial de Baleares (EP)

La Audiencia a 35 acusados en el mayor juicio contra el narcotráfico en Baleares

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23/12/2015 08:40
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Actualizado: 23/12/2015 08:40
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La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a 35 personas a penas de 2 a 6,5 años por delitos contra la salud pública en el llamado caso Kabul, tras repetir la sentencia valorando como pruebas las escuchas telefónicas, por orden del Tribunal Supremo.

El tribunal ha dictado una nueva sentencia en el marco de esta causa después de que el Tribunal Supremo anulase en su día la primera resolución de la Audiencia, y ordenaba que este órgano dictase una nueva en la que fuesen valoradas las intervenciones telefónicas practicadas en este procedimiento con autorización judicial y de las que se desprendía la participación de los acusados en los hechos.

En concreto, los procesados se enfrentan a penas de entre seis meses y seis años y medio de cárcel por delitos contra la salud pública y pertenencia a banda criminal, excepto uno de ellos, que ha sido condenado por tenencia ilícita de armas. En la sentencia revocada por el TS, fueron once los condenados y 39 los procesados absueltos, entre quienes se encontraba La Paca, ahora condenada.

Además de la matriarca, que deberá también pagar una multa de 900.00 euros, también se enfrentan a la misma pena que ella sus hijos Manuela -‘La Guapi’- y Francisco Fernández Cortés. Su condena es más elevada que la del resto de integrantes de este clan puesto que, según la Audiencia, eran los destinatarios de varios de los alijos intervenidos y además participaron en el transporte de los mismos, mientras que los demás miembros del grupo no intervinieron en ello.

Sin embargo, las penas más elevadas -seis años y medio de prisión- pesan sobre Enrique Molina, Jesús Vázquez y Adrián Rodríguez, por cuanto, asevera el tribunal, fueron ellos los organizadores y por tanto partícipes de varios de los transportes de droga interceptados y ostentaban dentro de la organización del grupo criminal funciones propias de responsables o ‘cabecillas’.

En concreto, los procesados se dedicaban a introducir en Mallorca e Ibiza ingentes cantidades de cocaína, heroína y cannabis para su distribución en Mallorca.

«No encontramos ante claros grupos organizados para traficar con drogas», recalca la Sala en su nueva sentencia, de 233 páginas, en la que precisa que sin reunir las notas de complejidad necesarias para ser considerados una organización, «sí que advierten la existencia de una serie de medios y recursos que dotan de una cierta estructura interna a sus miembros, algunos de los cuales son intercambiables en sus funciones», con capacidad para «obtener grandes cantidades de droga y transportarla a otras Comunidades Autónomas».

En el caso del clan de La Paca, constituido durante los últimos años en la mayor y más eficiente organización destinada a la venta y distribución de cocaína, heroína y resina de cannabis en la isla, el tribunal asevera que es cierto que «quien manda» es la matriarca pero, a partir de ahí, «la estructura de coordinación de tareas se confunde entre sus miembros» y también «de manera difusa aparecen los encargados de la ejecución final del tráfico ilícito».

La Paca se enfrentaba inicialmente a una petición de 19 años y medio de prisión. En la actualidad, la matriarca cumple condena por el llamado caso Son Banya, en el que fue sentenciada a 22 años y tres meses de cárcel por cuatro delitos de detención ilegal, uno de blanqueo de capitales, cohecho, amenazas y otro de inducción al falso testimonio.

ESCUCHAS TELEFÓNICAS

En relación a las escuchas telefónicas, en su primera sentencia, dictada en mayo de 2013, la Sección Segunda declaró nulos los pinchazos puesto que, a su juicio, fueron «constitucionalmente ilícitos» y, de haberse tenido en cuenta, habrían supuesto una vulneración de los derechos fundamentales de los procesados.

El Supremo consideraba, sin embargo, que existe una previa investigación policial que aportaba datos suficientes para justificar la adopción de dicha medida. La Audiencia, en esta nueva sentencia, valida así la detención y procesamiento de los condenados en base a los pinchazos telefónicos.

De hecho, mediante estas diligencias anteriores y luego sopesadas por el juez instructor de la causa, Antoni Rotger, se logró comprobar que los procesados «poseen bienes sin cobertura lícita aparente, incluso estando matriculados a su nombre vehículos por quien carece de permiso de conducción». Es más, «ostentan innumerables antecedentes delictivos» y, fruto de los seguimientos, «se producen encuentros sospechosos que sugieren la realización de tratos fuera de cualquier observación pública».

EL SUPREMO ABOGA POR TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN «MÁS AGRESIVAS»

El TS recalcaba que «la ausencia de testigos que se sientan ‘víctimas‘; el blindaje y opacidad de sus operaciones y la capacidad organizativa a ciertos niveles en que se manejan importantes montos económicos, aboca a esas técnicas de investigación más agresivas, si no se quiere claudicar en la lucha contra ese tipo de delincuencia».

El Alto Tribunal recordaba además cómo los indicios que se barajan se suman al hecho de que hacen referencia a varios de los narcotraficantes «más notoriamente conocidos» y «como dice el Ministerio Fiscal, incluso por la opinión pública común de Mallorca».

Más en concreto, aludía a que varios de ellos han sido condenados por actividades como las enjuiciadas; que tales personas parecen disfrutar de un nivel patrimonial que «no se corresponde con el hecho de que ninguno de ellos lleve un medio de vida lícito y verificable; que se han realizado seguimientos a algunas de ellas y se ha constatado que adoptan medidas de seguridad en sus desplazamientos, mantienen reuniones en circunstancias insólitas e incluso se desplazan hasta el poblado de Son Banya, donde visitan a Francisca Cortés Picazo, matriarca del clan de narcotraficantes más conocido de Mallorca».

Cabe recordar que la operación policial del caso desarrollada en Son Banya como a las afueras de Palma y otras localidades de la isla, que supuso el corte de los accesos al poblado durante varios fines de semana seguidos, se saldó con la incautación de ocho kilos de cocaína y tres de heroína, de los que se recuperaron dos kilos de la primera y unos 750 gramos de la segunda.

EL SUPREMO YA ANULÓ OTRA SENTENCIA POR DECLARAR NULAS LAS ESCUCHAS

Se da la circunstancia de que, ya en 2012, el TS anuló otra sentencia con la que la Audiencia absolvió a siete acusados, entre ellos dos agentes de la Guardia Civil, de un delito contra la salud pública al intentar introducir en Menorca 509,5 gramos de cocaína. La Sala obligaba a repetir la sentencia y ordenaba que se valorasen las conversaciones telefónicas que habían sido declaradas nulas. (EP)

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