El cambio de jurisprudencia en el Tribunal Supremo pone en libertad a un etarra huido hace 16 años
El etarra Carlos García Preciado se ha beneficiado de un cambio de jurisprudencia en el Tribunal Supremo.

El cambio de jurisprudencia en el Tribunal Supremo pone en libertad a un etarra huido hace 16 años

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27/1/2016 07:00
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Actualizado: 26/1/2016 21:34
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha comunicado a la Audiencia Nacional la absolución del miembro de ETA Carlos García Preciado de la condena a 16 años de cárcel por la quema de una sucursal bancaria que este tribunal le impuso en el año 2000, tras lo cual huyó y permaneció en paradero desconocido hasta el pasado mes de febrero, cuando fue detenido en Roma.

La sentencia, que se dictará en los próximos días, acoge el argumento de la defensa y aplica una reciente doctrina de esta Sala que establece que las declaraciones policiales -principal prueba de cargo contra García Preciado- no pueden considerarse prueba si no existe una «pluralidad de indicios» que justifican su condena.

Esta decisión fue tomada por acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 3 de junio de 2015 sobre el valor probatorio de las declaraciones prestadas ante la Policía.

Dicho acuerdo dice, literalmente, que «Las declaraciones ante los funcionarios policiales no tienen valor probatorio. No pueden operar como corroboración de los medios de prueba. Ni ser contrastadas por la vía del art. 714 LECrim. Ni cabe su utilización como prueba preconstituida en los términos del art. 730 LECrim. Tampoco pueden ser incorporadas al acervo probatorio mediante la llamada como testigos de los agentes de policía que las recogieron».

«Sin embargo, cuando los datos objetivos contenidos en la autoinculpación son acreditados como veraces por verdaderos medios de prueba, el conocimiento de aquellos datos por el declarante evidenciado en la autoinculpación puede constituir un hecho base para legítimas y lógicas inferencias«.

«Para constatar, a estos exclusivos efectos, la validez y el contenido de la declaración policial deberán prestar testimonio en el juicio los agentes policiales que la presenciaron. Este acuerdo sustituye el que sobre la materia se había adoptado en el mes de noviembre de 2006», termina diciendo el acuerdo.

La pena le fue impuesta en 2000 por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional por la quema de una sucursal bancaria en Andoain (Guipuzcoa).

Cuando conoció la resolución, García Preciado se encontraba en libertad y huyó, lo que motivó que fuera declarado en rebeldía y se dictara contra él orden de búsqueda y captura.

La sentencia condenatoria que se revisó en vista pública el pasado jueves por el alto tribunal consideró a García Preciado autor de un delito de terrorismo y no de simple incendio, porque la finalidad que persiguió con su acción fue seguir la estrategia marcada por ETA de «crear un clima de terror, desosiego, desprotección y desesperanza incompatible con el orden institucional».

La jurisprudencia relativa a la no consideración de las declaraciones policiales como prueba de cargo data del pasado año, de una sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal cuyo ponente fue Cándido Conde-Pumpido, precisamente el mismo magistrado que presidía hoy la vista.

Forma parte del tribunal el magistrado Luciano Varela, uno de los magistrados que con mayor contundencia ha venido defendiendo esta postura en diferentes deliberaciones del alto tribunal.

La Fiscalía se opuso durante la vista a la absolución de Preciado porque la declaración del testigo, que no declaró en el juicio porque según la propia sentencia se encontraba «atemorizado», no quería decir que no existiera prueba suficiente contra García Preciado.

Recordó que la Audiencia Nacional presentó una «pluralidad de indicios», hasta un total de 14, que deben ser valorados en conjunto y que justifican la condena.

El tribunal de la Audiencia Nacional aplicó a García Preciado la agravante de uso de disfraz, por cuanto cometió los hechos, en compañía de otros tres jóvenes no identificados hasta la fecha, cubierto por una especie de turbante que le cubría parcialmente la cara.

El tribunal le condenó a los 16 años de cárcel que había solicitado para él el Ministerio Fiscal.

EL ETARRA «CHAPUZAS»

Las autoridades judiciales italianas autorizaron la entrega de este miembro de ETA a nuestro país el pasado 26 de noviembre.

Fue detenido a finales de febrero del pasado año en Roma, donde vivió durante años una identidad falsa y ganándose la vida como «chapuzas».

En total fueron 15 años de fuga desde que en el año 2000 se marchó de su casa para evitar cumplir una condena, el tiempo necesario para comenzar una vida nueva con un nombre nuevo, en otro país donde conoció a su esposa, una mujer italiana con la que le dio tiempo a casarse y a tener un hijo en común.

Sobre él pesan tres reclamaciones: una de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por el sumario 69/98 del Juzgado Central de Instrucción número Cuatro de la Audiencia Nacional, una segunda de la misma sección en virtud del Procedimiento Judicial 74-98 y una reclamación internacional francesa con fecha 2 de junio de 2012 tras ser condenado en rebeldía a tres años de prisión por pertenencia a organización terrorista.

Carlos García Preciado se encuadró en las estructuras clandestinas de ETA en el año 2000.

Cuando militaba en la organización juvenil Jarrai, fue detenido en agosto de 1997 en Andoáin (Guipúzcoa) tras el incendio de una sucursal bancaria mediante el lanzamiento de cócteles molotov que obligó al desalojo del edificio.

Posteriormente, en octubre del mismo año, fue detenido por terrorismo y estragos, tras la desarticulación de un «talde Y» de apoyo a ETA, en el que estaba integrado. En 2000 huyó de su domicilio, para eludir su detención, tras ser condenado por la Audiencia Nacional a 16 años de prisión por los hechos descritos anteriormente.

Además, julio de 2006 el Tribunal Correccional de París le condenó en rebeldía a tres años de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista por su integración en la estructura de los «taldes» de reserva de ETA radicada en territorio galo. Tras la detención en 2001 en Dax (Francia) del responsable del «aparato logístico» de ETA Asier Oyarzábal Chapartegui, «Baltza», aparecieron diversas fotografías de Carlos García destinadas a la falsificación de documentos. EP.

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