El fiscal superior de Madrid, Jesús Caballero Klink, y el fiscal provincial de Madrid, Jose Javier Polo

La Fiscalía «se reserva» acciones contra el Ayuntamiento por la obra de títeres que ensalzaba a ETA

6 / 02 / 2016 18:38

Actualizado el 06 / 02 / 2016 18:47

La Fiscalía de Madrid ha advertido de que «se reserva» el desarrollo de las acciones legales que procedan contra el Ayuntamiento de Madrid «en defensa y protección de los menores» que asistieron este viernes al espectáculo de títeres celebrado en el distrito de Tetuán, en el que se mostraron escenas violentas y se enalteció a ETA y Al Qaeda.

Según ha indicado el Ministerio Público en una nota firmada por el fiscal jefe provincial, José Javier Polo, la Fiscalía también amparará a los padres o tutores de los aproximadamente 30 niños, de entre uno y seis años, que asistieron a la obra de guiñol en la que se violaba a una monja, se ahorcaba a un juez y se apuñalaba a un policía.

A su juicio, esta obra atenta indiciariamente contra el interés del menor ya que se sometió a niños de corta edad a «la absolutamente innecesaria contemplación de escenas que pueden afectar gravemente a su desarrollo intelectual y psicosocial».

La Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Madrid ha procedido a incoar diligencias de protección, recabando del Ayuntamiento toda la documentación correspondiente a esta actividad supuestamente cultural dirigida a un público infantil.

PRISIÓN PROVISIONAL

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha ordenado hoy prisión provisional sin fianza para los dos titiriteros detenidos el viernes en Madrid por ensalzar a ETA durante la representación de un espectáculo de títeres programado por el Ayuntamiento con motivo de las fiestas de carnaval.

El magistrado, que ha adoptado esta decisión a instancias de la Fiscalía, imputa a Raúl García Pérez, de 34 años, y Alfonso Lázaro de la Torre, de 29, un delito de enaltecimiento del terrorismo y un delito cometido con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución.

Por ello, entiende el juez que con independencia del reproche moral, las escenas representadas en la obra de títeres encajan dentro del delito del 510 del Código Penal, castigado con penas de entre 1 y 4 años de cárcel; mientras que la exhibición de la pancarta es constitutivo de un delito de enaltecimiento del 578 del Código Penal, que establece penas de 1 a 3 años de cárcel, con lo que podrían llegar a ser condenados a un máximo de 7 años de prisión.

El juez fundamenta la medida de prisión preventiva en el riesgo de fuga, atendiendo a la naturaleza del hecho, a la gravedad de la pena que se les pudiera imponer cuando se les juzgue por estos hechos y a su situación laboral, familiar y económica.

En el auto de prisión, el juez explica que los dos arrestados, durante el desarrollo de la obra ‘La bruja y don Cristóbal’ escenificaron numerosas acciones violentas, como el ahorcamiento de un guiñol vestido de juez, el apuñalamiento de un policía, la violación de una monja y el apuñalamiento posterior con un crucifijo.

Además exhibieron una pancarta con la leyenda ‘Gora Alka-ETA’, «habiendo tenido lugar esos hechos en un acto público, con numerosa concurrencia de personas y asistencia de un público infantil, a quien esencialmente estaba dirigida la representación de los títeres».

Ese público infantil, acompañado mayoritariamente por sus padres, abandonó el lugar escandalizados por lo que estaban viendo y otros arremetieron contra los actores, paralizando la obra y llamando a los agentes de la autoridad, según relata el juez. (CONFILEGAL/EP)

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