El juez Pedraz archiva por tercera vez el caso Zapata porque no quiso humillar a las víctimas

El juez Pedraz archiva por tercera vez el caso Zapata porque no quiso humillar a las víctimas

7 / 03 / 2016 13:23

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado por tercera vez la causa contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por el tuit sobre Irene Villa en 2011, al entender que no pretendió humillar a las víctimas del terrorismo «por mucho que una mayoría crea que unas palabras sean humillantes».

El juez entiende que Zapata, al reproducir un chiste sobre Irene Villa en la red social Twitter, no tuvo la intención de ofender a este colectivo y que sus comentarios están dentro de los límites de la libertad de expresión.

El magistrado advierte que, aunque la frase de Zapata pueda haber ofendido a algunos, «no existe un derecho a no ser ofendido». «Al menos, en las democracias no aparece tal derecho en el catálogo de derechos fundamentales», destaca.

«Se trata de palabras que no pueden, como tales, criminalizarse», dice el juez que precisa que esto solo sucede en «las dictaduras que criminalizan las palabras como si fueran hechos». El magistrado precisa que en este tipo de regímenes «se puede procesar a la gente por lo que dice y no por lo que hace».

Zapata difundió el 31 de enero de 2011 un tuit desde su cuenta @casiopeaexpress en el que decía «Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos«. El mismo día reprodujo un chiste sobre el Holocausto: «¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? En el cenicero».

En un auto de seis páginas, que ilustra con un gráfico creado por Paul Baran sobre el funcionamiento de la red, Pedraz indica, además, que no consta que el mensaje del edil madrileño causara «gran alarma en la sociedad y entre los usuarios» de Twitter.  El juez sigue el criterio de la Fiscalía que había solicitado el sobreseimiento de la causa en contra del parecer de Dignidad y Justicia y Manos Limpias que pedía que se le juzgase.

Analiza de nuevo las frases publicadas por Zapata y recuerda que se publicaron cuatro años antes de ser nombrado cargo público, permaneciendo «soterradas» para luego curiosamente ser «rescatadas», cuatro años después, tras ser nombrado concejal y ser retuiteadas ampliamente, » perdurando escasos días al ser borradas «por él mismo».

Concluye que la repercusión tan amplia del tuit no fue, por tanto, obra de su autor, y tampoco se le puede atribuir «la alarma social». Aunque el comentario pudo ser ofensivo para algunos «no se puede retorcer el Código Penal» para hacer justicia «a pesar de la Ley», agrega.

En cumplimiento de lo acordado por la Sala de lo Penal, que le obligó a convertir las actuaciones en procedimiento abreviado, el juez recuerda que es él, en esta fase, el competente para decidir si abre juicio oral o no contra el investigado. Según Pedraz, no puede «automáticamente abrir el juicio oral». Agrega que aunque la Sala haya adelantado su criterio, es ahora cuando el juez instructor debe pronunciarse, una vez que ha oído al investigado y que las acusaciones han presentado sus correspondientes escritos de acusación.

LOS 140 CARACTERES

A su entender, Internet funciona como un sistema de «pluriarquía» y la limitación que supone emplear 140 caracteres no permite explicar claramente lo que se dice y cúal es la verdadera intención.

«Sin duda, por lo visto, lo publicado por el señor Zapata ha sido ofensivo para algunos y, sin embargo, para otros no», agrega.

Como ejemplo, indica que parece que no lo fue para la víctima mencionada en el tuit, Irene Villa, ni para la Fiscalía mientras que sí ofendió a las asociaciones personadas como acusaciones. «Por mucho que una mayoría crea que unas palabras son humillantes no por ello han de constituir delito», agrega.

El auto hace también mención a la «pena de telediario» o «de paseillo» y advierte que en este caso, además de provocar que el investigado se convierta en víctimas de sus propias palabras su caso puede convertirse en algo «ejemplarizante» para otros y dar lugar a la «autocensura».

«Pese haber alcanzado un Estado social y democrático de Derecho, no habrá forma de garantizar por igual el derecho fundamental a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción, de todos los ciudadanos y, lo que es peor, a ello habrá contribuido un poder judicial que no cumple su función constitucional al retorcer el derecho a favor de una justicia material, que no legal», concluye. (EP)

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