La juez Núñez Bolaños decide alargar la instrucción de los ERE
María Núñez Bolaños, titular del juzgado número 6 de Sevilla. (EP)

La juez Núñez Bolaños decide alargar la instrucción de los ERE

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08/3/2016 16:31
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Actualizado: 08/3/2016 16:44
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La juez de instrucción 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, ha declarado de especial complejidad el caso de los ERE, lo que permite alargar su instrucción 18 meses, tras más de cinco años de investigación.

La causa relativa a los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía se comenzó a instruir por la entonces titular del Juzgado de Instrucción 6, Mercedes Alaya, en enero de 2011.

Con esta decisión, la juez Bolaños, atiende a la petición que le hizo la Fiscalía Anticorrupción para que se declarara de especial complejidad, y recuerda que el nuevo artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece un plazo general para la instrucción de seis meses permitiendo, en determinados casos, prorrogar la instrucción en las llamadas causas complejas.

Algo a lo que se opuso la Junta de Andalucía.

Esta modificación de la ley para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales incluía una posibilidad de prorrogar ese plazo 18 meses más, señala la instructora.

La ampliación del plazo de instrucción lo puede acordar la juez a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes «por circunstancias sobrevenidas a la investigación» y cuando no pudiera completarse razonablemente en el plazo estipulado «o concurran de forma sobrevenida» determinadas circunstancias.

«En la presente causa se investigan numerosos hechos punibles, involucrando a gran cantidad de investigados que exige la realización de pericias o de colaboraciones recabadas por el órgano judicial que implican el examen de abundante documentación, precisando de la revisión de la gestión de personas jurídico-públicas y privadas», señala la instructora.

«Por todo ello -agrega la juez- es indudable que procede acceder a la petición formulada por el Ministerio Público el pasado 9 de diciembre de 2015, y ello «a pesar de las alegaciones de las partes y del tiempo transcurrido desde su incoación».

OPOSICIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Los abogados de la Junta de Andalucía se habían opuesto a esta petición del Ministerio Fiscal porque consideraban que no existían causas sobrevenidas desde que en octubre se modificó la Ley de Enjuiciamiento Criminal y porque no concurre la excepcionalidad que la norma procesal exige para apartarse del plazo general de instrucción de seis meses.

Entiende que «La concurrencia de circunstancias sobrevenidas constituye un presupuesto imprescindible… sin que el Ministerio Fiscal haya justificado su presencia en el presente caso», argumenta la Junta, que recuerda que la fecha máxima para completar la instrucción es el 7 de junio de 2016, de modo «que si antes de esa fecha concurriesen las circunstancias sobrevenidas que el artículo 324.1 contempla como presupuesto para la declaración de complejidad de la causa, podría producirse la presente solicitud justificando cuál sea esa causa que motive la ampliación».

Es más, según la Junta, «ni se justifica la existencia de causas sobrevenidas» ni que «no sea posible solicitar y acordar la práctica de diligencias de investigación en el tiempo que queda hasta agotar el plazo de instrucción ordinario, ni que sea preciso desvirtuar la necesidad de activar y agilizar el procedimiento que motivó la división de esta causa matriz».

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