El jurado popular declara culpables a las dos acusadas de matar a un anciano para cobrar su herencia en Chancelas
Rocío Gondar y Albertina Táboas, las dos mujeres acusadas de acabar con la vida de un anciano en Chancelas, durante el juicio.

El jurado popular declara culpables a las dos acusadas de matar a un anciano para cobrar su herencia en Chancelas

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05/4/2016 05:55
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Actualizado: 04/4/2016 21:47
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El jurado popular ha declarado, por unanimidad, «culpables» de asesinato a Albertina Táboas y Rocío Gondar, las dos mujeres acusadas de acabar a golpes con la vida del octogenario Secundino Prego al que cuidaban para heredar sus bienes en Chancelas, Poio (Pontevedra).

El veredicto, que se ha leído hoy en la Audiencia de Pontevedra, considera probado que las dos mujeres, entre las 22.15 y las 23.50 horas del 2 de febrero de 2014, «de común acuerdo», asaltaron a la víctima en el camino de acceso a su vivienda, situada en el lugar de Chancelas.

Ambas «golpearon repetidamente» al anciano hasta matarlo con una sartén, su propio bastón y una piedra. Fueron más de 18 golpes, tres de ellos mortales de necesidad, que le provocaron, según el jurado, un «gran sufrimiento».

Los miembros del jurado concluyen que Albertina Táboas, que había sido nombrada heredera universal cinco días antes del crimen, «planeó» la muerte del anciano para quedarse con sus bienes «ante el temor de que pudiera revocar el testamento» y que ofreció una cantidad de dinero a Rocío, aceptado por ésta, como recompensa para que le ayudara a matarlo.

El jurado entiende que ambas son culpables de asesinato «con agravante de alevosía y precio» y para ello se basaron en la confesión de Rocío Gondar, quien ante el tribunal explicó que ambas fueron las autoras de la muerte de Secundino en su casa de Chancelas en febrero de 2014.

Además, el tribunal popular también se basó en las numerosas pruebas aportadas durante el juicio, entre otras, los restos de ADN de la víctima en los pijamas de las procesadas, junto a otras pruebas periciales como las «contradicciones» de Albertina Táboas en su llamada de socorro al 112 «durante la simulación del robo» o en su declaración ante la Guardia Civil.

El jurado entiende que estas «empleadas domésticas» llevaron al anciano a una «zona oscura y solitaria» donde le atacaron sin que el hombre tuviese «ninguna posibilidad de defensa», y que lo hicieron «para hacerse con su herencia».

En su veredicto, el tribunal popular descartó que Rocío Gondar hubiese actuado bajo un miedo insuperable o que padeciese algún trastorno mental en el momento de ocurrir los hechos como alegó su defensa, aunque sí acepta la atenuante de confesión porque asume que hubo «colaboración en el descubrimiento de los hechos».

PETICIONES DE 20 Y 25 AÑOS

Finalmente, los miembros del jurado no proponen que a las acusadas se les conceda el indulto total o parcial de las penas. Fiscalía pide una condena de 20 años de prisión para ambas por un delito de asesinato, mientras que la acusación particular eleva la petición de pena a 25 años para cada una de las condenadas.

La defensa de  Rocío Gondar ha anunciado su intención de recurrir y ha solicitado a la magistrada presidenta de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra que dicte una sentencia «en su mínima extensión» y en la que se tenga en cuenta la atenuante de confesión admitida por el jurado.

Igualmente el letrado que defiende a la otra acusada adelantó que recurrirá y pidió una sentencia con una condena de prisión «en su mínima extensión». (CONFILEGAL/EP)

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