La Fiscalía a favor de apartar al juez De Prada por haber perdido su apariencia de imparcialidad en un caso de ETA y otro de PCTV-ANV
El magistrado José Ricardo de Prada fue uno de los tres jueces que juzgó el caso Gürtel, primera época, cuya sentencia fue el origen de la moción de censura contra Mariano Rajoy, urdida por Pedro Sánchez, que provocó la caída del ‘popular’ y su sustitución por el líder del PSOE. Foto: FIGBAR.

La Fiscalía a favor de apartar al juez De Prada por haber perdido su apariencia de imparcialidad en un caso de ETA y otro de PCTV-ANV

|
07/6/2016 13:36
|
Actualizado: 16/6/2016 09:42
|

La Fiscalía se ha mostrado favorable a apartar al magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada de dos procedimientos seguidos contra ETA y las formaciones políticas PCTV-ANV, sucesoras de Batasuna, al entender que ha perdido la apariencia de imparcialidad al mostrar sus «prejuicios» sobre la política criminal aplicada en estos casos.

Así figura en sendos escritos firmados por los fiscales Pedro Rubira, Vicente González Mota y José Perals después de que la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) solicitara la recusación del magistrado por afirmar el pasado abril en un foro en el Ayuntamiento de Tolosa que la jurisdicción española vulnera derechos fundamentales de personas encausadas por delitos de terrorismo y se han producido «patologías» en este tipo de procedimientos.

El Ministerio Público advierte de que De Prada identificó los denominados «informes periciales de inteligencia» como una «patología» del sistema e hizo una valoración global «muy negativa» sobre ellos, «llegando incluso a afirmar que tratan de suplantar el propio razonamiento del juez» y señalar que ofrecen conclusiones «muy negativas» y hasta «interesadas».

A este respecto, la Fiscalía pone de relieve que el magistrado ha mostrado de forma «contundente» la idea predeterminada que tiene respecto a este medio de prueba y apunta que los informes de inteligencia son precisamente una prueba «muy habitual» en el estudio de los procedimientos contra miembros de partidos instrumentalizados por ETA.

«Es una de las pruebas propuestas por el Ministerio Fiscal para demostrar el ‘factum’ acusatorio y la calificación jurídica del mismo como terrorismo es precisamente la prueba pericial de inteligencia, muy habitual en este tipo de procesos», recalca respecto al tribunal que juzgará a dos acusados por integración en organización terrorista y del que formará parte De Prada.

Los fiscales destacan que no se trata de valorar la «dilatada carrera profesional de más de 25 años» de este magistrado, cuyo expediente queda «fuera de toda duda», y recuerdan que el derecho a la libertad de expresión está amparado por el artículo 20 de la Constitución, pero sí es importante comprobar si las opiniones manifestadas coinciden con el objeto a enjuiciar, lo que, a su juicio, ha sucedido.

LÍMITES EN LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

«La libertad de expresión de jueces y magistrados está reconocida, pero la misma debe tener unos límites a los efectos de garantizar otros derechos constitucionales igualmente importantes, como es el derecho a un proceso con todas las garantías en su vertiente de derecho a un juez imparcial», explican.

En este sentido, la Fiscalía señala que no se está recusando de una manera «genérica» al magistrado por unas manifestaciones vertidas en un foro público sobre diversos aspectos de la política criminal, sino por lo que ha expresado en relación a los entornos políticos de la izquierda abertzale. «En este punto, el magistrado recusado ya ha dado su opinión pública sobre este tema y ese es el motivo concreto de la recusación», ha añadido.

Además, precisan que De Prada intervino en el foro como magistrado de la Audiencia Nacional y su discurso «no puede ahora sólo valorarse su condición de mero ciudadano para ejercer su derecho de opinión».

«Dio su opinión sobre un hecho del que va a conocer jurisdiccionalmente y lo hizo con carácter previo al mismo, sin haber tenido en cuenta todas las pruebas que acusaciones y defensas han propuesto para el acto del juicio oral», concluye.

INCIDENTES DE RECUSACIÓN

Los magistrados de la Audiencia Nacional Ángeles Barreiro y Juan Francisco Martel admitieron el lunes a trámite los incidentes de recusación que la AVT presentó contra el juez De Prada.

Barreiro -que entenderá sobre la recusación del juez en lo relativo a la causa del PCTV-ANV- dictó una resolución en la que ve «aconsejable» tramitar el incidente de recusación al que se ha adherido la asociación Dignidad y Justicia (DyJ).

Martel -nombrado instructor del incidente de recusación formulado por la defensa del exconcejal de UPN Miguel Ángel Ruiz de Langarica– se ha mostrado también a favor de tramitarlo. La AVT, que representa a la acusación particular, aporta informaciones periodísticas y un disco que recoge la intervención de De Prada en el acto.

El juez se opuso a la recusación por no tener ningún «interés» y aportó un auto en el que se acordaba por mayoría la libertad provisional del acusado Jorge Olaiz (el acusado de intentar matar a Langarica) y otra sentencia en la que se acuerda absolverle. Olaiz también se opuso a la recusación.

De Prada acompañó a sus alegaciones un Informe del Instituto Vasco de Criminología denominado ‘Proyecto de Investigación de la Tortura en Euskadi entre 1960-2010’, fechado en diciembre de 2014; así como las memorias de la Fiscalía correspondientes a los años 2012 y 2013, en las que aparecen los apartados dedicados a los delitos de torturas y contra la integridad moral cometidos por autoridad o funcionario público.

De Prada afirmó el pasado abril en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Tolosa: «La tortura se ha producido de manera clara y yo he tenido muchos casos de sospecha fuerte a la que los tribunales no han dado respuesta como corresponde a un Estado de Derecho», según la crónica publicada por el diario ‘Gara’ bajo el título «El juez De Prada desnuda a la AN». EP.

 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales