José Ricardo de Prada, excluido como candidato a vocal del CGPJ por no estar en servicio activo
Sobre estas líneas, el magistrado de la Audiencia Nacional, José Ricardo de Prada. Según la Comisión Permanente, el caso Gürtel está cerrado y las manifestaciones del senador Monago no pueden perturbar a De Prada. Foto: FIBGAR.

La Permanente del CGPJ rechaza el amparo solicitado por José Ricardo de Prada frente a las declaraciones del senador Monago

11 / 01 / 2024 15:20

Actualizado el 12 / 01 / 2024 00:04

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy inadmitir la solicitud de amparo presentada por el magistrado de la Audiencia Nacional (AN) José Ricardo de Prada por las manifestaciones del pasado diciembre del senador del PP José Antonio Monago porque el caso al que se refirió, ‘Gürtel Época I’, ya ha concluido.

«Señor (Félix) Bolaños, el mayor caso de ‘lawfare’ que se ha conocido en la historia política de España, bueno, lo mecieron ustedes. Porque un juez, el juez de Prada, introdujo en una sentencia un párrafo a propósito de la sentencia sobre la ‘Gürtel’, que provocó la caída del Gobierno del señor Rajoy», dijo el senador ‘popular’ en el Pleno de la Cámara Alta del pasado 12 de diciembre.

De Prada pidió amparo al CGPJ asegurando que dichas palabras perturbaban «gravemente» su independencia judicial al descalificar de «forma extraordinariamente grave» su «actuación jurisdiccional» sin «ningún otro fundamento que el puro interés político», «además de contener datos falsos».

La Comisión Permanente ha considerado, sin embargo, que «dado que las iniciales palabras del senador Monago venían referidas a una actuación jurisdiccional específica acontecida en el pasado, en relación con un proceso judicial ya fenecido (el asunto conocido como ‘Gürtel Pieza Época I’), dichas manifestaciones no tienen capacidad alguna de perturbar el ejercicio de la función jurisdiccional del solicitante de amparo impidiéndole la libre capacidad de resolución conforme a derecho».

Además, el órgano ejecutivo del CGPJ tiene en cuenta que Monago posteriormente rectificó.

Para la Comisión Permanente, esta rectificación «implica que incluso la hipotética perturbación futura que las declaraciones del 12 de diciembre de 2023 pudieran haberle acarreado al magistrado peticionario de amparo queda vacía de contenido, poniendo de manifiesto dicha rectificación el respeto necesario a las decisiones judiciales».

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