El Supremo considera abusivo un interés de demora de más del 2 por ciento

Los recursos de casación ante la Sala de lo Contencioso del Supremo se limitan a 25 folios

22 / 07 / 2016 07:57

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Hoy  entran en vigor las novedades introducidas introducen en los recursos de casación ante el Tribunal Supremo tras la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Con ellas se amplía el catálogo de sentencias que se pueden recurrir ante el alto tribunal y limita a 25 folios la extensión de los recursos ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 19 de mayo de 2016, acordó hacer público el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, en su reunión de 20 de abril de 2016, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera de este Tribunal.

Un acuerdo que apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado 6 de julio.

Según este acuerdo, en principio, serán recurribles en casación todas las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso de los Tribunales Superiores de Justicia, las de los Centrales de lo Contencioso y las de los Juzgados de lo Contencioso en algunos supuestos.

La Ley también ha modificado el criterio para determinar la admisión del recurso de casación (que hasta ahora venía representado prioritariamente por la cuantía del asunto) y se ha introducido el criterio del interés casacional objetivo, que debe ser apreciado por la Sala del Tribunal Supremo como base para la admisión del recurso.

Todos estos cambios han provocando ciertas tensiones en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, en los últimos días, antes de la implantación de la reforma.

PAUTAS DE PRESENTACIÓN

En cuanto a las pautas de presentación de los escritos responden al nuevo artículo 87 de la LOPJ, que faculta al alto tribunal determinar «la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas a su presentación por medios telemáticos, de los escritos de interposición y de oposición a los recursos de casación».

Según el acuerdo de la Sala de Gobierno del alto tribunal, la  extensión máxima de los escritos de recurso de casación u oposición, a “50.000 caracteres con espacio” –el equivalente a 25 folios.

En ellos se incluirán las notas a pie de página, esquemas o gráficos que pudieran incorporarse , y obliga a utilizar como fuente ‘times new roman’ con un tamaño de 12 puntos de texto y de 10 puntos en las notas de pie de página. También fijan los espacios de interlineado y márgenes de los escritos, así como la forma de numerar los papeles.

Aunque la Ley únicamente menciona los escritos de interposición y oposición al recurso de casación, el acuerdo incluye también, «a modo de recomendación», otras pautas referidas a otros escritos que pueden presentarse, como es el de preparación que los abogados deben anunciar ante el tribunal que impuso la sentencia que quieren impugnar. Estos no deberán sobrepasar los 15 folios.

Lo justifica en el «previsible aumento del número de recursos que se presentarán por esta vía» ante la Sala Tercera, que a juicio de los magistrados de la Sala de Gobierno «exigirá un notable esfuerzo por su parte y la imprescindible colaboración de los profesionales que acudan a este tribunal».

Además, en la justificación de motivos se establece que «estas normas tienen una doble finalidad: por un lado facilitar la lectura, análisis y decisión por parte del Tribunal Supremo de los escritos que se presenten; por otro, establecer una estructura y formato uniformes con vistas a su presentación telemática o a su posterior tratamiento digital, permitiendo una rápida localización del propósito del escrito y de los datos de identificación necesarios».

La reforma es similar a medidas que imperan en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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