¿Quién resarcirá económicamente a los cerca de 200.000 afectados por el caso Afinsa?
Los afectados de Fórum y Afinsa siguen reclamando Justicia, a pesar de la sentencia de la Audiencia Nacional.

¿Quién resarcirá económicamente a los cerca de 200.000 afectados por el caso Afinsa?

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29/7/2016 07:57
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Actualizado: 29/7/2016 01:07
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Los cerca de 200.000 afectados por el negocio filatélico de Afinsa lograron una victoria moral tras diez años de un proceso abierto con el fallo que la Audiencia Nacional dio a conocer este miércoles. Un amargo triunfo porque es muy posible que esos 2.574 millones de indemnización no los pague nadie.

En un ejercicio de urgencia, sabiendo que es muy posible que los directivos condenados recurran en casación al Tribunal Supremo, Confilegal ha pedido a tres expertos juristas su valoración de este fallo.

Fernando Zunzunegui aporta la visión financiera del procedimiento y los penalistas Vicente Tovar y Víctor Moreno Catena otro punto de vista.

La sentencia de la Audiencia Nacional en sus casi ciento ochenta páginas se produce tras diez años de un proceso de instrucción derivado de la intervención de Afinsa en el 2006 por parte de las autoridades financieras.

Se habla en ese fallo de negocio ficticio y de falta de información a los ahorradores, tal y como ha pasado en casos como el de las preferentes o en la salida a Bolsa de Bankia.

El fallo es aún recurrible en casación por las partes ante el Supremo

Fernando Zunzunegui es profesor de Derecho del Mercado Financiero en la Universidad Carlos III de Madrid y abogado, director del despacho que lleva su nombre.

Conoce bien el mundo financiero y su transfondo: «Es interesante que la sentencia señale que el negocio de Afinsa no tenía sentido económico. Con el fallo se observa que con el procedimiento penal los afectados no recuperarán su dinero de forma íntegra».

A su juicio “aquellos que cometen un fraude en un chiringuito no controlado, acaban en la cárcel. Por el contrario, aquellos otros que realizan ese mismo fraude en una institución regulada, como pueda ser una Caja de Ahorros, como mucho reciben una multa. Y es que da la sensación que la prisión solo es para aquellos que están fuera del sistema”.

Fernando Zunzunegui es profesor de Derecho del Mercado Financiero en la Universidad Carlos III de Madrid y abogado, director del despacho que lleva su nombre.

Fernando Zunzunegui es profesor de Derecho del Mercado Financiero en la Universidad Carlos III de Madrid y abogado, director del despacho que lleva su nombre.

Nuestro derecho penal no es para delincuentes de cuello blanco y sí para robagallinas

La duración de diez años de la instrucción revela que “nuestro derecho penal no es para delincuentes de cuello blanco y sí para robagallinas. El derecho penal no está preparado procesalmente para afrontar los grandes fraudes financieros de este tipo”.

Desde su punto de vista, pese a la disculpa que hay en la sentencia “ es inadmisible tener una sentencia tras diez años de un proceso abierto».

Sobre la indemnización millonaria que fija el fallo, superior a 2.500 millones de euros, Zunzunegui ve complicado que los más de 200.000 afectados por esta trama cobren algo.

“Los directivos condenados disponen de escasos bienes y los inmuebles de la empresa fueron desapareciendo en este proceso. Los perjudicados no cobrarán nada, por desgracia”.

Pedir daños morales por el mal funcionamiento de la justicia podría ser una solución pero “la responsabilidad patrimonial por el mal funcionamiento de la justicia no se ha visto hasta el momento en ningún caso.”

LA ACTITUD DE LA CNMV

Desde su punto de vista es intolerable la actitud del regulador CNMV quien, conocedor de las prácticas de Afinsa, no controló el negocio ni cerró la empresa, potestad para que esta autorizado, sino que de alguna forma “legalizó” este negocio en el 2003 creando el sector de bienes intangibles.

“Este negocio llega a las autoridades de consumo que en los tres siguientes años no hacen nada por frenar a Afinsa y a Fórum”, añade. «Con este fallo penal los afectados no van a recuperar su dinero».

Para Zunzunegui es importante la sentencia de la Audiencia Nacional “ si es una actividad sin sentido económico viene la gran pregunta ¿ Cómo es posible que se diera viabilidad a esta actividad por nuestras autoridades, no existiendo un sector de actividad en bienes tangibles?”

A su juicio la regulación de los bienes tangibles en el 2003 no era otra que legalizar el negocio para eximir de responsabilidad a los supervisores. “El propio fallo lo dice que ha habido un captación masiva de ahorro en fraude. Es el ahorro de la jubilación de muchas personas y no se puede consentir que ese ahorro se defraude a los ojos del Gobierno y de los supervisores financieros”.

Desde el punto de vista de, Zunzunegui deberían haber tenido el mismo trato que los preferentistas y defendido de otro modo.

Ej su opinión, pese a los cambios que se han introducido en el mercado financiero estamos expuestos a que surja un escándalo financiero de este tipo de nuevo. “No se ha avanzado en la protección del ahorrador. Se sigue distinguiendo entre las instituciones registradas y las no registradas, éstas pueden crecer y causar agujeros grandes. Lo peor es la falta de contundencia de los reguladores”.

IMAGEN DETERIORADA DE LA JUSTICIA 

En Granada se ubica Tovar Abogados, despacho del magistrado en excedencia y penalista Vicente Tovar, a quien le comunicamos el fallo de la Audiencia Nacional de dejar en libertad sin fianza a los directivos condenados en el caso Afinsa.

“Es algo que sorprende y daña la imagen de la justicia como la tardanza de diez años en este procedimiento”, opina.

A su juicio, la sentencia es técnicamente buena y razonada en las condenas que este Alto Tribunal ha concedido a estos directivos de la empresa filatélica “cumplirán al menos cinco años tras una reforma penal que evitaba dar el tercer grado a este tipo de delitos se diera antes. A partir del quinto año podrán pedirlo”.

En ese fallo de casi ciento ochenta páginas, Tovar da por hecho que los abogados defensores de estos directivos recurran en casación al Tribunal Supremo “no cabe suspensión de la condena ni indulto, al ser penas elevadas y ser el asunto de cierta alarma social”.

Sobre los más de doscientos mil perjudicados “no les importa tanto los años de prisión a estas personas como la posibilidad de cobrar su dinero invertido en sellos”.

Y ese es el quid de la cuestión. ¿Tienen dinero los directivos ya condenados para responder de forma solidaria ante estos afectados?

Vicente Tovar es magistrado en excedencia y socio director del despacho granadino que lleva su nombre.

Vicente Tovar es magistrado en excedencia y socio director del despacho granadino que lleva su nombre.

Podría interponerse un recurso por el mal funcionamiento de la justicia y que los afectados reclamasen los daños morales 

La sentencia fija 2.574 millones de euros como indemnización que parece va a quedar desierta. “Habrá una responsabilidad civil subsidiaria de lo que será la sociedad pero recordemos que ya estaba en quiebra, con poco solvencia”

En este contexto una solución que esgrime Tovar es plantear un recurso por el mal funcionamiento de la administración de Justicia “exigiendo cada afectado daños morales por todos los perjuicios que están viviendo en estos años; la propia situación de estrés en la que viven ahora y una sentencia cuyo fallo deja claro que no van a cobrar”.

Para este magistrado en excedencia, este tipo de asuntos son bastante frecuentes en los EEUU y en España “parece un tipo que encaja mucho en la casuística, aunque no es constumbre resarcir el daño moral, pero es evidente que la justicia ha funcionado mal causando estos prejuicios que estamos comentando.”

«Podría interponerse un recurso contra el mal funcionamiento de la justicia y que los afectados reclamasen los daños morales de este asunto. Lo peor es que no hay muchos antecedentes», de acuerdo con Tovar.

Respecto a que el Estado asuma en su totalidad o en parte ese dinero que claman los afectados por el caso Afinsa “no hay antecedentes claros en este tema. Si hay una ley que regula que el Estado en materia de víctimas de terrorismo o de violencia de género asuma parte de esa responsabilidad si quedase sin cubrir en su totalidad”. Lo mejor para Tovar es que exista una sentencia que condene al Estado a indemnizar a los afectados desde la propia responsabilidad patrimonial suya.

A juicio de Vicente Tovar es necesaria otra legislación que proteja más al inversor y más diligencia en los organismos reguladores “y sobre todo que en casos como éste, puedan existir algún deposito que en caso de quiebra garantice un mínimo a los inversores”.

VÍA PENAL, MEJOR VÍA 

Víctor Moreno Catena es catedrático de Derecho Procesal de la UC3M y presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas.

Valora de forma positiva el fallo de la sentencia y las penas repartidas a los diferentes directivos encausados del caso Afinsa. “Manejar esa cantidad de información con ese número tan elevado de afectados puede justificar un retraso pero no esos diez años que tardó la Audiencia Nacional en fallar”

Para este penalista de larga experiencia este tipo de macrocausas ponen en evidencia la falta de medios de este Alto Tribunal «es fundamental que los jueces cuenten con preparación adecuada en estos temas y en alguna ocasión el apoyo de peritos que les facilite su labor en este tipo de asuntos».

Nuestro interlocutor, abogado defensor de algunos encausados en la Operación Malaya indica que “la sentencia penal es la mejor respuesta para poder satisfacer los derechos y aspiraciones de las víctimas, frente a cualquier responsabilidad civil que se pudiera haber previsto en otro procedimiento”.

Víctor Moreno Catena es catedrático de Derecho Procesal de la UC3M y presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas.

Víctor Moreno Catena es catedrático de Derecho Procesal de la UC3M y presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas.

No tendría sentido que el Estado saliera en ayuda de los afectados por esta trama

Para Moreno es complicado que los directivos ya condenados puedan hacer frente a esa responsabilidad civil solidaria de 2-574 millones que señala la sentencia para afectados y proveedores, “otra cosa es que pudieran entrar las aseguradoras a cubrir una parte de lo que se demanda. En principio, los afectados cobrarán en función del dinero que haya realmente”.

Desde su punto de vista no se sostiene que el Estado pudiera resarcir a los afectados de esta trama financiera con determinadas cantidades “no tiene sentido, nunca ha pasado hasta el momento y crearía un precedente peligroso. Es indudable que se ha producido un daño injusto a estas inversores pero no se puede resarcir de esta forma.”

Una solución que aporta es que pudieran tener los afectados de Afinsa un tratamiento similar a los ahorradores con depósitos bancarios a los que la ley les garantiza un mínimo de 100.000 euros en caso de quiebra de la entidad, en una actividad como ésta de cierto paralelismo.

«No tendría sentido que el Estado saliera en ayuda de los afectados por esta trama. Otra cosa sería abrir otro procedimiento e ir contra CNMV por falta de control en este asunto», opina Victor Moreno Catena.

A su juicio no tendría mucho sentido abrir otro procedimiento “aunque en el derecho penal todo es posible que se fuera contra los reguladores, especialmente la CNMV de cara a señalar su falta de control como clave en este fraude y así pedir al regulador otra responsabilidad civil por el daño creado, pero sería otro proceso y no precisamente corto en el tiempo”.

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