El abogado de David Sánchez Pérez-Castejón, Emilio Cortés Bechiarelli, ha solicitado este jueves la nulidad de la apertura de juicio oral contra su defendido por su contratación en la Diputación de Badajoz, al considerar que la causa “está podrida” desde su origen y que el presunto delito que se le atribuye “se encuentra absolutamente prescrito”.
La petición se ha producido durante la sesión de cuestiones previas celebrada en la Audiencia Provincial de Badajoz, donde ha comenzado el juicio contra David Sánchez, el expresidente de la Diputación de Badajoz Miguel Ángel Gallardo y otros nueve acusados por la contratación, en 2017, del hermano del presidente del Gobierno en la institución provincial.
Durante su intervención, Cortés ha planteado dos cuestiones de nulidad relacionadas, a su juicio, con la vulneración de derechos fundamentales de su cliente.
La denuncia inicial, basada en “recortes de prensa”
La primera de ellas se refiere a lo que calificó como una “paradigmática investigación de naturaleza prospectiva”.
El letrado se ha referido a la denuncia presentada por Manos Limpias en mayo de 2024 contra David Sánchez y otras personas por presuntos delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social, malversación, fraude y exacciones ilegales. Según ha destacado, ninguno de esos delitos figura finalmente en el escrito de acusación.
Así, Cortés ha sostenido que aquella denuncia se sustentaba en “una serie de recortes de prensa y pantallazos del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz”, además de referencias al supuesto absentismo laboral de su cliente.
En ese sentido, recordaba el letrado que el absentismo laboral “todavía en España, y nunca lo ha sido en su devenir histórico, ha constituido infracción criminal declarada”.
Asimismo, ha criticado las alusiones contenidas en la denuncia sobre una supuesta conexión entre la denominada “trama de Aldama” y sociedades radicadas en Elvas, localidad portuguesa donde reside David Sánchez.
Según el abogado, esa afirmación constituye “una pura invención”, algo que, a su juicio, quedó acreditado en el reciente juicio celebrado en la Audiencia Nacional sobre dicha trama.
El abogado también ha rechazado las referencias iniciales al supuesto “abultado patrimonio” de su defendido, subrayando que en las conclusiones de las acusaciones no aparece ningún delito de enriquecimiento injusto ni fiscal.
“No existe ningún indicio y por esa razón no se ha dirigido la acción penal contra él”, ha afirmado.
Por ello, considera el abogado defensor que la querella presentada por las acusaciones es “un refrito” de la denuncia inicial, recordando que la jurisprudencia establece que las informaciones publicadas en medios de comunicación “no pueden justificar, sin más, la apertura de un procedimiento penal para la investigación”.
“Ninguna de las afirmaciones realizadas por el querellante resulta mínimamente avalada por algún elemento objetivo que apoye su verosimilitud”, ha sostenido.
El presunto delito de David Sánchez, «prescrito»
En una segunda cuestión previa, Cortés acusaba a las acusaciones de intentar un “vamos a ver qué hay” mediante una revisión retrospectiva de actuaciones administrativas que, según ha asegurado, nunca fueron recurridas por ningún afectado.
A su juicio, la finalidad de la causa es “rebuscar, a ver si encontramos algún vicio”, vinculando el procedimiento a la condición personal de su cliente “por ser quien es”.
El abogado también ha impugnado diversas diligencias por considerar que lesionan el derecho fundamental a la intimidad de David Sánchez, entre ellas la incautación de correos electrónicos corporativos de numerosas personas.
En este contexto, ha pedido al tribunal revisar “el rigor” de los autos judiciales que autorizaron dichas intervenciones para determinar “cuáles son los indicios que justifican una injerencia de miles y miles de correos”.
Especialmente, haciendo hincapié en la solicitud de la nulidad de un informe relativo a las relaciones profesionales entre Luis María Carrero y David Sánchez, así como del auto que acordaba una segunda intervención de correos electrónicos al considerar insuficiente la primera.
Intervención en la que Emilio Cortés concluía que, incluso en el supuesto de que existiera responsabilidad penal, el delito atribuido a su cliente tendría carácter leve y, en cualquier caso, habría prescrito.
“Han pasado más de cinco años y, en consecuencia, este delito se encuentra absolutamente prescrito”, afirmaba el letrado, reiterando la «absoluta inocencia» de David Sánchez.