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El Supremo eleva de falta a delito una agresión que precisó de puntos de aproximación para su cura

25 / 08 / 2016 07:57

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El Tribunal Supremo ha elevado de falta a delito de lesiones una agresión sufrida por una mujer dado que la cura de la lesión — que se hizo con empleo de puntos de aproximación con esparadrapo– la considera como «tratamiento médico-quirúrgico» porque se trata de una técnica «muy similar» a la sutura y no como una primera asistencia.

El alto tribunal determina en una sentencia que el uso de esparadrapo para mantener unidos los bordes de la herida es un procedimiento equivalente y sustitutivo de los tradicionales puntos de aproximación y es así porque lo empleado en este caso no fue un simple apósito sino un medio técnico de fijación, por lo que la colocación de los puntos, conocidos como ‘steri-tip’, supone un tratamiento médico.

El Supremo da la razón al Ministerio Fiscal que recurrió la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona en el marco de una agresión sufrida por una mujer a quien el acusado le clavó un cuchillo de 12 centímetros por la espalda.

En el transcurso de esa agresión, un hombre que salió en defensa de la mujer, también fue atacado por el condenado. Este último hecho fue considerado por la Audiencia como un delito de homicidio en grado de tentativa, y se saldó con una una pena de dos años y medio de prisión.

Mientras la agresión a la mujer se entendió como una falta de lesiones, imponiéndole un mes de multa con una cuota diaria de ocho euros, es decir, de 240 euros. En su sentencia, la Audiencia consideró que los cortes causados en la nuca y espalda de la mujer fueron superficiales, dado que requirieron «cura tópica y aplicación de steri strips» y «sanaron al cabo de ocho días».

Sin embargo el alto tribunal entiende que dicha agresión es constitutiva de un delito de lesiones y condena al acusado a una pena de prisión de un año y dos meses. «La colocación de los puntos steri-tip supone tratamiento médico al existir un inicial pegamento tisular y posterior cura local. Se trata de una técnica similar a la sutura pero menos cruenta en su aplicación, aunque idéntica en su potencialidad terapéutica», concluye el fallo. (CONFILEGAL/EP)

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