5 años de prisión para Rafael Gómez «Sandokán» por fraude fiscal
Rafael Gómez Sánchez "Sandokán", empresario y exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

5 años de prisión para Rafael Gómez «Sandokán» por fraude fiscal

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20/2/2017 13:48
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Actualizado: 09/9/2022 12:46
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El empresario y exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba, Rafael Gómez Sánchez «Sandokán«, ha sido condenado a 5 años y 3 meses de prisión al ser considerado responsable de dos delitos contra la Hacienda Pública por los que deberá abonar una multa de más de 111 millones de euros.

El titular del Juzgado de lo Penal 3 de Córdoba le considera responsable de dos delitos contra la Hacienda Pública, a la pena de dos años y nueve meses de prisión (por uno de ellos) con multa de multa de 102.281.202,40 euros; y a la pena de dos años y seis meses de prisión (por el segundo delito) con una multa de 9.641.778,84 euros.

Asimismo, el juez absuelve al empresario, a sus cuatro familiares y a las entidades mercantiles Grupo Inversor Arenal 2000 S.L., Arenal 2000 Inversiones, S.L., Grupo Inmobiliario Arenal 2000 S.L. Y Grupo de Empresas Rafael Gómez Sánchez, de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones respecto a otros 9 delitos de los que venía siendo investigado.

La sentencia indica también que Rafael G.S. es responsable civil directo por el daño causado a la Hacienda, y debe indemnizar a la Hacienda Pública en la cantidad de 25.570.300,60 euros por el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2006 y en la cantidad de 3.213.926,28 euros por el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2006 correspondiente a la entidad Arenal 2001 S.L., (en total, cerca de 28.784.226 euros).

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

ÉL LLEVABA LAS RIENDAS DEL GRUPO

Sin embargo, quien realmente tomaba las decisiones y llevaba las riendas del grupo «era el acusado Rafael Gómez«, mientras que su esposa e hijos eran «meros empleados del entramado empresarial y se estima que realmente no tenían conocimiento de la marcha y decisiones de las empresas del grupo».

Relata el juez que el grupo de sociedades optó por «no tributar en el régimen opcional de consolidación fiscal, dedicándose a diversas actividades empresariales», siendo la principal la actividad de «promoción inmobiliaria y sus actividades complementarias, tales como construcción, explotación de activos agrícolas y actividades técnicas».

Igualmente mantenía otras actividades secundarias como las tradicionales del grupo, la joyería, así como otra clase de actividades que fueron iniciadas por el grupo Arenal con el proyectado objetivo de diversificación de riesgos empresariales.

Dentro de este grupo de sociedades ha habido multitud de «operaciones intragrupo» apreciándose errores, tanto en estas operaciones, como en las operaciones con terceros.

Por ello, el juez ha condenado a Rafael Gómez a penas que suman 5 años y 3 meses de prisión y al pago de una multa de más de 111 millones de euros al considerarlo autor de dos delitos contra la Hacienda Pública.

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