La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juez de Instrucción número 4 de Alcorcón que admita a trámite una querella por delito de incitación al odio contra José Miguel Monzón, alias el «Gran Wyoming«, y Daniel Mateo, del programa televisivo El Intermedio, por descalificar en un «gag», con una «clara connotación religiosa», la cruz del Valle de los Caídos.
Según indica el auto al que ha tenido acceso Confilegal, la Sección Primera de la Audiencia de Madrid ha decido estimar el recurso de apelación de la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos contra el auto de inadmisión a trámite del Juzgado de Instrucción número 4 de Alcorcón, si bien el fallo ha contado con el voto particular del presidente de la sala, Alejandro Benito López.
La Sala plantea en su resolución que la decisión del juez de Alcorcón conlleva una «merma del derecho a la tutela judicial efectiva de los querellantes» ante la posible existencia de «un delito que está proliferando en los últimos tiempos como es el de odio» tipificado en el artículo 510 del Código Penal.
Los magistrados advierten de que los hechos pueden enmarcarse en un delito contra los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, previsto en el artículo 625 del Código Penal.
Y entiende que la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos tiene derecho a formular la querella al ser una «asociación relacionada con el objeto sobre el que se dirige el ataque».
En el programa, dirigido por Wyoming, el actor Dani Mateo manifestó que «el Valle de los caídos alberga la cruz cristiana más grande del mundo, con doscientas mil toneladas de peso y ciento cincuenta metros de altura, el triple de lo que mide la Torre de Pisa. Y eso es porque Franco quería que esa Cruz se viera de lejos, normal, porque quien va a querer ver esa mierda cerca».
«DELITO QUE ESTÁ PROLIFERANDO EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS»
Los magistrados Vicente Magro e Isabel María Huesa consideran que la decisión del juez de Alcorcón de archivar el asunto «conlleva una merma del derecho a la tutela judicial efectiva» de los querellantes y que los hechos «pueden determinar la existencia de un delito que está proliferando en los últimos tiempos como es el de odio».
La Sala considera sin embargo que lo dicho en el programa es un «ataque de obvia connotación religiosa» realizado en un medio de comunicación «de relevante audiencia» que «en modo alguno» puede estar amparado en la libertad de expresión al afectar a los sentimientos religiosos de los querellantes.
Por ello, ordenan al juez de Alcorcón que tome declaración como investigados tanto a Wyoming como a Dani Mateo «al no entender procedente que se cercene el derecho ante el contenido de las manifestaciones proferidas y su relación con el objeto que los tipos penales tratan de proteger».
VOTO PARTICULAR
Por el contrario, el presidente de la sala Alejandro Benito López ha emitido un voto particular en el que dice no compartir la opinión de sus compañeros, al considerar que los hechos imputados no implican «una ofensa a la cruz».
Para él, el contexto general en el que se expresa la frase deja entrever que el calificativo «mierda» se dirige exclusivamente contra la representación de la Cruz en el Valle de los Caídos, así como contra la persona que ordenó su construcción y el motivo por el que lo hizo: «perpetuar la memoria de los que cayeron en nuestra gloriosa cruzada».
Entiende que no existe tal ofensa al sentimiento religioso colectivo de todos los cristianos ni ve que exista delito de odio, al tratarse de una «opinión personal amparada por el derecho a la libertad de expresión», a pesar de que su contenido pueda «molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige».