«En España el embargo y decomiso de bienes a los corruptos está funcionando bien», según Nicolás González-Cuéllar
Nicolás González-Cuéllar, es catedrático de derecho procesal y abogado. Carlos Berbell/Confilegal.

«En España el embargo y decomiso de bienes a los corruptos está funcionando bien», según Nicolás González-Cuéllar

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30/4/2017 14:14
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Actualizado: 30/4/2017 14:14
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«El Gobierno hizo sus deberes en 2015, transponiendo la Directiva Europea de 2014 tanto a nuestro Código Penal como a la Ley de Enjuicimiento Criminal. Entró en vigor a finales de ese año. Casi un año y medio después, podemos afirmar que, en España, el embargo y decomiso de bienes a los corruptos está funcionando bien«, explica Nicolás González-Cuéllar Serrano catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Castilla-La Mancha y socio director del despacho González-Cuéllar Abogados.

González-Cuéllar formó parte de la Comisión Institucional, creada en 2012 por acuerdo del Consejo de Ministros, que llevó a cabo la propuesta de texto articulado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que después el Congreso de los Diputados adaptó en el que se incluyen estas modificaciones.

«Hoy en día, desde el minuto uno de la investigación al supuesto corrupto se le embargan las cuentas y los bienes que pueden proceder de su actividad ilícita. El acusado tiene que probar que su dinero y sus propiedades tienen una procedencia clara, blanca, lícita. De otra manera se queda sin ellos», explica González-Cuéllar, coautor del libro «La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2015», escrito a medias con Manuel Marchena Gómez, presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, quien fue presidente de la citada Comisión Institucional.

De acuerdo con éste conocido abogado, las afirmaciones que realizó el magistrado Javier Gómez Bermúdez en 2013 a la Sexta, y que se han vuelto virales en la red, en torno a la impunidad de los corruptos están superadas por la realidad posterior.

«Y es lógico. En 2015 se hizo un gran esfuerzo, por parte del Gobierno, para atajar la corrupción. Para acabar con ese estado de cosas. La prueba es que los instrumentos legales están operativos y plenamente funcionales tanto en el Código Penal como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal», añade el abogado.

La Directiva es la 2014/42 UE del Parlamento y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre el embargo y el decomiso de los instrumentos y del producto del delito en la Unión Europea.

Su transposición se llevó a cabo a través de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modificaron los artículos 127 y siguientes del Código Penal, y de la Ley Orgánica 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

«En ambos textos legales, por elementales razones de coherencia del ordenamiento interno, el legislador ha efectuado una transposición de la normativa europea más amplia que la requerida por el Derecho de la Unión Europea, al establecer un ámbito de aplicación de la normativa más extenso, en relación con cualquier delito, esté armonizado o no», cuenta González-Cuéllar.

La ORGA, el instrumento que lo hace posible

Para hacer posible el decomiso de los bienes adquiridos de forma ilícita por los corruptos, en aplicación de estas modificaciones legales, el Estado se ha dotado de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), que actualmente dirige Isabel Tarazona Lafarga, su directora general.

La ORGA empezó a funcionar en enero de 2016. Forma parte del Ministerio de Justicia y desde el 1 de enero de este año está plenamente operativa en todo el territorio nacional.

En el primer semestre de 2016 asumió la gestión de bienes por valor de 23 millones de euros; barcos por valor de 8 millones de euros; cuadros por valor de 1,9 millones de euros; ropa, por 8 millones de euros y 806.825 euros en dinero contante.

El principal órgano que requirió sus servicios fue, precisamente, la Audiencia Nacional, con 13 solicitudes cursadas, de un total de 29 en toda España.

Organigrama de la ORGA. MJ.

Con el fin de que su eficacia sea lo más completa posible, el ORGA ha firmado convenios de colaboración con el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio del Interior, la Direcciones Generales de la Marina Mercante, por una parte, y de Bellas Artes, por otra, el Plan Nacional de Drogas, el Museo Reina Sofía, la Agencia Española de la Administración Tributaria, el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España y el Consejo General del Notariado.

La Orga funciona con el EXPORGA, su base de datos, y tienen acceso informático a Lexnet, la plataforma de intercambio seguro de información para las comuncaciones con los órganos judiciales, el Punto Neutro Jucicial, el portal único de subastas judiciales, la herramienta de gestión de las cuentas de depósitos y consignaciones judiciales y la base de datos comercial de información mercantil.

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