Nicolás González-Cuéllar Serrano, abogado de la víctima de «La Manada»: “Acudiremos al TEDH contra la sentencia del TC”
El abogado y catedrático de derecho procesal, Nicolás González-Cuéllar, opina sobre esta sentencia absolutoria de "La Manada" que el TC se ha equivocado "unánimemente". Foto: Confilegal.

Nicolás González-Cuéllar Serrano, abogado de la víctima de «La Manada»: “Acudiremos al TEDH contra la sentencia del TC”

|
15/5/2025 05:35
|
Actualizado: 15/5/2025 01:44
|

El abogado penalista y catedrático de derecho procesal, Nicolás González-Cuéllar Serrano, representante legal de la joven víctima de «La Manada» –junto a su compañera, Teresa Hermida–, califica de «abominable» la sentencia del Tribunal Constitucional que ha absuelto al creador del “tour de la manada”.

En esta entrevista anuncia que acudirán ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y al Comité de Derechos Humanos de la ONU, al considerar que la resolución vulnera gravemente derechos fundamentales y supone un nuevo episodio de violencia institucional contra su clienta.

Critica con dureza que la sentencia no se haya notificado aún a las partes pero si difundidos fragmentos al público y denuncia el daño causado por la forma en que se ha hecho pública la resolución, además de manifestar su desacuerdo sobre la errática fundamentación del fondo del  asunto, tomando en consideración la nota de presa que el TC ha publicado con lo que parecen trozos de la sentencia.

Usted y su compañera, Teresa Hermida, son abogados de la joven, víctima de la manada. En su momento presentaron un escrito de alegaciones ante el TC solicitando que se desestimara la demanda de amparo interpuesta por “Anónimo García”, el autor de la web “tour de la manada”, que ha sido absuelto. ¿Cuál es su valoración sobre esta sentencia unánime del Pleno?

Si el contenido de la sentencia coincide con los fragmentos publicados por el Tribunal Constitucional, como cabe presumir, entendemos que se han producido gravísimas vulneraciones no solo del ordenamiento constitucional español, sino también del Convenio Europeo de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Por ello, acudiremos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas para defender los derechos de una víctima que ha sido ultrajada, no solo por sus agresores sexuales en su día, sino ahora también por la justicia española, a través de un episodio de violencia institucional cuyo patrón, que una vez más ser reproduce, debe ser erradicado.

La nota de prensa del TC afirma que en este caso debe prevalecer el derecho a la libertad de expresion de «Anónimo» García. Usted es abogado defensor de periodistas y de medios de comunicación. ¿Por qué no entiende las razones de TC en este caso?

Yo siempre me he caracterizado por defender el derecho a la información y la libertad de expresión, en definitiva la libertad prensa. Pero la libertad de prensa también tiene límites. Y uno de ellos es la dignidad humana, especialmente la de las víctimas. La libertad de prensa no ampara que sean humilladas.

Sobre todo, cuando se trata de delitos graves, sea con ánimo de lucro o con finalidad narcisista de quien denigra a la víctima, el Estado, que ha fallado a la víctima en su obligación esencial de protegerla, al menos debe ampararla. Lo contrario que ha hecho el TC en este caso, que es desampararla o contraampararla, con el guantazo en la cara de publicar una nota de prensa sin dignarse a siquiera a notificarle antes la resolución a su representación procesal. A mí me produce vergüenza como jurista.

Con carácter general, me pregunto qué ocurrirá en el futuro si, basándonos en lo que recoge la nota de prensa del Tribunal Constitucional —y siempre que eso refleje el contenido real de la sentencia, lo que cabe presuponer—, se considera admisible que Bildu, por ejemplo, contrate a un payaso que, bajo el pretexto de realizar una performance artística, se parta de risa en un tour por las tumbas de los asesinados por los terroristas y ofrezca camisetas con la cara de los etarras en los lugares donde cayeron asesinados servidores del Estado o ciudadanos desafectos al totalitarismo fascista identitario de la banda: guardias civiles, policías nacionales, militares, empresarios, ingenieros, empleados, padres, madres, niños y niñas.

La libertad de expresión, por supuesto, tiene límites. Y el derecho de las víctimas a la dignidad —recogido en el Código Penal, entre otras normas, mediante el delito de humillación a las víctimas— debe prevalecer. Aunque me temo que la sentencia del TC -quizás no casualmente- lo haya privado de virtualidad.

La integridad moral de las víctimas ha de primar frente a la propaganda y al sensacionalismo. La libertad de prensa tiene límites y no soy sospechoso de estar en contra de ella. Pero, aunque aún no he leído la sentencia porque no ha sido notificada, el resumen publicado por el Tribunal Constitucional —que parece recoger fragmentos de la resolución— si es correcta la síntesis la calificaría como abominable.

La nota de prensa a la que usted alude recuerda que la libertad de expresión incluye también manifestaciones que molestan, inquietan o disgustan. Precisamente lo que constituye el fundamento de una sociedad democrática.

Correcto. El papel de los medios en una sociedad democrática es crucial. Pero este asunto afecta a la dignidad de un ser humano, de una mujer violada en grupo que una página web convierte en objeto de cachondeo, permítaseme la expresión.

El colmo es que la nota de prensa del Tribunal Constitucional, antes tan prestigioso y ahora tan denostado por su evidente partidismo, en una sentencia de la que se dice que es ponente una exasesora de Pedro Sánchez, se llega a afirmar que ese Tribunal (que a mi juicio no merece ya tal nombre) no está para juzgar el buen gusto o la calidad literaria.

Y ello resulta inaceptable: se minimiza el daño evidente a la dignidad de la víctima, reduciéndolo a una cuestión de estilo o redacción, aceptando que existe y es gravísimo. Debe ser que como es mujer no importa. Se equipara a un error de estilo. Mientras no afecte al jefe o a sus amigos….

La sentencia -de la que solo conocemos los fragmentos que el TC se ha dignado a compartir- no puede despacharse como si fuera un detalle menor. No se puede seguir por ese camino. Debe proclamarse ante el (ya no) Tribunal que la sociedad planta cara pacíficamente con la crítica a las tropelías y exige independencia y transparencia, dos valores fundamentales que, bajo la presidencia de Conde-Pumpido, se han perdido, con un daño difícil de reparar a lo que se ha convertido, básicamente, en una oficina de colocación de La Moncloa, de la que procede la ponente de la sentencia machista y contraria a la dignidad humana que es objeto de cometario.

Ya sólo, en el aspecto formal, es impresentable que hayan publicado un fragmento de la sentencia como nota del Tribunal Constitucional, sin notificar el contenido a las partes y dando la ocasión al Anónimo que fue condenado a recorrer medios de comunicación para seguir explotando su idea revictimizadora sobre una agresión sexual, ahora desde la impunidad.

Desde luego los abogados de la víctima, cuyo sufrimiento se equipara en la nota de prensa del TC prácticamente a una falta de ortografía, pese a haber sido llamados a entablar debates con tal sujeto en medios, no van a acudir a ninguno a reabrir el recuerdo sobre el trágico tour criminal que el individuo absuelto por el TC incluyó en su web.

¿Sabe usted como se encuentra su clienta después de conocer este resultado?

Ella está destrozada. Ha sufrido una nueva revictimización, como he indicado. Sin haberse notificado previamente la sentencia a las partes, algún medio ya anuncia que quien había sido condenado va a participar en programas y que incluso invitarán a representantes de la víctima a debatir sobre el asunto. ¿Quieren construir un Sálvame Violadas? Es asqueroso.

El desgraciado episodio representa la quintaesencia del menosprecio a la dignidad de una mujer agredidas sexualmente. A mi juicio el Pleno del Tribunal Constitucional se ha equivocado grave y unánimemente.

Además, para mayor inri, el Tribunal Constitucional  en este asunto, una vez más, ha infringido la función que al Tribunal Supremo le otorga el artículo 123 de la Constitución —como máximo órgano de interpretación de la legalidad—, dado que la Sala de lo Penal, en una un auto de inadmisión perfectamente motivado ya había considerado que los hechos eran constitutivos de delito, tras la sentencia del Juzgado de Pamplona y la Audiencia de Navarra. Y ello después de que todos los órganos jurisdiccionales ponderaran los derechos en juego.

Como dijo el Juzgado en su día, da igual que la finalidad del acusado fuera de una u otra índole, económica o no, lo relevante es que se abstuvo de tomar en consideración el profundo dolor que ocasionaba a la víctima. Muy acertado: que quisiera ganar dinero o no es irrelevante.

Sea un narcisista o un «friki» de las tecnologías o tenga un perfil de otro carácter, el inventor de la infame página web del tour de la manada merece un severo reproche penal. El TC, con la sentencia dictada y, sobre la base de los fragmentos que (el que desde hace tiempo cabe denominar pesudotribunal) ha difundido, se hace acreedor de la más contundente crítica, por confundir el profundo sufrimiento de una mujer agredida sexualmente con una falta de ortografía.

De nuevo observamos cómo el Tribunal Constitucional usurpa funciones que no le corresponden, lo cual nos lleva a una conclusión obvia: es necesario reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para que las resoluciones del Tribunal Supremo no puedan ser objeto de recurso de amparo. Entre tanto que Dios nos ampare, porque en Cándido y el órgano que preside no podemos confiar.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales