El Tribunal Supremo celebra su decimosegunda edición de Puertas Abiertas

Por 2 votos de diferencia -17 a 15- el Tribunal Supremo dio por bueno el nombramiento del presidente del TSJ de Murcia

9 / 06 / 2017 04:58

Actualizado el 09 / 06 / 2017 09:37

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El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo fue bronco, duro y sorpresivo por el resultado. 17 magistrados votaron por rechazar el recurso de la magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia, Pilar Alonso Saura, contra el nombramiento de Miguel Pascual del Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Y 15 lo hicieron por respaldar la impugnación.

Bronco y duro porque el Pleno comenzó a las 10 y terminó a las 14.30 del día de ayer, bajo la presidencia de su máximo responsable, Luis María Díez-Picazo; el ponente fue el magistrado Pedro Yaqüe. 

Sorpresivo porque al menos que magistrados que votaron con la mayoría previsiblemente, por su trayectoria, se pensaba que iban a hacerlo con la minoría.

Sólo con que uno de ellos hubiera votado de forma diferente, el escenario habría sido otro.

La Sala Tercera tenía que pronunciarse sobre si el acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), tomado el 26 de mayo de 2016, por el que se volvía a nombrar a Miguel Pascual del Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM), vulneraba una sentencia de la misma Sala que había anulado la primera designación.

El primer nombramiento de Pascual del Riquelme se llevó a cabo en enero de 2015.

Alonso, entonces lo impugnó y la Sala de lo Contencioso Administrativo anuló, en consecuencia, ese nombramiento, argumentando que el CGPJ no había motivado bien la designación.

En el Salón de Plenos

La reunión de la Sala Tercera tuvo lugar, como suele ser habitual, en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo.

Durante la misma, los 32 magistrados hicieron uso de un turno de palabra individual.

Los de la mayoría, encabezados por Díez-Picazo, argumentaron que, en esta ocasión, el Consejo había razonado y motivado suficientemente el nombramiento de porqué consideraba que Pascual del Riquelme debía tener preferencia.

Para ellos, «las detalladas y elaboradas propuestas» contenidas en el programa de actuación del presidente del TSJM merecían una valoración extraordinariamente positiva frente a las de Alonso Saura, «escasas y genéricas».

La posición de la minoría fue muy crítica, sobre todo en las consideraciones previas.

Para estos, el planteamiento que se hacía, por parte de la mayoría, era que el Consejo podía establecer cuál era el mérito preferente en los nombramientos, lo que suponía convertir, de facto, en incontrolable al CGPJ.

Porque si es el Consejo el que determina en un caso que el mérito preferente es la antigüedad, en otro que el candidato ha escrito un artículo muy bueno, y en un tercero porque tiene experiencia internacional, el Supremo no tiene nada que decir.

Admitir esto suponía reconocer la discrecionalidad absoluta al Consejo y, por lo tanto, nadie lo puede controlar.

De acuerdo con estos, la preferencia está claramente en la ley, que dice que son los méritos que acreditan la excelencia en la actividad jurídica.

En este sentido, el grupo minoritario considera que es muy importante la redacción de la sentencia porque en función de cómo se haga, el papel de la Sala en este campo va a ser, en un futuro, relevante o del todo irrelevante.

Uno de los aspectos importantes que no se abordaron fue el de la preferencia femenina.

Díez-Picazo, contrariamente a cómo se solía hacer antes, no permitió que, tras el primer turno de palabra, el debate continuara, proponiendo la votación, con el resultado conocido.

A las 14.30 se levantó la sesión, con el resultado mencionado.

 

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