La Justicia avala el despido de una empleada que desatendió a los clientes por "darse el lote" con una persona

El TSJC declara nulo el despido de una trabajadora fija discontinua embarazada

2 / 07 / 2017 04:58

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo el despido de una trabajadora fija discontinua, al considerar que la razón por la que no fue contratada para la campaña de incendios de 2016 en La Gomera por la empresa TRAGSA fue su embarazo.

La trabajadora, que desempeñaba funciones como emisorista con la función de dar comunicación en los casos de conatos de incendios, trabajaba en turnos de mañana, tarde y noche, ha informado el sindicato CCOO.

Comisiones Obreras ha indicado que previamente ya había sido contratada por la misma empresa en tres ocasiones bajo la modalidad contractual de Obras y Servicios Determinados, y añade que cuando la trabajadora fue requerida en 2016 para la nueva campaña y se le comunicó que debía pasar el reconocimiento médico, se constató que estaba embarazada y, tras la evaluación, determinaron que no era apta para desempeñar el puesto de trabajo.

La defensa de la trabajadora, representada por CCOO, argumentó que su situación laboral era de fija discontinua y que su situación de embarazo fue el único motivo para que no se la contratara nuevamente.

La Sala de lo social del TSJC, que corrige una sentencia contra la trabajadora del juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife, ha fallado a favor de la mujer y ha declarado el despido nulo, por lo que obliga a Tragsa a reincorporarla, a abonar los salarios de tramitación y a indemnizarla con 3.000 euros por daños y perjuicios.

«Estamos ante una trabajadora fija discontinua que no está en situación de incapacidad, sino que está embarazada» y su única limitación sería el trabajo en el turno nocturno, algo que no justifica su no contratación, argumenta el tribunal.

Tragsa debió contratarla y aplicarle los artículos del convenio colectivo que prevén dispensas para el turno nocturno en el caso de embarazo.

El no contratarla supone un «despido tácito» por su situación de gestación, lo cual supone una discriminación que viola los derechos constitucionales, argumenta el tribunal.

Comisiones Obreras celebra y comparte el dictamen del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ante la discriminación que las mujeres sufren en sus puestos de trabajo o en acceso al mismo y en el que, ser madre o estar embarazada, puede ser sinónimo de despido, impedimento en la promoción laboral o acceso al empleo.

Noticias relacionadas:

Una trabajadora, indemnizada con 6.251 € por negarse a trabajar los sábados: la empresa la despidió, pero es nulo

Una firma «ausente» en el contrato supone el despido nulo, a pesar de no superar el periodo de prueba por «pasota»

La echan por “consumir droga” después de pillarle una tarjeta de crédito en el uniforme: el despido es nulo

Leroy Merlín, condenado a readmitir a una trabajadora a la que despidió porque le robaron 500 euros

El TSJ de Cataluña obliga a indemnizar al único trabajador excluido de la cesta y la cena de Navidad por reclamar sus derechos

Despedida después de su luna de miel: la empresa alegó problemas económicos, pero los números no salen

Lo último en Tribunales

CANTORNÉ

El adelanto electoral deja sin aforamiento a Cantorné y Moscoso y obliga al Supremo a decidir el futuro de sus causas

PLUS ULTRA

Calama cita a Verhoeven, señalado por la UDEF como gestor de la red de blanqueo vinculada al rescate de Plus Ultra

Baltasar Garzón, abogado de Fergie Chambers —en prisión preventiva en España por una solicitud de extradición de Estados Unidos—, sostiene que la reclamación estadounidense encubre una persecución política vinculada a su activismo propalestino.

La Audiencia Nacional mantiene en prisión a Fergie Chambers: su fortuna le permitiría huir a un país que no lo entregue a EEUU

Documentos legales ante la Audiencia de Girona

A juicio por poner su correo electrónico en el contrato de «leasing»: la comunicación es suficiente para acreditar el MASC

Las causas para la recusación y la abstención de un juez en una causa se encuentran perfectamente tasadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y –como ha señalado el Tribunal Supremo– han de ser interpretadas de forma estricta. La foto corresponde al grupo escultórico que culmina el Supremo, compuesto por la Ley, en el centro, flanqueada por la Justicia, a la izquierda, y el Derecho. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El adelanto electoral fuerza al Supremo a decidir ya sobre el voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’