trabajadora fractura despido nulo
La trabajadora ha defendido sus derechos ante los juzgados, que han reconocido que el despido durante su baja es nulo. Foto: Confilegal.

Despedir a una trabajadora tras romperse la mano es nulo, y no improcedente

10 / 04 / 2024 06:30

Actualizado el 10 / 04 / 2024 10:37

En esta noticia se habla de:

La trabajadora formaba parte del equipo de La Bufanda S.L. desde marzo de 2022. Un cargo de dependienta en el que no había recibido advertencia o queja ninguna por parte de sus superiores en el ejercicio de su trabajo. Algo que parecía mostrar que todo iba según lo previsto.

Sin embargo, todo cambiaba cuando la trabajadora avisaba a la compañía de que se había fracturado el escafoides. Un diagnóstico que se producía el 1 de mayo de 2022, en el servicio de Urgencias del Hospital del Mar.

Así pues, de forma sorpresiva, y apenas unos días más tarde, la empresa notificaba a la trabajadora «no haber superado el periodo de prueba». Y con ello, le concedía un total de 222 euros por indemnización, y 148 euros en concepto de finiquito.

Una decisión que la mujer, que recibió el alta médica en septiembre de ese año, decidió recurrir ante los tribunales.

En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº16 de Barcelona que, en fecha 31 de marzo de 2023, estimaba parcialmente la demanda interpuesta.

Así pues, en su sentencia, el juzgado declaraba el carácter improcedente del despido, condenando a la empresa a readmitir a la empleada. O, en su caso, a dar por extinguido el contrato, abonándole 245 euros más de indemnización.

Del mismo modo, el tribunal estipulaba que la empresa debía pagar a la empleada los salarios que había dejado de percibir desde que se hizo efectivo el despido, y hasta la recha de reincorporación.

La trabajadora consigue el despido nulo en los tribunales

Decisión del Juzgado de lo Social que provocaba que la trabajadora presentara un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

«Denuncia la recurrente la indebida calificación jurídica del acto extintivo», destaca el tribunal. Así pues, asegura la mujer que «el despido debe calificarse como nulo porque, en contra de lo que concluye la sentencia, fue instrumento que vehiculiza la voluntad empresarial de cercenar el derecho de la trabajadora a la igualdad por circunstancia de situación de enfermedad».

Un punto de vista que comparte el juzgado en el recurso de apelación. Así pues, el tribunal pone de manifiesto la cercanía entre el despido y la incapacidad temporal.

«El indicio de discriminación por razón de enfermedad de la demandante es claro», señala el tribunal. Algo ante lo que la empresa no ha aportado «ni alegación ni prueba alguna que justifiquen el despido».

Razonamiento que lleva al TSJ de Cataluña a estimar el recurso de apelación, entendiendo el despido como nulo. Y, del mismo modo, condena a la empresa a abonar una indemnización de 7.500 euros a la trabajadora.

Noticias relacionadas:

Mercadona, condenada a readmitir a una trabajadora embarazada después de despedirla por perder el móvil

Alegar «desidia» o «falta de compromiso», sin pruebas, no justifican el despido disciplinario en Dinosol Supermercados

El TSJ de Castilla y León declara nulo el despido de una trabajadora víctima de violencia de género con agorafobia

Camarera despedida durante una incapacidad temporal por ser diabética: la empresa usó un tinto de verano como excusa

Una empresa despide dos veces a la misma trabajadora en ocho meses y la Justicia vuelve a anular el despido

Una empresa, condenada a pagar 15.000 euros por despedir por SMS a una empleada de baja médica

Lo último en Tribunales

zapatero

Calama rechaza por ahora pedir a EE.UU. más información sobre el móvil del exconsejero de Plus Ultra

Hijas de Zapatero

Las hijas de Zapatero y su secretaria, citadas como investigadas en el caso Plus Ultra

10062024-ACIJUR-7-911x600

El Estado, condenado a pagar 2,5 millones de euros a Ahmed Tommouhi: pasó 18 años en prisión por dos violaciones que no cometió

Julián Pérez-Templado Jordán

Fallece Julián Pérez-Templado, expresidente del TSJ de Murcia

bolaños(1)

El Supremo no para la elección del juez español del TEDH, pero obliga a Bolaños a informar al Consejo de Europa de que hay pleitos en marcha