El TSJC DEFIENDE SU INDEPENDENCIA tras la polémica por la IMPUTACIÓN DE MAS

El TSJC rechaza la recusación de Puigdemont contra los 4 jueces que le investigan

19 / 09 / 2017 14:40

Actualizado el 10 / 06 / 2022 09:27

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado la recusación contra cuatro magistrados de este tribunal que presentaron el presidente de la Generaliat, Carles Puigdemont, y el conseller de Presidencia, Jordi Turull, que alegaron que estos jueces «no son imparciales».

En una resolución de este martes, la Sala Civil y Penal del TSJC asegura que esa recusación era un «burdo intento de burlar el derecho al tribunal natural predeterminado por la ley para acometer la investigación» y de evitar «que pueda darse la respuesta urgente que demanda en su querella el Ministerio Fiscal».

Y es precisamente, «por esta tosca instrumentalización y por su absoluta falta de fundamento, integra un verdadero supuesto abuso de derecho y de fraude procesal tributario de la inadmisión a trámite (art. 11.2 LOPJ)».

La recusación se dirigía contra los tres magistrados de la sala que admitió a trámite la querella de la Fiscalía contra el Govern por el referéndum —Jesús María Barrientos (presidente), Carlos Ramos y Francisco Valls— y la magistrada Mercedes Armas, como instructora de la misma.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) recuerda en su escrito que «es el órgano judicial al que le está encomendado de forma exclusiva decidir sobre la inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del Presidente y de los Consejeros del Gobierno de la Generalitat de Catalunya por los hechos delictivos que presuntamente cometieren dentro del territorio de la Comunidad Autónoma».

Así se dispone en el art. 70.2 del Estatuto de Autonomía de Catalunya (EAC), aprobado por la L.O. 6/2006 de 19 julio, que constituye la Norma básica y fundamental por la que se rige la Generalitat como “sistema institucional en que se organiza políticamente el autogobierno de Catalunya”, y al que se remite el art. 73.3.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)«.

Y, por lo tanto, según recuerda la Sala es «el tribunal predeterminado en tales supuestos (art. 24.2 CE), en los términos que describe el art. 6.1 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (CEDH), como tribunal “establecido por la ley”, o, más propiamente, el tribunal “establecido previamente por la ley”, al que se refiere el art. 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE)».

Además, el TSJC recuerda que «contrariamente a lo que se afirma en el escrito de recusación, no existe discrecionalidad», en la composición del tribunal investigador. Sino que se han «cumplidos los requisitos imprescindibles ―llevar 10 años en la categoría de magistrado, en el orden jurisdiccional civil o penal, y tener especiales conocimientos en derecho civil propio de la Comunidad Autónoma―, opera la regla del art. 330.1 LOPJ de preferencia por la antigüedad en el escalafón».

Noticias relacionadas:

El Supremo avala la destrucción de las urnas incautadas el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y rechaza entregárselas a Puigdemont

Opinión | La amnistía no es de aplicación a la malversión del «procés»

La Fiscalía y la Abogacía del Estado mandan un mensaje al Constitucional: la amnistía ampara la malversación

El TJUE anula la retirada de inmunidad a Puigdemont por las dudas sobre la imparcialidad de la Eurocámara

El Tribunal Constitucional mantiene las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig

La defensa de Puigdemont pide al TC suspender la orden de detención tras las conclusiones del abogado general del TJUE

Lo último en Tribunales

jubilación autónomo complemento maternidad

Cobrar la mitad de la pensión de jubilación por ser autónomo no «reduce» el complemento de maternidad

Real Madrid Santiago Bernabeu

El Real Madrid afronta tres frentes judiciales por el Bernabéu: conciertos, ruido y aparcamientos

desconexión digital

La letra pequeña de la desconexión digital: no es un apagón absoluto ni una barra libre

Guardia civil de espaldas.

No toda brecha acaba en multa: la AEPD archiva el caso de la Guardia Civil civil que afectó a los datos de 50.000 agentes

16/07/2026 Un hidroavión trabaja en las tareas de extinción del incendio de Lozoyuela, a 16 de julio de 2026, en Lozoyuela, Madrid (España). La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) ha activado la Situación Operativa 2 del Plan de Protección Civil contra Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA) ante un incendio registrado en el término municipal de Lozoyuela. El incendio se ha originado sobre las 16.00 horas en una zona de vegetación donde por el momento trabajan 10 dotaciones terrestres y seis medios aéreos de Bomberos de la Comunidad de Madrid en colaboración con Agentes Forestales.
POLITICA 
Mateo Lanzuela - Europa Press

Madrid se persona por primera vez como acusación popular en una causa por un incendio forestal