Mossos Puigdemont
El prófugo Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña, durante el acto público en el que actuó durante su regreso clandestino a Barcelona en 2024. Foto: EP.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado mandan un mensaje al Constitucional: la amnistía ampara la malversación

11 / 02 / 2026 14:51

Actualizado el 11 / 02 / 2026 14:52

En esta noticia se habla de:

La Fiscalía y la Abogacía del Estado acaban de enviar un mensaje nítido al Tribunal Constitucional (TC): la ley de amnistía incluye el delito de malversación y, por tanto, debe aplicarse al expresidente catalán Carles Puigdemont.

Ambas instituciones han solicitado al TC que estime el recurso de amparo presentado contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de excluirle de la amnistía por los hechos vinculados al procés.

En sendos escritos, a los que ha tenido acceso Europa Press, tanto el Ministerio Público como los servicios jurídicos del Estado discrepan abiertamente del criterio sostenido por el Supremo y defienden que el Constitucional corrija esa interpretación, al considerar que vulnera derechos fundamentales del dirigente de Junts.

El Ministerio Fiscal solicita que el TC declare vulnerados los derechos de Puigdemont a la tutela judicial efectiva, a la libertad personal y a la participación política.

Los fundamentos del Supremo

El Tribunal Supremo fundamentó su negativa a aplicar la amnistía en dos de las excepciones previstas en la propia ley: que la malversación se cometiera con ánimo de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial y que las conductas hubieran afectado a los intereses económicos y financieros de la Unión Europea.

Una lectura que la Fiscalía considera incompatible con el sentido y la finalidad de la norma.

El Ministerio Fiscal solicita que el TC declare vulnerados los derechos de Puigdemont a la tutela judicial efectiva, a la libertad personal y a la participación política.

Asimismo, pide retrotraer las actuaciones al momento anterior al auto dictado en julio de 2024, cuando el Supremo declaró no aplicable la amnistía al delito de malversación de caudales públicos por el que están procesados Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig.

En ese sentido, la Fiscalía reclama que se dicte una nueva resolución “plenamente respetuosa con el derecho fundamental vulnerado”, teniendo en cuenta la afectación directa a derechos fundamentales sustantivos.

A su juicio, no puede considerarse razonable, desde la óptica de la tutela judicial efectiva, una interpretación que se aparta “absolutamente” de la razón de ser y del contexto —inevitablemente político y público— de la ley de amnistía, y que además incurre en lagunas argumentales y contradicciones lógicas “tan extremas como insalvables”.

El Ministerio Público subraya que la obligación de interpretar la norma de forma favorable al procesado responde al deber judicial de no extender las consecuencias penales de una conducta más allá de los límites objetivos y temporales fijados por el legislador.

Con estos escritos, Fiscalía y Abogacía del Estado colocan la decisión en manos del Constitucional y le trasladan un mensaje inequívoco: la amnistía fue diseñada para amparar también la malversación vinculada al procés, y cualquier interpretación que la excluya se aparta del mandato del legislador.

La Abogacía del Estado, también

En la misma línea, la Abogacía del Estado también ha pedido al Constitucional que estime el recurso de amparo, al considerar que las resoluciones impugnadas han vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva. Los servicios jurídicos del Estado recuerdan que la ley de amnistía, ya avalada por el propio TC, “manifiesta su claro propósito de amnistiar las conductas realizadas por el demandante de amparo”.

Según la Abogacía, la interpretación que hace el Supremo de los requisitos de exclusión —tanto en lo relativo al beneficio patrimonial personal como a la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea— conduce a una inaplicación de la amnistía “inmotivada e irrazonable”.

Una interpretación excluyente que, insisten, carece del grado de motivación exigible y vulnera el derecho a obtener una tutela judicial efectiva.

Con estos escritos, Fiscalía y Abogacía del Estado colocan la decisión en manos del Constitucional y le trasladan un mensaje inequívoco: la amnistía fue diseñada para amparar también la malversación vinculada al procés, y cualquier interpretación que la excluya se aparta del mandato del legislador.

Noticias relacionadas:

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

Opinión | El Tribunal Constitucional no le puede decir al Tribunal Supremo cómo aplicar e interpretar la ley

Como ya avanzó en su escrito de defensa el abogado de Begoña Gómez, Jaime Campaner, ha pedido el archivo de la causa

Caso INASSA: la Justicia juzga 25 años después una compra avalada por informes técnicos

Peinado da 7 días al nuevo abogado de Begoña Gómez para presentar su escrito de defensa

La exalcaldesa de Campillo de Arenas, Jaén, condenada por apropiarse con la tasa del mercadillo municipal

Lo último en Tribunales

Una mala carta de despido libra a un trabajador de Carrefour de la extinción laboral: hizo la vista gorda ante un hurto

Carrefour, condenada a indemnizar con 1.200 euros a una mujer que se resbaló al entrar

Villarejo

La Policía no halla en los audios de Villarejo conversaciones con Cospedal que aporten indicios de delito

acoso

«Cada vez más guapa» o «deberías maquillarte más»: acoso disfrazado de piropo que acaba en despido

Macarena

La echan por “consumir droga” después de pillarle una tarjeta de crédito en el uniforme: el despido es nulo

campamento inmigrantes ceuta

La Audiencia Nacional rechaza paralizar el campamento para migrantes en el Puerto de Ceuta