La jueza Lamela asumirá la denuncia por sedición de los incidentes de Cataluña al ocurrir en su guardia

La jueza Lamela asumirá la denuncia por sedición de los incidentes de Cataluña al ocurrir en su guardia

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25/9/2017 14:57
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Actualizado: 02/8/2018 13:50
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La denuncia por sedición presentada por la Fiscalía por los incidentes de Cataluña del pasado 20 y 21 de septiembre corresponde finalmente a la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia NacionalCarmen Lamela, al ser ella la que estaba de guardia cuando se registró la denuncia.

Según informan fuentes jurídicas, el juez decano de los Juzgados de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, advirtió de que se habría producido un error al enviar a reparto la denuncia y recaer en un primer momento en el magistrado Ismael Moreno, quien estuvo al frente de la causa de los titiriteros.

La denuncia compete a la juez dado que se interpuso los días en los que estaba de guardia.

La magistrada, que ahora tiene que decidir si la admite o no a trámite, es la que ha estado al frente de investigaciones como la de las agresiones a dos guardias civiles de Alsasua (Navarra), causa en la que acabó procesando a ocho personas, seis de las cuáles se enfrentan a una petición de la Fiscalía de 50 años de cárcel por lesiones terroristas.

Además de temas de terrorismo, Lamela instruye también casos de corrupción como el que afecta al expresidente del Barça Sandro Rosell, al que envió a prisión el 25 de mayo acusado de quedarse con 6,5 millones de euros de la venta de derechos audiovisuales de 24 partidos amistosos de la selección brasileña de fútbol, que luego blanqueó en Andorra.

Carmen Lamela llegó a la Audiencia Nacional al quedar vacante la plaza del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional tras la marcha a París como juez de enlace de Javier Gómez-Bermúdez, al que inicialmente, y de forma temporal, sustituyó el magistrado Juan Pablo González hasta que éste accedió a la Sala de lo Penal.

IMPULSO DE REFERÉNDUM INDEPENDENTISTA

En su denuncia, la Fiscalía atribuye esta conducta delictiva a las «personas que han inducido, sostenido o dirigido» los incidentes de la pasada semana pero también a la «existencia de un concierto de voluntades entre personas o entidades, públicas o privadas» que con sus actos hayan impulsado movilizaciones o «movimientos populares para imponer en referéndum».

En el texto se pide al juez que abra actuaciones por estos hechos y que dirija oficio a la Guardia Civil para que elabore un atestado con «todas las actuaciones llevadas a cabo para impedir la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad» en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el juez de instrucción número 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer.

JURISPRUDENCIA DE 1980

Todos estos hechos son, «en principio», constitutivos de un delito de sedición, a la que se refiere el fiscal Carballo como «forma colectiva y tumultuario de alzamiento, ‘rebelión en pequeño’ y que queda consumado «cuando el alzamiento haya producido el peligro objetivo para la consecución de esos fines sediciosos», según fijó en sentencia el Tribunal Supremo en octubre de 1980.

Según afirmaba en su denuncia el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, «La finalidad última de estas movilizaciones es conseguir la celebración del referéndum para conseguir la proclamación de una república catalana independiente de España, siendo conscientes de que desarrollan una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamiento jurídico en su conjunto, y en particular, de la norma fundamental de todos los españoles, la Constitución». (CONFILEGAL/EP)

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