Ocho años. Ochenta y tres prórrogas de un secreto que la ley pensó para durar un mes. Un informe de la Guardia Civil que exculpa a los investigados y que tarda meses en salir del cajón. Y una competencia territorial que descansa, según denuncian las defensas, en un correo electrónico encontrado casi por casualidad.
La causa que instruye el magistrado Rubén Rus Vela en Tarragona —con la fiscal Carmen García Cerdá al frente de la acusación desde Anticorrupción— no es una causa cualquiera.
El caso Equipo Económico investiga a un despacho fiscal ligado al exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, por presuntas irregularidades en reformas normativas de 2014-2018.
Afecta a 28 personas físicas y 6 personas jurídicas, notificadas de su condición de investigadas el 16 de julio de 2025. Y arrastra, según sus propios protagonistas, una acumulación de anomalías procesales que ponen en cuestión las garantías básicas del procedimiento.
Las defensas denuncian indefensión y una instrucción desproporcionada. Vayamos por partes. Porque aquí hay mucho que desgranar.
Un secreto que se prorrogó 83 veces
El artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es claro: el secreto de sumario dura un mes, prorrogable, sí, pero con motivación específica cada vez.
En este caso, el auto de 2 de agosto de 2018 abrió esa vía y no se cerró hasta el 19 de junio de 2025.
Casi siete años. Ochenta y tres prórrogas mensuales que, denuncian los investigados, se dictaron sin justificación especial.
Un hecho, sostienen, inaudito en la historia reciente de la Justicia española.
¿Por qué Tarragona?
Aquí empieza lo verdaderamente llamativo. De todas las sociedades investigadas, solo una tiene sede en Tarragona.
El resto de los hechos presuntamente delictivos se habrían cometido en Madrid: allí está la Asociación de Fabricantes de Gases Industriales, allí el despacho Equipo Económico, allí los funcionarios de Hacienda implicados.
La conexión con Tarragona que esgrimen magistrado y fiscal se reduce, según las defensas, a un correo electrónico hallado en el ordenador de una empresa de la provincia.
Nada más.
El origen: un «hallazgo casual» en pleno procés
La causa nace de un registro de los Mossos d’Esquadra en 2017, en una empresa gasista de Tarragona, dentro de una investigación medioambiental que nada tenía que ver con esto.
Allí apareció un correo de Rubén Folgado, director técnico de una planta de Messer Ibérica de Gases, que mencionaba contactar con «este equipo económico que tiene contacto directo con el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro».
El correo, por sí solo, no acreditaba delito alguno. Aun así, se etiquetó como «hallazgo casual» y los Mossos abrieron —por su cuenta, sin autorización judicial, según denuncian los investigados— una investigación de cinco meses que no encontró ninguna irregularidad.
Luego vendrían un segundo y un tercer «hallazgo casual» en registros de 2019.
El contexto no es un detalle menor: a finales de 2017 estaba vigente el artículo 155 de la Constitución.
Las cuentas de la Generalitat estaban intervenidas por el Ministerio de Hacienda que dirigía Cristóbal Montoro, el investigado más mediático de toda la causa.
El informe que exculpaba y que tardó meses en aparecer
Aquí está, quizá, el punto más delicado. La UCO de la Guardia Civil cerró en febrero de 2025 un informe tras dos años de seguimiento de los honorarios cobrados por el despacho: 516 cuentas rastreadas, cruce con las declaraciones fiscales presentadas por el propio despacho y por terceros.
La conclusión fue rotunda —y favorable a los investigados—: el dinero se destinó a gastos normales del despacho y a la retribución de los socios, «sin que se haya identificado una derivación de estos fondos».
El propio magistrado citó ese informe en varios autos para justificar el mantenimiento del secreto, lo que da cuenta, sostienen las defensas, de la relevancia que él mismo le atribuía.
Y sin embargo, cuando se levantó el secreto el 16 de julio de 2025, ese informe no estaba en los tomos entregados a los investigados.
Permanecía en el tomo 19, que siguió bajo secreto sin motivo aparente pese a que el informe estaba listo desde febrero. Para cuando se desclasificó, días después, los medios ya habían publicado sus informaciones sin conocer que la Guardia Civil exculpaba a los investigados.
Siete meses sin enviar los recursos a la Audiencia
La ley obliga a presentar los recursos de apelación ante el mismo juez cuya decisión se recurre, que debe darles traslado y remitirlos a la Audiencia Provincial.
Desde julio de 2025 se presentaron numerosos recursos. El instructor no remitió ninguno a la Audiencia de Tarragona hasta febrero de 2026 —siete meses después, y solo algunos—. Los investigados hablan de indefensión total.
Y señalan una coincidencia que consideran reveladora: esa remisión tardía llegó justo cuando uno de los investigados presentó, ese mismo mes, un recurso directo ante la Audiencia sobre la incompetencia territorial del juzgado, un recurso que por ley no tiene que pasar por el instructor.
Ocho años sin tomar declaración a nadie
Han pasado casi ocho años desde la apertura del procedimiento y el magistrado Rus todavía no ha citado a declarar a los socios de Equipo Económico.
Los afectados sostienen que su reputación personal y la imagen del despacho se han visto dañadas por informaciones parciales, sin que hayan podido dar su versión ante el juzgado.
El prolongado secreto, denuncian, ha agravado esa indefensión: ha permitido que se acumularan informes de la Fiscalía y de otros órganos con apreciaciones que consideran erróneas y sesgadas, sin que pudieran conocerlas ni rebatirlas.
Ante la falta de citación, los investigados presentaron dos informes periciales elaborados por Juan Manuel Herrero, abogado del Estado en excedencia, tras revisar toda la documentación del expediente. Sus conclusiones defienden la legalidad de las actuaciones analizadas durante la instrucción.
Veinte años de cuentas bancarias bajo la lupa
Las modificaciones normativas cuya legalidad se examina en la causa son de 2014 y 2018. Pese a ello, el juez ha ordenado investigar movimientos bancarios entre 2006 y 2026, incluidos los de personas ajenas formalmente al procedimiento.
Los afectados consideran esa ampliación desproporcionada y advierten de que convierte la instrucción en una indagación prospectiva —figura proscrita en el proceso penal español, que exige indicios previos y no una búsqueda general de delitos—.
Denuncian, además, que esta nueva línea de investigación prolonga aún más una causa que ya sufre, a su juicio, una intensa «pena de banquillo»: el desgaste personal y profesional de años bajo sospecha sin acusación formal ni resolución.
Filtraciones sin investigar
Los investigados supieron de la causa en octubre de 2023, cuando medios catalanes de amplia difusión publicaron información del sumario, reproducida después por medios nacionales, pese al secreto vigente.
El artículo 417 del Código Penal castiga la revelación de información reservada por autoridad o funcionario público con multa, inhabilitación o prisión, según los casos.
Los afectados sostienen que el magistrado debería haber promovido una investigación sobre el origen de esas filtraciones, y que no lo hizo.
A su juicio, este episodio se suma a otros factores que habrían agravado el perjuicio reputacional: la rapidez con la que ciertas actuaciones llegan a los medios; el retraso en la incorporación del informe de la UCO; la negativa del juez a unificar las acusaciones populares, algunas de las cuales, sostienen, utilizan la causa con fines políticos; y la falta de depuración de documentación sin interés penal, como el modelo tributario 347 con la relación de clientes del despacho, que terminó en los medios, o datos patrimoniales y tributarios estrictamente personales.