El Supremo fija que la Administración pueda sancionar por cláusulas abusivas sin aguardar la sentencia

27 / 10 / 2017 14:10

Actualizado el 27 / 10 / 2017 14:11

El Tribunal Supremo fija como doctrina legal que la Administración tiene potestad para sancionar la utilización de cláusulas abusivas en los contratos con consumidores y usuarios “sin necesidad de previa declaración judicial del orden civil” sobre la abusividad de dichas cláusulas.

En concreto, la sentencia del TS sostiene que «La Administración puede sancionar la utilización de cláusulas abusivas en los contratos con consumidores y usuarios en aplicación de los tipos infractores previstos en Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en relación con los artículos 82 y 85 a 90, sin necesidad de previa declaración judicial del orden civil«.

Así lo ha decidido en una sentencia en la que estima un recurso en interés de la Ley presentado por la Junta de Andalucía contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló cuatro multas impuestas por la Secretaría General de Consumo andaluza a Unicaja por cláusulas abusivas.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso, determina que la doctrina que había seguido el Tribunal Superior andaluz «es errónea y gravemente dañosa para el interés general», al interpretar no sólo una Ley andaluza sino también el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

El TSJ andaluz entendió que la aplicación de las sanciones administrativas previstas por la Ley andaluza 13/2003 de Defensa de los Consumidores, cuando tipifican como infracción introducir cláusulas abusivas en contratos como préstamos hipotecarios o de apertura de cuentas y libretas de ahorro, necesita una previa declaración de que la cláusula es abusiva por parte de un Juzgado Civil.

Sin embargo, para el Supremo, “la doctrina que sienta la sentencia recurrida desapodera a la Administración de la potestad sancionadora en la materia de consumidores y usuarios, concretamente en una actividad tan sensible como la introducción de cláusulas abusivas».

Dicho de otro modo, «cuando la sentencia remite, para la fijación del carácter abusivo de las cláusulas, a una previa declaración de la jurisdicción civil, se está bloqueando la aplicación del catálogo de infracciones que describe el Texto Refundido Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, además de la Ley andaluza citada”.

El alto tribunal subraya que la Ley General para la Defensa de los Consumidores no impone “esa suerte de prejudicialidad civil que se infiere de la sentencia recurrida, para el ejercicio de la potestad sancionadora, toda vez que el ilícito administrativo que castiga, la introducción de cláusulas abusivas, es título suficiente para ejercer la potestad sancionadora”. Ello sin perjuicio, añaden los magistrados, de que, como es natural, la sanción impuesta pueda ser luego impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, que será el que se pronuncie sobre la legalidad de la sanción y por ello sobre el carácter abusivo de la cláusula, exclusivamente a esos efectos sancionadores.

El Supremo destaca además que la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993europea sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores tampoco atribuye ese filtro al juez civil para el ejercicio de la potestad sancionadora, sino que considera de manera amplia los modos para impedir o corregir el uso de cláusulas abusivas.

El tipo de recurso empleado por la Junta, denominado “en interés de la Ley”, tiene la finalidad de impedir que resoluciones judiciales que expresan una doctrina errónea y gravemente dañosa para el interés general, se consoliden y reiteren en casos iguales o semejantes, según explica la sentencia.

El Supremo subraya al respecto en su fallo que la doctrina legal fijada ahora por el alto tribunal es la que vincula a todos los jueces y tribunales inferiores en el orden contencioso-administrativo.

Por otro lado, en este tipo de recursos en interés de Ley se respeta la situación jurídica particular derivada del fallo de la sentencia recurrida del TSJ andaluz, que anuló la multa de 81.000 euros impuesta a Unicaja Banco por cuatro infracciones muy graves por introducir cláusulas abusivas en diferentes contratos.

«Esta sentencia se publicará en el Boletín Oficial del Estado y a partir de su inserción en él vinculará a todos los Jueces y Tribunales inferiores en grado de este orden jurisdiccional«, concluye el fallo.

sentencia sanciones administrativas cláusulas abusivas

Noticias relacionadas:

Un camionero, despedido estando de baja médica por vértigos: le sorprendieron con su coche y de ruta con la bici

Un opositor vence al SAS después de que se negara a valorar dos actividades formativas como méritos válidos

Sabadell, condenado por imponer en una hipoteca tres seguros, y una comisión de impago de 35 euros

El CGPJ planta cara a Justicia: exige una reunión urgente tras el veto a los refuerzos que dejará sin resolver 12.470 asuntos sobre cláusulas abusivas

Una comisión de apertura del 2% en una hipoteca, nula por desproporcional, aunque sí fuera transparente

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Lo último en Tribunales

Julio Martínez y María Dolores Márquez de Prado.

El socio de Zapatero, Julio Martínez, atribuye al expresidente labores de mediación en el rescate de Plus Ultra

El TC abordará el conflicto por la reforma penal y retomará el debate sobre la amnistía. Foto: Confilegal.

El Constitucional fija para el 22 de septiembre el inicio del debate sobre la amnistía a los condenados del ‘procés’

Miguel Ángel Rodríguez, tras su declaración en el TS: "Creo que el FGE debe ser juzgado y condenado de manera ejemplar"

El PSOE recurre el archivo de la causa contra Miguel Ángel Rodríguez y pide reabrir la investigación

estandard ia para abogados

El TSXG fija el primer estándar judicial sobre el uso de la IA por los abogados

La Fiscalía pide cinco años y medio de cárcel para una madre que se apropió de 81.500 euros de su hija, que padece una enfermedad mental

La Audiencia de Madrid avala el burofax y las diligencias preliminares para interrumpir la prescripción en casos de responsabilidad sanitaria