El Constitucional tumba la pretensión del exjuez Serrano de reingresar en la carrera judicial

El juez Francisco Serrano ya se puede incorporar a la carrera judicial, ahora debe concursar

21 / 12 / 2017 14:37

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy el reingreso al servicio activo del magistrado Francisco Serrano, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó su rehabilitación tras haber cumplido una condena por prevaricación siendo juez en Sevilla.

El alto tribunal ha decidido su rehabilitación, una vez cumplida la condena a dos años de inhabilitación especial para cargo público que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía como autor de un delito de prevaricación judicial, informa el CGPJ.

La sentencia del Supremo anuló por no ser conforme a derecho el acuerdo de la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, que rechazó la petición de rehabilitación formulada por Serrano al considerar que la pena de inhabilitación especial que le fue impuesta suponía la privación definitiva del cargo de magistrado.

Ahora deberá concursar

Una vez acordado el reingreso al servicio activo, el magistrado tiene el deber de participar en cuantos concursos se anuncien para la provisión de plazas de su categoría, solicitando todas las vacantes que se ofrezcan hasta obtener destino en propiedad.

Serrano era juez de primera instancia de Sevilla y, como tal, prolongó durante dos días el periodo de estancia de vacaciones de un menor con su padre, con el fin de que el niño pudiera salir en la madrugada del Viernes Santo como paje de una cofradía.

La decisión fue adoptada sin dar audiencia a la madre, al aceptar el juez la medida cautelar solicitada por el abuelo del menor y tras expresar el niño su deseo de participar en la procesión.

Como consecuencia de la querella presentada por la madre del niño, el juez Serrano fue condenado a 2 años de inhabilitación como autor de un delito de prevaricación culposa, pues se entendió que había actuado sin competencia y obviando las medidas familiares fijadas por un juzgado de Violencia de Género.

El Supremo revisó aquella primera condena y endureció la pena.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional Constitucional, más tarde, amparó al ex juez de familia de Sevilla y anuló la condena del Supremo. Sin embargo, hizo firme la sentencia del tribunal andaluz, también condenatoria pero menos dura.

Sobre la base de esa condena del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y por más que la pena más dura impuesta por el Supremo hubiera resultado anulada, la Comisión Permanente del CGPJ entendió que Serrano había perdido su condición de magistrado.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo acordó su rehabilitación como magistrado, anulando, por no ser conforme a derecho, el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 2 de marzo de 2017 que rechazó la petición de rehabilitación a la carrera judicial formulada por Serrano.

Dicho acuerdo estableció también que si deseaba ingresar en la carrera judicial tendría que hacerlo mediante la superación de cualquiera de los modos de ingreso, como cualquier otro ciudadano.

Pero por otro lado, el Tribunal Supremo sí rechazó la petición del magistrado para que se le reconocieran todos sus derechos económicos y administrativos.

La prevaricación, el delito más grave para un juez

La Sala recuerda también que el delito de prevaricación es uno de los más graves que pueda cometer un miembro de la Carrera Judicial en cuanto quiebra la esencia del Poder Judicial y la conducta mínimamente exigible a quien lo encarna, pero, añade, que tampoco puede obviar la diferencia sustancial entre el delito del artículo 446 del Código Penal, prevaricación dolosa, y el de prevaricación culposa del artículo 447 del Código Penal.

En noviembre de 2016 el juez había solicitado su reincorporación a la carrera judicial como magistrado de una la sentencia del Tribunal Constitucional que, según él interpretaba, le rehabilitaba como juez.

Serrano, que ejerce ahora como abogado en un despacho sevillano, solicitaba también que se le abonaran los salarios dejados de percibir desde que “debió ser rehabilitado como magistrado” -desde el 28 de agosto de 2013–, más los intereses legales que procedan, “en virtud de lo acordado” en la sentencia del Tribunal Constitucional.

En dicha ocasión, Serrano lamentó el “calvario y la travesía en el desierto” sufridos tras ser inhabilitado tres meses después de haberse manifestado “en contra de un determinado concepto ideológico”, añadiendo que “nadie en España, ningún juez ni ningún ciudadano, tiene que ser perseguido por razón de pensamiento”.

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