El Tribunal Supremo alemán anula un crédito multidivisa de un ayuntamiento

El Tribunal Supremo alemán anula un crédito multidivisa de un ayuntamiento

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09/2/2018 11:55
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Actualizado: 02/8/2018 13:34
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El Tribunal Supremo alemán ha condenado a un banco a indemnizar a un pequeño ayuntamiento de Renania, de 18.000 habitantes, por los sobrecostes incurridos como consecuencia de un préstamo multidivisa. La sentencia de 19 de diciembre de 2017 recuerda que en los casos de asesoramiento financiero el banco está obligado “a informar de las desventajas y riesgos” de la operación.

“No se señaló expresamente la ausencia de límite en la tasa de interés y se minimizó el riesgo de tipo de cambio de la política del Banco Nacional Suizo”, señala la sentencia que afea que “sólo se remarcaran los beneficios del préstamo en comparación a los préstamos existentes”.

Para Navas & Cusí, la sentencia puede ser muy relevante en la medida en que esta jurisprudencia termine llegando a España. “Técnicamente la sentencia del Supremo alemán no nos afecta, pero la filosofía del Supremo alemán siempre nos termina llegando como ha ocurrido en cuestiones anteriores. Y es muy relevante porque abre la puerta de la reclamación a personas jurídicas y entidades públicas afectadas por los créditos multidivisas”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho bancario y financiero.

El caso en cuestión se trata de un préstamo de 3 millones de euros “indexado” a francos suizos a 38 años. La retribución del 3,99% pactada es mucho más atractiva que el 6% de los préstamos anteriores. Sin embargo, la retribución en los primeros 20 años de vida del préstamo podía elevarse en función de la cotización del franco suizo. De hecho, después de que el Banco Nacional Suizo llegara a permitir la libre fluctuación de la moneda el tipo de interés llegó a dispararse al 18,99%, una tasa calificada como “inmoral” por parte del ayuntamiento.

Ni el tribunal de primera instancia ni el tribunal de apelación habían aceptado la argumentación del ayuntamiento. Sin embargo, el Tribunal Federal de Justicia anuló el falo de apelación y remitió el caso al Supremo que ahora dictamina que en los casos de asesoramiento financiero los bancos deben de advertir de los riesgos a sus clientes, aunque estos sean compañías o administraciones públicas.

El Supremo alemán ordena al tribunal de apelaciones que rehaga la sentencia con este nuevo criterio y que calcule el daño producido por el que debe de indemnizar al pequeño ayuntamiento de Westfalia del Norte.

“En España hay también muchas pymes y empresas no tan pymes entrampadas con préstamos multidivisas que podrían verse beneficiados si nuestro Supremo asumiera el mismo criterio; desde Navas & Cusí así lo defendemos porque en la mayoría de las ocasiones, la colocación fue defectuosa”, concluye el socio-director de navascusi.com

Adjuntamos nota de prensa del Supremo alemán: http://juris.bundesgerichtshof.de/cgi-bin/rechtsprechung/document.py?Gericht=bgh&Art=en&Datum=Aktuell&nr=80396&linked=pm

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