El fiscal eleva a 30 años su petición de cárcel para el descuartizador de Majadahonda

La Fiscalía pide mantener la condena de 27 años para el descuartizador de Majadahonda

7 / 03 / 2018 06:05

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:34

La Fiscalía ha solicitado que se mantenga la condena de 27 años, tres meses y un día de prisión a Bruno Hernández Vega, el descuartizador de Majadahonda, por el asesinato de su tía y de una inquilina.

La fiscal ha hecho esta petición ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la vista del recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, según ha informado la Fiscalía de la Comunidad de Madrid.

El fallo de la Audiencia  consideró probado  que después de asesinar a ambas mujeres trituró sus cuerpos, aún no encontrados, en una picadora industrial de carne que tenía en su sótano y le condenó por dos delitos de homicidio, estafa, falsedad documental y tenencia ilícita de armas.

Según la defensa de Hernández Vega ha alegado, entre otros motivos para pedir la anulación de la sentencia, que debe tenerse en cuenta que «sus capacidades estaban anuladas» en ambos crímenes por la esquizofrenia que padece.

La fiscal ha planteado que el acusado padeciera una esquizofrenia paranoide no acredita en modo alguno que dicha enfermedad tuviera una relación «directa» con los homicidios dolosos o que anulara sus facultades mentales, con lo que no procede aplicarle la eximente completa.

También ha defendido el abogado del reo que el veredicto del jurado no es válido porque algunos miembros suplentes habían participado no sólo en las deliberaciones del fallo, sino también en el debate y la adopción del veredicto.

En este sentido, la fiscal ha aportado una certificación de la letrada de la Administración de Justicia donde se garantiza que ninguno de los miembros suplentes del jurado había tomado parte en las actividades denunciadas por la defensa.

Por último, ha reiterado que la entrada y registro en el domicilio del acusado se hizo con la correspondiente autorización judicial y que por tanto no se puede declarar nula dicha prueba ni las que se practicaron con posterioridad.

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