Once días en prisión, 6 meses en libertad provisional y después retirada de cargos porque el delito estaba prescrito

Once días en prisión, 6 meses en libertad provisional y después retirada de cargos porque el delito estaba prescrito

30 / 05 / 2018 06:15

Actualizado el 30 / 05 / 2018 10:20

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Hassan E.A., de 51 años, belga de nacimiento, fue detenido el 2 de diciembre de 2017 en el aeropuerto de Sevilla cuando regresaba de Bruselas, tras recibir tratamiento por un cáncer que padece. Aunque continúa teniendo residencia en Bélgica, ahora vive en la capital hispalense, con su familia.

La interceptación se produjo en un control extraordinario, ya que entre España y Bélgica hay libertad de movimiento.

A la policía se le encendieron las alarmas cuando le pidieron la documentación, al hacer la comprobación rutinaria.

Sobre Hassan E.A. había una orden europea de detención cursada a través de Europol el 26 de octubre de 2009, por orden de la Fiscalía General del Rey de Marruecos por un supuesto delito de tráfico de drogas.

Hassan E.A. fue conducido a la prisión de Puerto 3, en Cádiz, donde permaneció recluido durante 11 días -8 más de los 3 estipulados por la Ley de Enjuiciamiento Criminal- hasta que se produjo una vistilla por videoconferencia, entre el penal y la Audiencia Nacional, que presidió el magistrado Santiago Pedraz. 

La Audiencia Nacional es la competente para todo el territorio en lo relativo a extradiciones y también a órdenes europeas de detención.

«Desde el minuto uno argumenté que el delito estaba prescrito porque los hechos por los que Marruecos lo reclamaba habían sucedido en 1997. Hacía 21 años. La fiscal del caso se obcecó en pedir prisión incondicional sin fianza. Decía que lo veía claro, muy claro», relata su abogado defensor, Juan Gonzalo Ospina. 

El magistrado Pedraz, por el contrario, lo puso en libertad provisional con la obligación de presentarse cada semana ante los Juzgados de Sevilla.

El procedimiento siguió su curso.

El Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2018 acordó la continuación por vía judicial de la extradición extradición.

Y 7 días más tarde, el 9 de febrero, tuvo lugar la comparecencia preceptiva ante la Audiencia Nacional de investigado y su abogado defensor, en la que El Achab se opuso a la extradición.

Ahí tampoco se paró el tren.

El caso pasó al tribunal presidido por Alfonso Guevara y compuesto por los magistrados Antonio Díaz Delgado y Clara E. Bayarri García. Fue el 10 de mayo pasado.

Guevara, Díaz Delgado y Bayarri García lo vieron claro desde el minuto uno.

Como el abogado Ospina.

Los delitos por los que se buscaba a Hassan E.A. estaban prescritos, por lo que le dieron la razón a Ospina.

Pero no sólo eso.

Cuando Marruecos lanzó la orden de búsqueda y captura, en 2009, hacía dos años que estaban prescritos.

De acuerdo con la legislación española, ese delito prescribe a los 10 años (artículo 131 del Código Penal). Si los hechos por los que se le buscaba al belga-marroquí se remontaban a 1997, la fecha tope para pedir su detención era 2007 y no 2009, que fue cuando se llevó a cabo.

«El Ministerio Fiscal reconoció finalmente que el delito de mi defendido había prescrito. Y el tribunal ordenó la libertad de mi cliente. ¿Por qué se empecinó la Fiscalía con seguir adelante con el proceso de extradición? El sistema judicial no ha funcionado bien en este caso, y hay que decirlo alto y claro», afirma Ospina.

«No me vale con que mi cliente recuperara su libertad. Porque se pasó 11 días en la cárcel, que no tenía porqué. Y luego 6 meses más bajo control judicial, hasta que el tribunal concluyó que el delito por el que había sido detenido había caducado dos años antes de que se lanzara la orden internacional de búsqueda y captura», añade.

«¿Tan difícil es leerse los documentos? ¿Tan difícil es entender lo que hay escrito? Lo dijimos desde la vistilla de la videoconferencia. Desde el minuto 1 de este caso. Estas cosas no pueden ocurrir en un sistema judicial y en un estado de derecho como el nuestro», dice el abogado.

«Esta una historia del tercer mundo. Y da miedo».

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