Una iniciativa del PP podría abrir la puerta a la reforma del impuesto de plusvalía en el Parlamento

Una iniciativa del PP podría abrir la puerta a la reforma del impuesto de plusvalía en el Parlamento

1 / 06 / 2018 05:59

Actualizado el 21 / 04 / 2021 14:53

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El Pleno del Congreso de los Diputados acordó este martes tomar en consideración una proposición de ley impulsada por el PP para modificar el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y otras normas tributarias, de manera que los ciudadanos no tengan que pagar Impuesto de Plusvalía Municipal si no se produce un aumento del valor en la venta de un inmueble.

La iniciativa del PP, que salió adelante por 236 votos a favor, 34 en contra y 70 abstenciones, viene a dar respuesta a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos de dicha ley «en la medida que se someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor».

Por ello, con esta proposición de ley los populares buscan actuar en el sentido marcado por el TC al introducir un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en los que el sujeto pasivo acredite que no ha obtenido un incremento de valor en la venta.

La portavoz de Hacienda del PP en el Congreso, Ana Madrazo, apeló a la responsabilidad de todos los grupos, sobre todo del PP, para sacar adelante esta iniciativa «lo antes posible» porque es «buena para todos». Madrazo recordó que se trata de una medida que afecta a la financiación de las corporaciones locales y reclamó el respaldo a la misma porque «existe el consenso previo de los ayuntamientos, que han dado su apoyo» al texto.

Para la  socialista Susana Sumelzo aseguró que la iniciativa «llega muy tarde» y los ayuntamientos y los ciudadanos han estado en una situación de «indefensión». Pese a las críticas, la diputada del PSOE dijo que votarán a favor porque «se despeja inseguridad jurídica». Además, destacó la necesidad de impulsar alguna medida para compensar a los ayuntamientos por la pérdida de recursos que supone este cambio. 

 Josep Vendrell, de Unidos Podemos, señaló que observan una serie de problemas en la propuesta del PP, como el hecho de que no se dé una solución al efecto que tendrá en la pérdida de ingresos de los ayuntamientos. También alertó de que el hecho de que la escritura sea cómo se acredite si ha habido o no incremento del valor puede llevar a «incentivar» que no se declare el precio de venta real para evitar el pago del impuesto.

La propuesta para Unidos Podemos es una «chapuza», aunque la tratará de mejorar a través de enmiendas. Desde las filas del PDCat, Ferrán Bel señaló que su formación respaldará la medida, aunque criticó que llega con retraso y señaló que presentarán enmiendas. Por su parte, Joan Capdevilla, de ERC, explicó que se da una «solución de urgencia» pero que «no soluciona el problema de fondo».

Por su parte,  Francisco de la Torre, portavoz de Hacienda de Ciudadanos en la Cámara, expuso que votan en contra porque hay que garantizar los intereses de los contribuyentes, que se cumple la Constitución y que los impuestos no sean confiscatorios.

 Es «inaceptable» por ejemplo, dijo De la Torre, que esta iniciativa no beneficie a todas las personas que se han visto afectadas y no tenga un carácter retroactivo más allá de junio de 2017, cuando se publicó la sentencia. «Es una chapuza, injusta e intolerable», añadió.

Un año de litigios por falta de reforma

 La plusvalía municipal, un año después de la Sentencia 59/2017 del Tribunal Constitucional, en la que se declaraba la nulidad de determinados preceptos de la Ley de Haciendas Locales, sigue siendo un importante foco de litigios a la par que sigue abierta la posibilidad de recuperar las cuotas satisfechas por los contribuyentes en determinados supuestos.

«La regulación que viene, no parece que vaya a terminar totalmente con esta situación de litigiosidad», aseguraba Miguel Ángel Galán, socio del área Fiscal de Andersen Tax & Legal, durante su intervención en la jornada sobre plusvalía municipal organizada  en Valencia, que también ha contado con la participación de José Antonio López Ramírez, director territorial Este de Tinsa, y María Olleros, socio de Andersen Tax & Legal y directora del departamento Fiscal de la firma.

Los ciudadanos podrían no tener que pagar el Impuesto de Plusvalía Municipal si no se produce un aumento del valor en la venta de un inmueble.

Durante la jornada, Galán se refirió a la sentencia del Tribunal Constitucional, dictada en mayo de 2017, la cual declaró inconstitucionales determinados preceptos de la Ley, en la medida en que permitían liquidar el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), o plusvalía municipal, en supuestos que no eran expresivos de capacidad económica. Básicamente los casos en que se realizaban ventas a pérdidas o sin ganancia alguna. La regulación del impuesto desatendía, sin duda alguna, a la realidad económica de las operaciones que gravaba.

Según explicó  tras el citado fallo se abrió la posibilidad de recuperar aquellas cuotas satisfechas con ocasión de transmisiones en las que no se había producido incremento de valor de los terrenos, siempre que las liquidaciones no fuesen firmes. Por tanto, se abrió la puerta a nuevas reclamaciones de los contribuyentes que habían liquidado el impuesto ante el consistorio competente y «siendo el origen de la litigiosidad actual en esta cuestión tras la crisis inmobiliaria vivida en años anteriores».

Galán recordó  que, un año más tarde, «no se ha aprobado todavía la modificación legislativa para configurar el impuesto sin que el mismo contravenga la Constitución, lo cual ha sido interpretado por algunos tribunales como un vacío legal que impide liquidar el impuesto».

A este respecto, continuó señalando que – «el Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de casación, cuyo fallo podría abrir la vía a reclamar la práctica totalidad de las liquidaciones practicadas por los Ayuntamientos, incluso en los casos en que haya habido incremento de valor, si finalmente se confirma que la declaración de nulidad de las normas citadas deja sin amparo legal las liquidaciones dictadas antes y después del fallo, siempre respetando el límite de la firmeza de los actos de liquidación».

En concreto, el socio de Andersen Tax & Legal sostuvo que los afectados tienen la opción de recurrir para mantener viva la liquidación. En caso de que el impuesto haya sido liquidado por el Ayuntamiento mediante la correspondiente liquidación, ha dicho que lo importante es impedir que la misma alcance firmeza.

En este punto, aseveró  que, «a tal efecto hay que plantearse la interposición de los correspondientes recursos administrativos y judiciales, cuya suerte es dispar en función del territorio». «Habrá que esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo. Si se trata de autoliquidaciones –no todos los ayuntamientos tienen implantado este sistema-, el plazo para recurrir se amplía considerablemente, aunque no hay que descuidarse», apostilló.

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