Unidos Podemos presenta una PNL en el Congreso para evitar los nombramientos a dedo de secretarios judiciales
El portavoz de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, en la Comision de Justicia del Congreso de los Diputados, Jaume Moya.

Unidos Podemos presenta una PNL en el Congreso para evitar los nombramientos a dedo de secretarios judiciales

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27/6/2018 06:15
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Actualizado: 26/6/2018 23:09
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La última sentencia de la Audiencia Nacional, tumbando el nombramiento de la secretaria de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), ha sido la gota que ha desbordado el vaso. La elegida por el Ministerio de Justicia para cumplir ese puesto no cumplía con el requisito obligatorio de tener una antigüedad consolidada de 10 años en la categoría segunda.

Sólo poseía 5.

Por eso el tribunal de la Sección Tercera de la Sala de lo Contecioso-Administrativo de la Audiencia Nacional tumbó el nombramiento en apelación, ratificando la sentencia en primera instancia.

En total, la elegida ha estado cumpliendo esa función durante un año y 5 meses.

¿Cómo pudo ocurrir eso? Porque fue un nombramiento de libre designación. Y no ha sido el único.

El Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea no quiere que eso vuelva a suceder y por ello ha presentado una proposición no de ley (PNL) ante la Mesa del Congreso de los Diputados para que se regule con transparencia y claridad la provisión de puestos de letrados judiciales a través de este  sistema de libre designación.

Sus impulsores son Jaune Moya, portavoz de este grupo en la Comisión de Justicia, y Lucía Martín González, portavoz adjunta.

«Nuestro objetivo en la presentación de esta PNL es que estos nombramientos de libre designación dejen de ser digitales, irregulares y oscuros, como hasta ahora, sino transparentes, participativos y paritarios. La oscuridad hace poco bien a la Justicia», explica Moya a Confilegal.

«Lo que queremos es que el mérito y la capacidad sean evaluables y que cuando se designa a una persona para ser secretaria de Gobierno del Tribunal Supremo, de los 17 Tribunales Superiores de Justicia o secretarios coordinadores, por nombrar algunos de estos puestos, se sepa qué preparación tiene y porqué se la designa. Pretendemos traer a estos nombramientos la transparencia, que no la tienen», añade.

De acuerdo con la PNL recién presentada, la actual regulación legal del sistema de libre designación para la cobertura de puestos de trabajo de letrados judiciales, contenidos en los artículos 450 (libre designación discrecional, pero reglada) 464.1 y 466 (libre designación estricta) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), «no garantiza de forma suficiente la cobertura de los puestos de trabajo a través de criterios objetivos».

«Tampoco la necesaria transparencia de los procesos de elección, ni recoge el criterio de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo, según sentencia de 29 de mayo de 2006».

Este fallo es un referente porque estableció que «en el sistema de libre designación también es necesaria la motivación de la decisión final que se adopte, porque es preciso que se ‘aporten elementos de juicio que exterioricen la racionalidad de la decisión dentro del amplio margen de libertad de apreciación que le es propia».

LO QUE SE PROPONE

La regulación legal que Unidos Podemos propone establece dos procedimientos diferenciados para uno y otro caso, la libre designación discrecional, referida a los letrados de la Administración de Justicia en el Supremo, contemplada en el artículo 450.1, y la libre designación estricta, de los artículos 464.1 y 466 de la citada LOPJ, que comprende los secretarios de Gobierno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, así como los secretarios coordinadores provinciales.

En ambos casos propone la modificación de los citados artículos.

La PNL de Unidos Podemos propone, para el 450.1 la pública concurrencia, con determinación de los requisitos para poder hacerlo y los méritos que podrán ser tenidos en cuenta; la constitución, con total imparcialidad y transparencia, de un tribunal ‘ad hoc’ para cada convocatoria que deberá evaluar los méritos de los candidatos sin conocer su identidad y que deberá emitir su valoración en base a criterios objetivos y con la debida motivación (los méritos representarán el 80 por ciento del resultado total y el 20 por ciento será de apreciación discrecional por parte del Ministerio de Justicia).

La designación corresponderá al Ministerio de justicia, que deberá dictar resolución debidamente motivada; y los ceses de los letrados judiciales como secretarios de Sala del Tribunal Supremo deberán regularse con la concurrencia de causas previamente tasadas.

Para los procesos de libre designación estricta, la PNL de Unidos Podemos dice que se debe garantizar la publica concurrencia, con determinación de los requisitos para poder concurrir y de los méritos que podrán ser tenidos en cuenta.

También consideran que debe fijarse un perfil concreto del cargo, los méritos objetivos y los criterios para evaluar, entre los que deberá incluirse tener formación y/o experiencia en la dirección y gestión de recursos humanos, formación en perspectiva de género y conocimiento suficiente de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma.

Y como en el anterior caso, deberá construirse una Comisión paritaria para evaluar los méritos de las personas candidatas para evaluar los méritos en base a criterios objetivos y con la debida motivación.

La designación corresponderá también al Ministerio de Justicia con la correspondiente resolución motivada; los ceses también tienen que estar regulados.

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