Condenado a 18 años un entrenador por abusar de una menor
Un equipo de fútbol femenino. EP.

Condenado a 18 años un entrenador por abusar de una menor

ENTRENABA A UN EQUIPO DE FÚTBOL FEMENINO DE MOS (PONTEVEDRA)
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27/7/2018 10:42
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Actualizado: 27/7/2018 12:00
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La Audiencia de Pontevedra ha condenado a Jesús G.F., exentrenador de un equipo de fútbol femenino de Mos (Pontevedra), a 18 años, 9 meses y 2 días de cárcel como autor de un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal a menor de 16 años, y otro continuado de elaboración de pornografía infantil sobre otra menor de la misma edad.

La Fiscalía pedía 27 años de cárcel. 

Se da la circunstancia de que este individuo es reincidente. En enero de 2010 fue denunciado por supuesto abuso hacia otra menor, y de nuevo fue denunciado por el mismo motivo en 2011 (sobre estos hechos fue juzgado y condenado a dos años de prisión).

El juicio se celebró el pasado 2 de julio, a puerta cerrada.

Además de entrenador del equipo femenino de fútbol sala, Jesús G.F. era conserje en el pabellón Óscar Pereiro de Mos. Tras ser condenado por abusos, el Ayuntamiento lo trasladó a tareas de mantenimiento.

Fue detenido en octubre de 2016, con 38 años, a raíz de la denuncia del padre de la menor, que sospechaba que su hija estaba manteniendo una relación, aparentemente consentida, con el entrenador de su equipo de fútbol. Ha estado en prisión provisional desde entonces. 

En el marco del operativo judicial, la Guardia Civil realizó un registro en el domicilio del detenido, en el que se incautó de diverso material informático.

LA SENTENCIA, AL DETALLE

Los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial consideran acreditado que a finales de enero de 2016, cuando el procesado tenía 37 años de edad, empezó a mantener relaciones sexuales consentidas con una de las menores que jugaba en su equipo, quien en aquel momento tenía 14 años y llegó a enviarle en numerosas ocasiones fotografías y vídeos de ella desnuda y en actitud sexual.

En mayo de ese año, mostró a otra jugadora de 15 años un vídeo de contenido sexual en el que salía él con la menor. Además, posteriormente el hombre intentó tocamientos con otra menor, pero ella se lo impidió apartándole la mano.

En este ámbito, el tribunal explica que la discusión fundamental en el juicio, celebrado a puerta cerrada, versó sobre la fecha en que comenzaron las relaciones sexuales.

Las acusaciones sostienen que fue desde el año 2016; y la defensa que en marzo de 2015, antes de la reforma del Código Penal que, en julio de 2015, elevó la edad de consentimiento sexual de 13 a 16 años.

En relación con ello, el tribunal considera que la relación se inició en enero de 2016, pero, en todo caso, subraya que «la tesis planteada por la defensa no puede servir para eximir al acusado de su responsabilidad por las relaciones sexuales continuadas y frecuentes que habría mantenido a partir del 1 de julio de 2015, según su tesis, y hasta el mes de octubre de 2016 en que fue detenido».

Además, la sentencia recoge que, a pesar de que el hombre aseguró que no supo la edad de la menor hasta que vio su DNI, «tuvo que ser patente cuando se incorporó al equipo de cadetes (reservada para quienes cumplen durante el año 14 y 15 años)«.

Es más, añade que se acredita que ambos «eran perfectos conocedores de la existencia de esa ilicitud» por el extracto de conversaciones que mantuvieron.

«Por ello, no cabe alegar ningún desconocimiento o error de prohibición de ningún tipo, ya que tenían pleno conocimiento de la situación, y en consecuencia todas las relaciones sexuales mantenidas en ese periodo de tiempo (al menos desde enero de 2016) eran típicas y punibles, aunque las mismas hubieran comenzado en marzo de 2015», señala.

LA CONDENA

La Audiencia de Pontevedra condena a Jesús G.F. a 11 años y un día de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal con una menor de 16 años, siete años y un día por delito continuado de elaboración de pornografía infantil sobre menor de 16 años, y nueve meses y un día por exhibición de material pornográfico entre menores de edad.

No obstante, lo ha absuelto de un segundo delito de abuso sexual sobre otra chica de 16 años.

Además de la pena de prisión, el tribunal le ha impuesto la prohibición durante 20 años de aproximarse a la jugadora y durante un año a otra a la que le mostró un vídeo de contenido sexual.

También le ha condenado a siete años de libertad vigilada una vez que salga de prisión y a pagar a las menores una indemnización por un total de 10.500 euros.

Se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros o acudir a eventos destinados a menores, participar en actividades en las que intervengan menores, y dedicarse a profesiones u oficios con contacto regular y directo con menores (por un tiempo superior en cinco años al de la duración de la pena de prisión impuesta).

Deberá someterse a un programa de educación sexual.

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