La Justicia absuelve a un acusado de abuso sexual: El menor mintió en su edad en una app de citas y el hombre creía que tenía 18
Pedían 14 años de cárcel y una indemnización de 10.000 euros en concepto de daños morales
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16/11/2023 06:30
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Actualizado: 16/11/2023 11:07
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La mentira de un menor de edad en una aplicación de citas llamada Grindr -similar a Tinder pero para personas homosexuales- llegó demasiado lejos. Acabó con un hombre sentado en el banquillo de los acusados por cuatro supuestos delitos por los que se pedían 14 años de cárcel y una indemnización de 10.000 euros en concepto de daños morales.
Eran abuso sexual, contacto a través de internet con un menor de 16 años con proposición de concertar un encuentro sexual, exhibicionismo y elaboración de pornografía infantil.
Pero la Audiencia Provincial de A Coruña le ha absuelto de todos. Los magistrados María del Carmen Taboada Caseiro (ponente), Salvador Pedro Sanz y Xermán Varela Castejón han explicado en la sentencia 392/2023 de 9 de noviembre que el hombre no sabía que era menor porque en la aplicación ponía que tenía 18.
Su aspecto físico no era el de un menor
Para el tribunal, el joven no tenía aspecto de menor de edad porque medía 1,86, pesaba casi 80 kilos y tenía un aplomo, una serenidad mental y una corrección de expresión que permitían pensar que tenía más años de los reales.
Los hechos se remontan a agosto de 2020. El niño de 14 años, tras mentir en su edad en la aplicación, se interesó por el hombre acusado, por lo que decidió escribirle para chatear con él. Esas conversaciones culminaron en un encuentro sexual que fue propuesto por el propio menor en la casa del adulto.
Nunca más volvieron a verse aunque sí hablaron tres veces más por Instagram. Todo se descubrió cuando sus padres le pillaron las conversaciones, por lo que decidieron denunciar.
Durante el juicio hubo discrepancias entre las versiones, por ejemplo, el menor manifestó que sí le había confesado su edad real, que se habían enviado fotografías entre ambos y que había habido penetración. En cambio, el acusado negó todo ello y sólo reconoció haber mantenido un encuentro con él basado en la masturbación.
El joven reconoció en todo momento haber mentido en la edad y haber tenido él la iniciativa.
Pero el análisis de todas las pruebas en conjunto en los términos señalados condujo a la absolución del imputado. Pues las fotografías eran simples capturas de pantalla de WhatsApp que no probaban en ningún momento que el menor hubiese sido el receptor de las mismas ni tampoco se demostró que realmente tuviese conocimiento de que era menor.
La defensa del abogado se centró en un error de tipo
El abogado que ha defendido al hombre acusado, el penalista Alejandro Seoane Pedreira, ha explicado a Confilegal cuál fue su línea de defensa.
“Todos los delitos de los que se acusaba a mi cliente son tipos penales que requieren que la acción sea cometida mediante dolo”, es decir”, que realmente tuviese conocimiento de que el niño era menor de edad o menor de 16 para el caso de los abusos sexuales.
Por tanto, en caso contrario, “si no conocía la verdadera edad, se estaba actuando bajo un error del artículo 14.1 del Código Penal”. Artículo que relata que “el error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal”.
De modo que argumentaron más de siete motivos -que recoge la propia sentencia- por la que el acusado podría haber pensado que era mayor de edad.
Los motivos argumentados
Entre ellos destacaron que la aplicación Grindr es tan sólo es para mayores de 18 años; que en su perfil tenía visible su mayoría de edad; sus características físicas; la rapidez en la que sucedieron los hechos al citarse a los pocos días en casa; que el menor le relató experiencias sexuales previas; la personalidad del joven y que la única prueba que había sobre si le dijo la verdadera edad fue su declaración.
Respecto a la aplicación de citas, el letrado ha comentado a este digital que, para registrarse, sólo solicita una fecha de nacimiento, por lo que considera que lo idóneo sería que también se exigiese algún tipo de documento oficial para verificar la edad.
Ha comentado que es una sentencia de valorar desde dos puntos de vista. Por un lado, para que los usuarios adultos mantengan cuidado a la hora de usarlas por si se ven en situaciones parecidas y, por otro lado, para que los padres presten un poco de atención. En este caso fueron los padres los que descubrieron las conversaciones porque, si no, nadie se habría enterado de este hecho y tampoco se podría haber ayudado al menor.
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