El TS revoca dos sentencias de instancia: Caerse en la ducha del hotel estando de viaje por trabajo no siempre es accidente laboral
En la resolución del TS, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, consta que los hechos tuvieron lugar en diciembre de 2019, cuando el acusado se encontró a la niña en la terraza de un bar de un pueblo de Castellón.

El TS confirma que la voluntad de una menor de encontrarse con su agresor no conlleva la ausencia de intimidación

16 / 08 / 2023 20:18

Actualizado el 17 / 08 / 2023 10:45

El Tribunal Supremo (TS) ha asegurado que el hecho de que una menor acuda voluntariamente a algún encuentro con su agresor no significa que no haya sufrido violencia o intimidación en dichas reuniones, rechazando así el recurso de casación que presentó un septuagenario condenado por realizar tocamientos de forma reiterada e intentar violar a una niña de 13 años.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, consta que los hechos tuvieron lugar en diciembre de 2019, cuando el acusado se encontró a la niña en la terraza de un bar de un pueblo de Castellón y le compró una de las rifas que vendía.

El hombre, que entonces tenía 75 años y que ya había sido condenado por agresión sexual en grado de tentativa, volvió a coincidir con la menor unos días después y le insistió en que le acompañase a su casa. En un principio, la niña se negó, «pero ante la insistencia» del acusado -que además le ofreció dinero-, finalmente accedió a ir con él.

Una vez en la casa, el hombre realizó tocamientos a la niña, «ofreciéndole dos euros y fumar». Ella lo rechazó y se fue. Según recoge la sentencia, «a partir de ese momento, valiéndose de la precaria situación económica y social de la menor, y para satisfacer su ánimo libidinoso, el hombre se acercaba a la menor, buscándola por las inmediaciones de la casa, ganándose su confianza».

«Atemorizada por las amenazas»

El acusado le decía a la niña que «nadie la quería como él, que la familia no la quería, que si no, le pasaría algo a su madre y hermanos». Así consiguió que la menor acudiera a verle a casa «aproximadamente dos veces por semana». Ella iba «atemorizada por las amenazas y miedos que le infundía» el hombre.

Después de Navidad, tras semanas de tocamientos, el hombre intentó violar a la niña, que «se resistió pegándole una patada ‘en los huevos'» y huyó de la casa. A partir de entonces, el acusado empezó a enviarle mensajes al teléfono de la madre para insistirle que fuera a verle a casa.

En los exámenes médicos ha quedado probado que la menor presenta trastorno de estrés postraumático, malestar emocional, ansiedad y depresión.

La Audiencia Provincial de Castellón condenó al hombre a 16 años, 9 meses y 3 días de prisión por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años, por un delito de agresión sexual con acceso carnal a menor de 16 años en grado de tentativa y por un delito de corrupción de menores. También le condenó a indemnizar a la niña con 15.000 euros.

El acusado llevó su caso primero ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y posteriormente ante el Supremo. Alegó, entre otras cuestiones, que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Ahora, el alto tribunal ha avalado la decisión del TSJ al considerar que la declaración de la menor fue una prueba «esencial» que fue corroborada por los mensajes enviados por el hombre, las fotografías que sitúan a la menor en la casa del acusado, el informe pericial y los relatos de las personas cercanas a la menor.

«No hay atisbo alguno que permita encontrar en las manifestaciones de la menor una motivación plausible diferente a la propia realidad de los hechos», recoge la resolución.

Al hilo, el Supremo ha recalcado que el hecho de «que algunos de los encuentros fuesen aceptados por la menor, no hace desconfiar de la presencia en otros, especialmente el último, de amenazas y violencia».

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