18 personas imputadas por prevaricación medioambiental en el caso Castor

La Audiencia Nacional archiva la demanda por el almacén de gas Castor

13 / 09 / 2018 06:15

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La  Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en su Sección Tercera presidida por Alfonso Guevara Marcos y compuesta por los magistrados Ángeles Barreiro Avellaneda y Antonio Díaz Delgado, ha confirmado la decisión de la juez Carmen Lamela en la que desestimó y archivó la querella interpuesta contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, José Manuel Soria, Magdalena Álvarez y Elena Espinosa y contra empresarios como el presidente de ACS, Florentino Pérez, y el de Escal UGS, Recaredo del Potro en relación con el proyecto Castor.

La querella interpuesta denunciaba que entre 2007 y 2008 los responsables de la empresa ACS, con Florentino Pérez al frente de la actuación, habrían urdido un plan dirigido a obtener mediante el desarrollo del proyecto CASTOR “un altísimo beneficio empresarial ilícito derivado de la construcción de la infraestructura de un almacén geológico de gas en un antiguo yacimiento de petróleo.

Para ello se habrían mantenido reuniones con la Administración que habrían dado lugar a actuaciones calificadas «como prevaricación». Además, la inversión de ESCAL-UGS habría estado «plagada de irregularidades», por lo que observa que habría «indicios de enriquecimiento ilícito» y que los beneficios de ACS «se escaparon a todo control» por la falta de concurrencia.

La infraestructura se componía de una plataforma marítima con varios pozos, una planta de operaciones en tierra y un gaseoducto para transportar el gas natural entre la plataforma de procesos y la planta de operaciones en tierra y viceversa.

En un auto fechado ayer 12 de septiembre, los magistrados rechazan el recurso de apelación presentado por la entidad Xarxa de L´observatori del Deute en la Globalització -impugnado por el Ministerio Fiscal- contra el auto de Lamela del pasado 21 de junio, que archivó la querella al entender que los hechos no son constitutivos de infracción penal.

Los demandantes ya han anunciado que no dan por cerrado el caso.

Se excluye el ‘concierto criminal’ 

La Sala analiza el recurso y los argumentos de la instructora y concluye que los hechos descritos “no revisten apariencia delictiva, resultando inviable una instrucción prospectiva, máxime cuando entre las diligencias propuestas no se desprende la revisión de las auditorías que sustentaron la indemnización”.

El auto asegura que no cabe cuestionar la corrección de errores a un Real Decreto al ser una decisión administrativa firme sobre la que la jurisdicción penal no tiene competencia.

Además, apuntan los magistrados a que no existen indicios de «sobrecoste» puesto que en la Memoria adjunta al Real Decreto-Ley se determinaba la existencia de auditoría indicando la existencia de costes pendientes de facturas y también se contaba con otra auditoría sobre la inversión después de una inicial aportada por ESCAL.

Para los magistrados, se excluye el “concierto criminal” en los hechos objeto de análisis puesto que la serie de resoluciones administrativas fueron adoptadas por Gobiernos sostenidos por formación política distinta.

Compensación de 1,3 millones de euros

La actividad del almacén de gas Castor fue suspendida en el verano de 2013 ante la actividad sísmica que se inició durante las pruebas para inyectar gas en el mismo.

La suspensión provocó la renuncia a la concesión por parte de ESCAL, que solicitó una compensación fijada en 1,3 millones de euros que se garantizan mediante el pago durante los próximos 30 años a través de la factura de gas de los ciudadanos con un interés fijo de 4,267 por ciento.

El almacén subterráneo está en situación de hibernación.

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